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DIAPOSITIVA

actividad 1

Las Constelaciones

Las constelaciones

Las antiguas civilizaciones sugirieron formas y figuras en el cielo para identificar la distribución observada de las estrellas; esas formas fueron tanto de animales y seres mitológicos, como de objetos de uso cotidiano. Se las llamó constelaciones y actualmente resultan un esquema útil para delimitar una zona del cielo.
Hoy se consideran 88 constelaciones, es decir, la bóveda celeste se ha subdividido en 88 sectores definidos; a cada una le corresponde una determinada región del cielo: hay constelaciones visibles desde ambos hemisferios de la Tierra y otras observables sólo desde uno de ellos.
Entre las constelaciones más conocidas se hallan las que se encuentran proyectando el plano de la órbita de la Tierra sobre el fondo de las estrellas fijas: son las constelaciones del Zodíaco. Por fuera de la banda zodiacal, algunas muy conocidas son Cruz del Sur (visible desde nuestro hemisferio) y Osa Mayor (visible desde el hemisferio Norte), ya que las mismas permiten ubicar la posición de importantes puntos de referencia (polo sur y norte celestes, respectivamente).
La constelación que ocupa más superficie en la esfera celeste es la de Hydra (unos 1.303 grados2); contiene 68 estrellas visibles a simple vista. La Cruz del Sur, por su parte, es la constelación más pequeña.
Comúnmente se indica la posición de astros y de fenómenos astronómicos con respecto a la constelación donde aparecen. Por ejemplo “alfa Centauro” identifica la estrella más brillante de la constelación del Centauro.
Denominar la estrella como “Alfa” es nombrar a la primera letra del alfabeto griego (); los astrónomos incorporaron la secuencia de este abecedario como una escala de brillos aparentes de las estrellas. Alfa () es la más luminosa, luego le sigue Beta (), y así consecutivamente. En general, las estrellas más luminosas también han recibido nombre propio, como Sirio ( Canis Majoris).
Cuando se trata de estrellas menos brillantes, en general son indicadas por un número, por ejemplo “35 Cefeo”. Por otra parte, si la estrella es variable (su brillo no es uniforme con el correr de los días) entonces lleva una o dos letras antes del nombre de la constelación a la cual pertenece (por ejemplo “RR Tauro”); algunas variables llevan un número luego de las letras.
El número total de estrellas que pueden observarse en todo el cielo en condiciones ideales de observación desde el nivel del mar, sin luz artificial y en una noche sin luna, alcanza hasta magnitud 6,5. Durante todo un año hay alrededor de 10.000 estrellas en esas condiciones; esto es sin considerar el efecto de abosorción atmosférica de la luz en las cercanías del horizonte. Desde un lugar elevado sobre la superficie terrestre, como una montaña a 2000 metros de altura el número puede ser varias veces mayor. Sin embargo, para un observador en un lugar dado no es posible ver todas las estrellas del cielo al mismo tiempo.
Debe considerarse la ubicación de ese observador en la superficie de la tierra; si estuviese ubicado en el ecuador terrestre vería muchas más estrellas que en cualquier otro lugar del globo, ya que alcanzaría a a ver todas las estrellas de los dos hemisferios celestes. Para cualquier otra latitud, sur o norte, muchas estrellas son permanentemente invisibles, y muchas otras, si bien aparecen sobre el horizonte, no son visibles por efecto de la absorción atmosférica.
Para un observador en una latitud intermedia (por ejemplo: =-30 grados), el número total de estrellas que se pueden ver a lo largo del año, hasta una magnitud límite de 5,5 , es de unas 2.000 estrellas; pero si consideramos un lugar no necesariamente de buena calidad de visualización, aunque con muy poca luz artificial, y con una magnitud límite de unas 4 magnitudes, el número de estrellas observables a lo largo del año no alcanza a unas 400.

Nombre oficial Traducción
Andromeda Andrómeda
Antlia Bomba de aire
Apus Ave del Paraíso
Aquila Águila
Ara Altar
Aries Carnero
Auriga Cochero
Boötes Boyero
Caelum Cincel
Camelopardus Jirafa
Cancer Cangrejo
Canes Venatici Perros de caza
Canis Maior Can mayor
Canis Minor Can menor
Capricornus Capricornio
Carina Quilla
Cassiopeia Casiopea
Centaurus Centauro
Cepheus Cefeo
Cetus Ballena
Chamaeleon Camaleón
Circinus Compases
Columba Paloma
Coma Berenices Cabellera de Berenice
Corona Australis Corona austral
Corona Borealis Corona boreal
Corvus Cuervo
Crater Copa
Crux Cruz del Sur
Cygnus Cisne
Delphinus Delfín
Dorado Pez espada
Draco Dragón
Equuleus Caballito
Eridanus Río
Fornax Horno
Gemini Gemelos
Grus Grulla
Hercules Hércules
Horologium Reloj
Hydra Hidra
Hydrus Serpiente de agua
Indus Indio
Lacerta Lagarto
Leo León
Leo Minor León menor
Lepus Liebre
Libra Balanza
Lupus Lobo
Lynx Lince
Lyra Lira
Mensa Mesa
Microscopium Microscopio
Monoceros Unicornio
Musca Mosca
Norma Escuadra
Octans Octante
Ophiuchus Serpentario u Ofiuco
Orion Orión (el Cazador)
Pavo Pavo real
Pegasus Pegaso
Perseus Perseo
Phoenix Fénix
Pictor Pintor
Pisces Peces
Piscis Austrinus Pez austral
Puppis Popa
Pyxis Brújula
Reticulum Retículo
Sagitta Flecha
Sagittarius Sagitario
Scorpius Escorpión
Sculptor Escultor
Scutum Escudo
Serpens Caput Serpiente (cabeza)
Serpens Cauda Serpiente (cola) Serpentis Ser
Sextans Sextante
Taurus Toro
Telescopium Telescopio
Triangulum Triángulo
Triangulum Australe Triángulo Austral
Tucana Tucán
Ursa Maior Osa Mayor
Ursa Minor Osa Menor
Vela Velas
Virgo Virgen
Volans Pez volador
Vulpecula Zorrilla

MODELO CMMI

¿Qué es el CMM – CMMI?

El CMM – CMMI es un modelo de calidad del software que clasifica las empresas en niveles de madurez. Estos niveles sirven para conocer la madurez de los procesos que se realizan para producir software.

Niveles CMM – CMMI

Los niveles CMM – CMMI son 5:

  • Inicial o Nivel 1 CMM – CMMI. Este es el nivel en donde están todas las empresas que no tienen procesos. Los presupuestos se disparan, no es posible entregar el proyecto en fechas, te tienes que quedar durante noches y fines de semana para terminar un proyecto. No hay control sobre el estado del proyecto, el desarrollo del proyecto es completamente opaco, no sabes lo que pasa en él.Es el típico proyecto en el que se da la siguiente situación:
    – ¿Cómo va el proyecto?
    – Bien, bien.

    Dos semanas después…
    – ¿Cómo va el proyecto?
    – Bien, bien.

    Tres semanas después…
    – El lunes hay que entregar el proyecto.- No se por qué pero los proyectos se entregan los lunes.
    – El lunes !!?. Todavía falta mucho!!
    – ¿Cómo? Me dijiste que el proyecto iba bien!! Arréglatelas como quieras, pero el proyecto tiene que estar terminado para el lunes.

    Si no sabes el tamaño del proyecto y no sabes cuanto llevas hecho, nunca sabrás cuando vas a terminar.

  • Repetible o Nivel 2 CMM – CMMI. Quiere decir que el éxito de los resultados obtenidos se pueden repetir. La principal diferencia entre este nivel y el anterior es que el proyecto es gestionado y controlado durante el desarrollodel mismo. El desarrollo no es opaco y se puede saber el estado del proyecto en todo momento.Los procesos que hay que implantar para alcanzar este nivel son:
    • Gestión de requisitos
    • Planificación de proyectos
    • Seguimiento y control de proyectos
    • Gestión de proveedores
    • Aseguramiento de la calidad
    • Gestión de la configuración
  • Definido o Nivel 3 CMM – CMMI. Resumiéndolo mucho, este alcanzar este nivel significa que la forma de desarrollar proyectos (gestión e ingeniería) esta definida, por definida quiere decir que esta establecida, documentada y que existen métricas (obtención de datos objetivos) para la consecución de objetivos concretos.Los procesos que hay que implantar para alcanzar este nivel son:
    • Desarrollo de requisitos
    • Solución Técnica
    • Integración del producto
    • Verificación
    • Validación
    • Desarrollo y mejora de los procesos de la organización
    • Definición de los procesos de la organización
    • Planificación de la formación
    • Gestión de riesgos
    • Análisis y resolución de toma de decisiones

    La mayoría de las empresas que llegan al nivel 3 paran aquí, ya que es un nivel que proporciona muchos beneficios y no ven la necesidad de ir más allá porque tienen cubiertas la mayoría de sus necesidades.

  • Cuantitativamente Gestionado o Nivel 4 CMM – CMMI. Los proyectos usan objetivos medibles para alcanzar las necesidades de los clientes y la organización. Se usan métricas para gestionar la organización.Los procesos que hay que implantar para alcanzar este nivel son:
    • Gestión cuantitativa de proyectos
    • Mejora de los procesos de la organización
  • Optimizado o Nivel 5 CMM – CMMI. Los procesos de los proyectos y de la organización están orientados a la mejora de las actividades. Mejoras incrementales e innovadoras de los procesos que mediante métricas son identificadas, evaluadas y puestas en práctica.Los procesos que hay que implantar para alcanzar este nivel son:
    • Innovación organizacional
    • Análisis y resolución de las causas

    Normalmente las empresas que intentan alcanzar los niveles 4 y 5 lo realizan simultáneamente ya que están muy relacionados.

A grandes rasgos os he intentado introducir el modelo de calidad del software CMM – CMMI para aquella gente que se encuentra por primera vez con él. La implantación de un modelo de estas características es un proceso largo y costoso que puede costar varios años de esfuerzo. Aun así el beneficio obtenido para la empresa es mucho mayor que lo invertido.

“Y a este respecto se debe tener en cuenta hasta qué punto no hay cosa más difícil de tratar, ni más dudosa de conseguir, ni más peligrosa de conducir, que hacerse promotor de la implantación de nuevas instituciones.

La causa de tamaña dificultad reside en que el promotor tiene por enemigos a todos aquellos que sacaban provecho del viejo orden y encuentra unos defensores tímidos en todos los que se verían beneficiados por el nuevo.

Esta timidez nace en parte al temor de los adversarios, que tienen la ley de su lado, y en parte también la incredulidad de los hombres, quienes -en realidad- nunca creen en lo nuevo hasta que adquieren una firme experiencia en ello.

De ahí nace que, siempre que los enemigos encuentran la ocasión de atacar, lo hacen con ánimo faccioso, mientras los demás sólo proceden a la defensa con tibieza, de lo cual resulta un serio peligro para el príncipe y para ellos

DIAGRAMA DE FLUJO

Un diagrama de flujo es una representación gráfica de un algoritmo o proceso. Se utiliza en disciplinas como la programación, la economía, los procesos industriales y la psicología cognitiva. Estos diagramas utilizan símbolos con significados bien definidos que representan los pasos del algoritmo, y representan el flujo de ejecución mediante flechas que conectan los puntos de inicio y de término.

Características

Un diagrama de flujo siempre tiene un único punto de inicio y un único punto de término. Además, todo camino de ejecución debe permitir llegar desde el inicio hasta el término.

Las siguientes son acciones previas a la realización del diagrama de flujo:

  • Identificar las ideas principales a ser incluidas en el diagrama de flujo. Deben estar presentes el dueño o responsable del proceso, los dueños o responsables del proceso anterior y posterior y de otros procesos interrelacionados, otras partes interesadas.
  • Definir qué se espera obtener del diagrama de flujo.
  • Identificar quién lo empleará y cómo.
  • Establecer el nivel de detalle requerido.
  • Determinar los límites del proceso a describir.

Los pasos a seguir para construir el diagrama de flujo son:

  • Establecer el alcance del proceso a describir. De esta manera quedará fijado el comienzo y el final del diagrama. Frecuentemente el comienzo es la salida del proceso previo y el final la entrada al proceso siguiente.
  • Identificar y listar las principales actividades/subprocesos que están incluidos en el proceso a describir y su orden cronológico.
  • Si el nivel de detalle definido incluye actividades menores, listarlas también.
  • Identificar y listar los puntos de decisión.
  • Construir el diagrama respetando la secuencia cronológica y asignando los correspondientes símbolos.
  • Asignar un título al diagrama y verificar que esté completo y describa con exactitud el proceso elegido.

Ventajas de los diagramas de flujo

  • Favorecen la comprensión del proceso a través de mostrarlo como un dibujo. El cerebro humano reconoce fácilmente los dibujos. Un buen diagrama de flujo reemplaza varias páginas de texto.
  • Permiten identificar los problemas y las oportunidades de mejora del proceso. Se identifican los pasos redundantes, los flujos de los re-procesos , los conflictos de autoridad, las responsabilidades, los cuellos de botella, y los puntos de decisión.
  • Muestran las interfaces cliente-proveedor y las transacciones que en ellas se realizan, facilitando a los empleados el análisis de las mismas.
  • Son una excelente herramienta para capacitar a los nuevos empleados y también a los que desarrollan la tarea, cuando se realizan mejoras en el proceso.

Tipos de diagramas de flujo

  • Formato vertical: En él el flujo o la secuencia de las operaciones, va de arriba hacia abajo. Es una lista ordenada de las operaciones de un proceso con toda la información que se considere necesaria, según su propósito.
  • Formato horizontal: En él, el flujo o la secuencia de las operaciones, va de izquierda a derecha.
  • Formato panorámico: El proceso entero está representado en una sola carta y puede apreciarse de una sola mirada mucho más rápido que leyendo el texto, lo que facilita su comprensión, aun para personas no familiarizadas. Registra no solo en línea vertical, sino también horizontal, distintas acciones simultáneas y la participación de más de un puesto o departamento que el formato vertical no registra.
  • Formato Arquitectónico: Describe el itinerario de ruta de una forma o persona sobre el plano arquitectónico del área de trabajo. El primero de los flujogramas es eminentemente descriptivo, mientras que los utilizados son fundamentalmente representativos.

Simbología y significado

  • Óvalo: Inicio y término (Abre y/o cierra el diagrama).
  • Rectángulo: Actividad (Representa la ejecución de una o más actividades o procedimentos).
  • Rombo: Decisión (Formula una pregunta o cuestión).
  • Círculo: Conector (Representa el enlace de actividades con otra dentro de un procedimiento).
  • Triangulo boca abajo: Archivo definitivo (Guarda un documento en forma permanente).
  • Triangulo boca arriba: Archivo temporal (Proporciona un tiempo para el almacenamiento del documento).

Cursograma

Se trata de la más común y práctica entre todas las clases de flujogramas. Describe el flujo de información en un ente u organización, sus procesos, sistemas administrativos y de control. Permite la impresión visual de los procedimientos y una clara y lógica interpretación.

Simbología y Normas del Cursograma

  • Círculo: Procedimiento estandarizado.
  • Cuadrado: Proceso de control.
  • Línea Ininterrumpida: Flujo de información vía formulario o documentación en soporte de papel escrito.
  • Línea Interrumpida: Flujo de información vía formulario digital.
  • Rectángulo: Formulario o documentación. Se grafica con un doble de ancho que su altura.
  • Rectángulo Pequeño: Valor o medio de pago (cheque, pagaré, etcétera).Se grafica con un cuádruple de ancho que su altura, siendo su ancho igual al de los formularios.
  • Triángulo (base inferior): Archivo definitivo.
  • Triángulo Invertido (base superior): Archivo Transitorio.
  • Semi-óvalo: Demora.
  • Rombo: División entre opciones.
  • Trapezoide: Carga de datos al sistema.
  • Elipsoide: Acceso por pantalla.
  • Hexágono: Proceso no representado.
  • Pentágono: Conector.
  • Cruz de Diagonales: Destrucción de Formularios.

Según la normativa, el flujo presupuesto es de izquierda a derecha y de arriba hacia abajo, siendo optativo el uso de flechas. Cuando el sentido es invertido (de derecha a izquierda o de arriba hacia abajo), es obligatorio el uso de la flecha.

MÉTODOS DE RECOLECCIÓN DE DATOS

MÉTODOS DE RECOLECCIÓN DE DATOS Es importante destacar que los métodos de recolección de datos, se puede definir como: al medio a través del cual el investigador se relaciona con los participantes para obtener la información necesaria que le permita lograr los objetivos de la investigación. De modo que para recolectar la información hay que tener presente: Seleccionar un instrumento de medición el cual debe ser valido y confiable para poder aceptar los resultados Aplicar dicho instrumento de medición Organizar las mediciones obtenidas, para poder analizarlos Dentro de los métodos para la recolección de datos están: Observación: Es el registro visual de lo ocurre es una situacional real, clasificando y consignando los acontecimientos pertinentes de acuerdo con algún esquema previsto y según el problema que se estudia Al igual con los otros métodos, previamente a la ejecución de la observación el investigador debe definir los objetivos que persigue, determinar su unidad de observación, las condiciones en que asumirá la observación y las conductas que deberán registrarse. Cuando se decide utilizarla hay que tomar en cuenta ciertas consideraciones. Como método de recolección de datos, debe ser planificado cuidadosamente para que reúna los requisitos de validez y confiabilidad. Se le debe conducir de manera hábil y sistemática y tener destreza en el registro de datos, diferenciando los aspectos significativos de la situación y los que no tienen importancia. También se requiere habilidad para establecer las condiciones de manera tal que los hechos observables se realicen en la forma más natural posible y sin influencia del investigador u otros factores. Cuando se decide usar este método es requisito fundamental la preparación cuidadosa de los observadores, asegurándose así la confiabilidad de los datos que se registren y recolecten. Posibles errores con el uso del método de observación. Sobre el uso del método de observación, Quinteros comenta que, “las condiciones de una investigación puede ser seriamente objetables si el diseño de la misma no se ha tomado en cuenta los posibles errores de observación” Estos errores están relacionados con: Los Observadores El instrumento utilizado para la observación El fenómeno observado Respecto a los errores relacionados con el observador, estos se asocian al hecho de la participación de otras personas, además del investigador, en el proceso de la observación de los hechos o fenómenos en estudio. Esta situación puede conducir a una falta de consistencia de los resultados, ya que los observadores pueden diferir en la cuantificación y registro que se haga de los aspectos observados. El problema se suscita por la falta de una definición operacional y precisa de la manera en que será medida y observada la variable y el registro de tales observaciones, siendo necesario tomar precauciones para asegurar no solo que la observación sea correcta, sino también que el registro de los hechos reúna esas condiciones. Conviene que haya instrucciones escritas y verbales que orienten al observador sobre como se llevara a cabo todo el proceso y que haya demostración y practica de las observaciones que se realicen. También se considera que según el papel que ajusta el observador se puede incurrir en mayores o menores errores; este papel puede ser el de observador no participante o participante. La observación participante implica que el investigador o el responsable de recolectar los datos se involucre directamente con la actividad objeto de la observación, lo que puede variar desde una integración total del grupo o ser parte de éste durante un periodo. Algunos errores que suelen cometerse están relacionados con las emociones del observador, ya que al involucrarse en la situación pierde la objetividad en la observación y en el registro, análisis e interpretación de los hechos o fenómenos. La observación no participante ocurre cuando el investigador no tiene ningún tipo de relaciones con los sujetos que serán observados ni forma parte de la situación en que se dan los fenómenos en estudio. En esta modalidad, al no involucrarse el investigador, los datos recogidos pueden ser más objetivos, aunque, por otro lado, al no integrarse al grupo puede afectar el comportamiento de los sujetos en estudio y los datos que se observan podrían no ser tan reales y veraces. Los errores referentes al instrumento de observación se relacionan con los desaciertos en que se incurre en su elaboración y lo que se desea medir. Esto se evita con una definición operacional y libre de ambigüedades e imprecisiones de las variables en estudio, especificando en el instrumento los criterios o indicadores de la medición de tales variables. La especificidad de ese instrumento esta relacionada con el problema, objetivos y forma en que se va a hacer la observación. Una de esas formas es la denominada observación simple, no regulada o no controlada, en la que solo se tienen unos lineamientos generales para la observación sobre los aspectos del fenómeno que le investigador tienen interés en conocer. La otra forma es la sistemática, regulada o controlada, en la que se dispone de un instrumento estandarizado o estructurado para medir las variables en estudio de una manera uniforme. El primero se usa mas en estudios exploratorios y el segundo esta dirigido a quienes desean probar hipótesis en que se debe especificarse claramente qué se observara, cómo se observara y cómo se hará el registro de datos. Los errores relacionados con el objeto que se observa se dan cuando los aspectos que deben ser conocidos de las unidades o fenómenos de observación no se presentan en igualdad de condiciones para todos ellos, ya sea porque varíen las circunstancias en que se observa el fenómeno o a la propia variabilidad del sujeto en estudio. A manera de ejemplo, se puede citar que si existe interés en evaluar el desempeño de un agente de salud en las zonas rurales de las regiones sanitarias, puede ser que la situación donde labore una gente sea diferente en una u otra región, ya sea por carencia o disposición de equipos y materiales u otros factores. La variación de circunstancias de las regiones sanitarias puede conducir a errores de medición, de análisis o interpretación de los hechos observados. La variabilidad en el sujeto se daría ante la situación de que unos agentes de salud tengan mayor experiencia que otros o que hayan egresado recientemente de un programa educativo; estos últimos probablemente tendrán menos destreza en el desempeño de su labor. Por lo tanto, es necesario buscar mecanismos para que las unidades en estudio estén en igualdad de condiciones durante esa medición y que se definan las características del fenómeno que se pretende observar, procurando que en la muestra esos elementos reúnan características similares. En general, el método de observación es sumamente útil en todo tipo de investigación: descriptiva, analítica y experimental. En el área de investigación educacional, social y psicológica, es un método de mucha utilidad, en particular cuando se desea conocer aspectos del comportamiento: relaciones maestro-alumno, el desempeño de los agentes de salud, relación del uso de ciertas tecnologías educativas y grado de aprendizaje cognoscitivo y práctico del personal de salud. La encuesta: Este método consiste en obtener información de los sujetos de estudio, proporcionada por ellos mismos, sobre opiniones, actitudes o sugerencias. Hay dos maneras de obtener información con este método: la entrevista y el cuestionario. La entrevista Es la comunicación establecida entre el investigador y el sujeto de estudiado a fin de obtener respuestas verbales a las interrogantes planteadas sobre el problema propuesto. Se estima que este método es más eficaz que el cuestionario, ya que permite obtener una información mas completa. A través de ella el investigador puede explicar el propósito del estudio y especificar claramente la información que necesita, si hay una interpretación errónea de la pregunta permite aclararla, asegurando una mejor respuesta. Best afirma “es también posible buscar la misma información por distintos caminos en diversos estadios de la entrevista”, obteniéndose así una comprobación de la veracidad de las respuestas. Como técnica de recolección de datos la entrevista tiene muchas ventajas; es aplicable a toda persona, siendo muy útil con los analfabetas, los niños o con aquellos que tienen limitación física u orgánica que les dificulte proporcionar una respuesta escrita. También se presta para usarla en aquellas investigaciones sobre aspectos psicológicos o de otra índole sonde se desee profundizar en el tema, según la respuesta original del consultado, ya que permite explorar o indagar en la medida que el investigador estime pertinente. Hay dos tipos de entrevista: la estructurada y la no estructurada, la primera se caracteriza por estar rígidamente estandarizada, replantean idénticas preguntas y en el mismo orden a cada uno de los participantes, quienes deben escoger la respuesta en 2, 3 o mas alternativas que se les ofrecen. Inclusive los comentarios introductorios y finales se formulan de la misma manera en todas las situaciones. Para orientar mejor la entrevista se elabora un formulario que contenga todas las preguntas. Sin embrago, al utilizar este tipo de entrevista el investigador tiene limitada libertad de formular preguntas independientes generadas por la interacción personal. Algunas ventajas que presenta este tipo de entrevista son: La información es mas fácil de procesar, simplificando el análisis comparativo El entrevistador no necesita ser entrenado arduamente en la técnica Hay uniformidad en el tipo de información obtenida Pero también tiene desventajas, tales como: Es difícil obtener información confidencial Se limita la posibilidad de profundizar en un tema que emerja durante la entrevista La entrevista no estructurada es más flexible y abierta, aunque los objetivos de la investigación rigen a las preguntas, su contenido, orden profundidad y formulación se encuentra por entero en manos del entrevistador. Si bien el investigador, sobre las bases del problema, los objetivos y las variables, elabora las preguntas antes de realizar la entrevista, modifica el orden, la forma de encauzar las preguntas o su formulación para adaptarlas a las diversas situaciones y características particulares de los sujetos de estudio. Este tipo de entrevista es muy útil en los estudios descriptivos y en las fases de exploración para el diseño del instrumento de recolección de datos. Las ventajas de este método son: Es adaptable y susceptible de aplicarse a toda clase de sujetos en situaciones diversas Permite profundizar en los temas de interés Orienta a posibles hipótesis y variables cuando se exploran áreas nuevas. Entre las desventajas se cita: Se requiere mas tiempo Es mas costosa por la inversión de tiempo con los entrevistadores Se dificulta la tabulación de datos Se requiere de mucha habilidad técnica para obtener la información y mayor conocimiento del tema Aun con esas desventajas y dada la utilidad de la entrevista, en sus dos formas, todo investigador debe familiarizarse con su uso, ya que es probable que la aplique en cualquier tipo de investigación. Cuestionario Es el método que utiliza un instrumento o formulario impreso, destinado a obtener repuestas sobre el problema en estudio y que el investido o consultado llena por si mismo. El cuestionario puede aplicarse a grupos o individuos estando presente el investigador o el responsable del recoger la información, o puede enviarse por correo a los destinatarios seleccionados en la muestra. Debido a su administración se puede presentar problema relacionados con la cantidad y calidad de datos que pretende obtener para el estudio. Algunos problemas asociados con el envío de los cuestionarios podrían ser: que no fuese devuelto; los consultados pueden evadir la respuesta a alguna pregunta o no darle la importancia necesaria a las respuestas proporcionadas. Por ello y otros factores más, el instrumento que se use para la recolección de datos debe ser objeto de una cuidadosa elaboración. Algunas ventajas del cuestionario son: su costo relativamente bajo, su capacidad para proporcionar información sobre un mayor número de personas en un periodo bastante breve y la facilidad de obtener, cuantificar, analizar e interpretar los datos. Dentro de las limitaciones de este método figuran las siguientes: es poso flexible, la información no puede variar ni profundizarse, si el cuestionario es enviado por correo se corre el riesgo de que no llegue al destinatario o no se obtenga respuesta de los encuestados; además, resulta difícil obtener una tasa alta de compleción del cuestionario. Debido a esa posible pérdida de información se recomienda cuando se use este método una muestra más grande de sujetos de estudio. En general, en el proceso de recolección de datos para una investigación, estos métodos e instrumentos y fuentes suelen combinarse; cada una con sus ventajas y desventajas, sus características propias y la información que se requiera, dan flexibilidad para que el investigador determine su uso apropiado según el estudio a realizar. Consideraciones generales para la elaboración del formulario Si el investigador decide utilizar la observación regulada, la entrevista o el cuestionario u otra fuente de información secundaria como método de recolección de datos, debe elaborar un instrumento para obtener la información se requiere, siendo el formulario el que se emplea más frecuentemente. Elaborar el formulario de recolección de datos para medir las variables en estudio o para verificar una hipótesis no es tarea fácil. Para diseñar correctamente un formulario es necesario tomar en consideración algunos criterios relacionados con su organización, las preguntas a plantear según los objetivos propuestos en la investigación y las características físicas de los formularios. Organización del formulario. Todo formulario debe contener elementos básicos tales como: Titulo Instrucciones Identificación del encuestado y del formulario Servicio o áreas especificas Observaciones Identificación del encuestador Todo formulario debe tener un nombre o tirulo indicando a que se refiere o que es lo que contiene; en algunos casos debe tenerse precaución con el titulo que se le dé, ya que a veces este prejuicio al encuestado, lo que puede influir en sus respuestas y en los resultados que se desea obtener. Las instrucciones se refieren a las orientaciones que se brindan al consultado sobre como se debe llenar el formulario. Estas deben ser lo suficientemente amplias acerca del tipo y profundidad de la información que se desea recoger, así como el lugar y manera en que deben anotarse las respuestas, lo anterior es mas importante cuando se utiliza el cuestionario a distancia o si no esta presente el investigador en el momento en que el encuestado contesta el formulario. Cuando participan otras personas en el proceso de recolección de datos también es necesario elaborar estas instrucciones para que se orienten dónde y cómo anotar las respuestas de los entrevistados; en algunos casos amerita tener un manual de instrucciones por separado o al final del formulario. Cuando se usa el cuestionario auto administrado, además de las instrucciones es recomendable anexar al formulario una nota o circular dirigida al encuestado, en donde se informe sobre el propósito del estudio, la institución que patrocina la investigación y toda otra información que despierte por aportar datos exactos y confiables. La identificación del formulario y del encuestado es otro elemento clave que debe considerarse en su diseño. El formulario debe contener información escrita para su identificación, como: numero, fecha y lugar en que fue o será llenado; igualmente necesaria es la identificación de la persona o unidad de estudio, su numero o clave correspondiente, dirección u oro dato general que facilite su ubicación. Es frecuente que se presente el interrogante acerca si debe o no aparecer el nombre de la persona encuestada en el instrumento, se estima que ello debe estar sujeto al criterio del investigador o si se necesita esa información para los objetivos de su estudio. Al respecto, algunos autores opinan que en los cuestionarios auto administrados el anonimato generalmente contribuye a obtener datos más veraces y por consiguiente confiables. Otro de los componentes más importantes del formulario lo constituye su cuerpo central, donde se incluyen las preguntas o “ítem” referentes a las variables que medirá según el problema y objetivos del estudio. Este generalmente se organiza en áreas o secciones, dependiendo de los aspectos que sean incluidos; en la ubicación de las áreas debe seguirse un orden lógico, agrupando todas las preguntas que se refieren a un mismo tema y continuando secuencialmente con las otras áreas, por ejemplo, puede iniciarse con el área referente a datos generales del encuestado o fenómeno que se investigara y continuar con aquellas especificas a las variables en estudio. También es recomendable incluir al final del formulario una sección para observaciones, donde se registre información particular relacionada con el encuestado, con las respuestas al instrumento u otro dato que sirva de referencia para la tabulación, análisis e interpretación de datos. Finalmente, los formularios deben contener como dato de identificación del investigador el nombre de la persona que recogerá la información, además debe registrarse la fecha y lugar donde se aplique el formulario. Preguntas del formulario. Uno de los aspectos relevantes a considerar en el diseño del formulario es el de las preguntas o “ítem” del mismo; estas determinan en última instancia el alcance y logro de los objetivos de investigación, y a través de ellas se medirán las variables en estudio, obteniendo la información pertinente. Así mismo, debe considerarse, entre otras: tipo de preguntas, su redacción, número y orden. Referente al tipo de preguntas se consideran dos: dicotómicas y las de respuestas múltiples. Las primeras son las que tienen dos alternativas; un ejemplo de estas puede ser aquella cuya respuesta es sí_____ o no_____. La de respuestas múltiples son las preguntas con varias alternativas, donde el encuestado debe recoger múltiples alternativas, ya que con una pregunta se obtiene mayor información que con las dicotómicas. Lo anteriormente expuesto se aclara con el siguiente ejemplo: Dicotómica Posee casa propia si_________ no________ La casa donde vive es alquilada si_________ no________ La casa donde vive la está pagando si_________ no________ Respuesta Múltiple La casa donde vive: Es propia ______ La esta pagando ______ Es alquilada ______ A las preguntas dicotómicas y de selección múltiples se les llama cerradas o estructuradas, ya que al lado de ellas se anotan varias respuestas posibles entre las que el sujeto de estudio o entrevistado deberá optar. En la elaboración de este tipo de preguntas debe tenerse presente que las alternativas de respuesta deben ser mutuamente excluyentes. Este tipo de preguntas tienen la ventaja de requerir menos tiempo y menos destreza del entrevistador, así como facilitar la tabulación de la información obtenida. También existe las preguntas abiertas, donde no se le da al encuestado las posibles respuestas, permitiéndole responder libremente sobre la base de marco de referencia; así, el encuestador se limita a registrar las respuestas según fue brindada. Se les llama también preguntas no estructuradas, y tienen la desventaja de dificultar la tabulación de los datos por la diversidad de respuestas que se obtienen. Entre los formularios es frecuente observar el uso de ambos tipos de preguntas; sin embargo, se estima que con las preguntas cerradas es necesario tener un conocimiento amplio sobre el tema y las posibles respuestas; cuando se carece de este conocimiento es recomendable formular preguntas abiertas. Respecto a la redacción de la preguntas, se considera que es uno de los aspectos que deben tratarse muy cuidadosamente, para ello se proporcionan algunas recomendaciones: Las preguntas deben redactarse lo más claramente posible, sin dejar dudas acerca del grado de precisión que se espera de las respuestas. A manera de ejemplo, si se indaga sobre el sueldo de una persona debe aclararse si se desea conocer el “nominal” o el “efectivo”, “sueldo semanal”, “quincenal” o “mensual”. El lenguaje usado debe ser simple y comprensible por los encuestados, no se deben usar tecnicismos o palabras desconocidas por ellos, así como tener precaución con el uso de palabras que tienen significado diferentes para cada persona como “mucho”, “poco”, “frecuentemente”. Las preguntas deben ser específicas, conteniendo una sola idea y evitando las interrogantes dobles o múltiples. Por ejemplo: “¿Planea usted estudiar este año y trabajar el próximo?”, si la respuesta es “no”, cabe preguntarse a que aspecto de la interrogante esta respondiendo la persona negativamente. Las peguntas deben formularse de una manera neutral o imparcial, evitando las interrogantes negativas o positivas que induzcan o favorezcan una respuesta. Ejemplos de preguntas incorrectas son las siguientes: ¿Se opone usted a que el personal se capacite a través del método de educación a distancia? ¿Favorece usted que el personal se capacite a través del método de educación a distancia? Probablemente estaría mejor redactado de la siguiente manera: ¿Cuál es su opinión sobre la aplicación del método de educación a distancia para capacita el personal? Es de observarse que no induce ni negativa ni positivamente la respuesta; es neutral e imparcial. Esta pregunta convendría que se dejara abierta Las preguntas no deben sugerir que una respuesta es más deseable que otras. Hay interrogantes que plantean directa e indirectamente las respuesta probable que desea el encuestador. Ejemplo: “esta de acuerdo con el trabajo actual, ¿no es cierto?”. Aunque el consultado este inconforme se le induce a decir que si está de acuerdo con el mismo. Las preguntas requieren plantearse de tal manera que se obtenga la información amplia y completa para los fines del estudio. Si se desea conocer las revistas o referencias que reciben o leen los distintos agentes de salud para su capacitación y formación general, probablemente no bastará saber el nombre de las revistas sino también la frecuencia y que secciones o áreas lee de esas revistas. Existe otra serie de consideraciones, aunque se estima que se han planteado algunas de las relevantes. Otro aspecto referente a las preguntas es el orden de ubicación según las secciones a áreas del formulario. Conviene ubicar primero las preguntas simples y neutrales y posteriormente las mas difíciles y las de índole personal; las iniciales deben ser fáciles de contestar y no despertar reacciones negativas en el encuestado, ya que pueden afectar las respuestas y la disposición a responder el resto del formulario. El orden psicológico debe tenerse muy en cuenta, ubicando en el centro o al final de las secciones o del formulario las preguntas personales sobre datos que usualmente no son brindados por las personas, tales como ingreso económico y vida sexual. En relación con número de preguntas que deben incluirse en el formulario, no se tiene una cantidad determinada, aunque cabe tener presente que este debe mostrar una extensión y ámbito ilimitado, lo cual estará supeditado al tipo de problema y la medición de las variables en estudio. También depende de los recursos disponibles, la calidad de la información requerida y las características del encuestado. Características físicas del formulario. El aspecto externo de un formulario puede influir favorablemente en las respuestas de un entrevistado, así como facilitar el manejo de estas para la tabulación de los datos. Es recomendable que sea de un tamaño que facilite su uso, no debiendo ser mayor de 22 cm. x 33 cm.; el tipo de letra y el tamaño deber ser legible y contener espacios apropiados que faciliten la lectura y respuesta de las preguntas. Si los datos recolectados han de ser procesados mecánicamente, el formulario debe estar diseñado de tal forma que facilite las diferentes etapas del proceso. Sobre las características del formulario cabe mencionar el uso del papel de diferentes colores, lo cual es recomendable cuando se tiene una muestra muy grande, y esta será clasificada por estratos u otra variable en particular, ya que facilita la identificación de los formatos y manipulación de los mismos. La calidad del papel también debe tomarse en cuenta en el diseño del formulario; se estima que si los instrumentos serán manejados continuamente en el procesamiento, tabulación y análisis de datos, o si se van a conservar formularios durante un periodo prolongado, es necesario considerar el uso de papel de buena calidad que asegure su durabilidad y resistencia

RECOLECCION DE DATOS

INTRODUCCIÓN

La recolección de datos se refiere al uso de una gran diversidad de técnicas y herramientas que pueden ser utilizadas por el analista para desarrollar los sistemas de información, los cuales pueden ser la entrevistas, la encuesta, el cuestionario, la observación, el diagrama de flujo y el diccionario de datos.

Todas estos instrumentos se aplicará en un momento en particular, con la finalidad de buscar información que será útil a una investigación en común. En la presente investigación trata con detalle los pasos que se debe seguir en el proceso de recolección de datos, con las técnicas ya antes nombradas.

TÉCNICAS PARA HALLAR DATOS

Los analistas utilizan una variedad de métodos a fin de recopilar los datos sobre una situación existente, como entrevistas, cuestionarios, inspección de registros (revisión en el sitio) y observación. Cada uno tiene ventajas y desventajas. Generalmente, se utilizan dos o tres para complementar el trabajo de cada una y ayudar a asegurar una investigación completa.

LA ENTREVISTA

Las entrevistas se utilizan para recabar información en forma verbal, a través de preguntas que propone el analista. Quienes responden pueden ser gerentes o empleados, los cuales son usuarios actuales del sistema existente, usuarios potenciales del sistema propuesto o aquellos que proporcionarán datos o serán afectados por la aplicación propuesta. El analista puede entrevistar al personal en forma individual o en grupos algunos analistas prefieren este método a las otras técnicas que se estudiarán más adelante. Sin embargo, las entrevistas no siempre son la mejor fuente de datos de aplicación.

Dentro de una organización, la entrevistas es la técnica más significativa y productiva de que dispone el analista para recabar datos. En otras palabras, la entrevistas es un intercambio de información que se efectúa cara a cara. Es un canal de comunicación entre el analista y la organización; sirve para obtener información acerca de las necesidades y la manera de satisfacerlas, así como concejo y comprensión por parte del usuario para toda idea o método nuevos. Por otra parte, la entrevista ofrece al analista una excelente oportunidad para establecer una corriente de simpatía con el personal usuario, lo cual es fundamental en transcurso del estudio.

Preparación de la Entrevista

  1. Determinar la posición que ocupa de la organización el futuro entrevistado, sus responsabilidades básicas, actividades, etc. (Investigación).
  2. Preparar las preguntas que van a plantearse, y los documentos necesarios (Organización).
  3. Fijar un límite de tiempo y preparar la agenda para la entrevista. (Sicología).
  4. Elegir un lugar donde se puede conducir la entrevista con la mayor comodidad (Sicología).
  5. Hacer la cita con la debida anticipación (Planeación).

Conducción de la Entrevista

  1. Explicar con toda amplitud el propósito y alcance del estudio (Honestidad).
  2. Explicar la función propietaria como analista y la función que se espera conferir al entrevistado. (Imparcialidad).
  3. Hacer preguntas específicas para obtener respuestas cuantitativas (Hechos).
  4. Evitar las preguntas que exijan opiniones interesadas, subjetividad y actitudes similares (habilidad).
  5. Evitar el cuchicheo y las frases carentes de sentido (Claridad).
  6. Ser cortés y comedio, absteniéndose de emitir juicios de valores. (Objetividad).
  7. Conservar el control de la entrevista, evitando las divagaciones y los comentarios al margen de la cuestión.
  8. Escuchar atentamente lo que se dice, guardándose de anticiparse a las respuestas (Comunicación).

Secuela de la Entrevista

  1. Escribir los resultados (Documentación).
  2. Entregar una copia al entrevistado, solicitando su conformación, correcciones o adiciones. (Profesionalismo).
  3. Archivar los resultados de la entrevista para referencia y análisis posteriores (Documentación).

Recabar datos mediante la Entrevista

La entrevista es una forma de conversación, no de interrogación, al analizar las características de los sistemas con personal seleccionado cuidadosamente por sus conocimientos sobre el sistema, los analistas pueden conocer datos que no están disponibles en ningún otra forma.

En las investigaciones de sistema, las formas cualitativas y cuantitativas de la información importantes. La información cualitativa está relacionada con opinión, política y descripciones narrativas de actividades o problemas, mientras que las descripciones cuantitativas tratan con números frecuencia, o cantidades. A menudo las entrevistas pueden ser la mejor fuente de información cualitativas, los otros métodos tiende a ser más útiles en la recabación de datos cuantitativos.

Son valiosas las opiniones, comentarios, ideas o sugerencia en relación a como se podría hacer el trabajo; las entrevistas a veces es la mejor forma para conocer las actividades de las empresas. La entrevista pueden descubrir rápidamente malos entendidos, falsa expectativa o incluso resistencia potencial para las aplicaciones de desarrollo; más aún, a menudo es más fácil calendarizar una entrevista con los gerentes de alto nivel, que pedirle que llenen cuestionario.

Determinación del tipo de Entrevista

La estructura de la entrevista varia. Si el objetivo de la entrevista radica en adquirir información general, es conveniente elaborar una serie de pregunta sin estructura, con una sesión de preguntas y respuesta libres

Las entrevistas estructuradas utilizan pregunta estandarizada. El formato de respuestas para las preguntas pueden ser abierto o cerrado; las preguntas para respuestas abierta permiten a los entrevistados dar cualquier respuesta que parezca apropiado. Pueden contestar por completo con sus propias palabras. Con las preguntas para respuesta cerradas se proporcionan al usuario un conjunto de respuesta que se pueda seleccionar. Todas las personas que respondes se basan en un mismo conjunto de posible respuestas.

Los analistas también deben dividir el tiempo entre desarrollar preguntas para entrevistas y analizar respuesta. La entrevista no estructurada no requiere menos tiempos de preparación, porque no necesita tener por anticipado las palabras precisas de las preguntas. Analizar las respuestas después de la entrevista lleva más tiempo que con la entrevista estructuradas. El mayor costo radica en la preparación, administración y análisis de las entrevistas estructuradas para pregunta cerradas.

Ejemplos de las preguntas abiertas y cerradas en la entrevista estructurada

FORMA DE PREGUNTA ABIERTA FORMA DE PREGUNTA CERRADA
Ejemplo: obtener la información sobre las características de diseños críticas para los empleados.” algunos empleados han sugerido que la mejor forma para hacer eficiente el procesamiento de pedidos es instalar un sistema de computadoraque maneje todos los cálculos…”bajo estas circunstancias ¿ apoyaría usted el desarrollo de un sistema de este tipo?. Ejemplo: obtener la información sobre lasCaracterísticas de diseñocríticas para los empleados.” La experiencia le ha proporcionado una amplia visión en cuanto a la forma en la que la empresa maneja los pedidos…” Me gustaría que usted contestara algunas preguntas específicas en relación en lo anterior:

-¿Qué etapas trabajas bien?¿cuáles no

-¿En donde se presenta la mayor parte del problema?

– ¿Cuándo ocurre un atraso, cómo se maneja?

Entre otros

Selección de Entrevistados

Realizar entrevistas toma tiempo; por lo tanto no es posible utilizar este método para recopilar toda la información que se necesite en la investigación; incluso el analista debe verificar los datos recopilados utilizando unos de los otros métodos de recabación de datos. La entrevista se aplican en todos los niveles gerencial y de empleados y dependa de quien pueda proporcionar la mayor parte de la información útil para el estudio los analistas que estudian la administración de inventarios pueden entrevistar a los trabajadores del embarque y de recepción, al personal de almacén y a los supervisores de los diferentes turnos, es decir. Aquellas personas que realmente trabajan en el almacén, también entrevistarán a los gerentes más importante.

Realización de Entrevista

La habilidad del entrevistador es vital para el éxito en la búsqueda de hecho por medio de la entrevista. Las buenas entrevista depende del conocimiento del analista tanto de la preparación del objetivo de una entrevista específica como de las preguntas por realizar a una persona determinada.

El tacto, la imparcialidad e incluso la vestimenta apropiada ayudan a asegurar una entrevista exitosa. La falta de estos factores puede reducir cualquier oportunidad de éxito. Por ejemplo, analista que trabaja en la aplicación enfocada a la reducción de errores (captado por la gerencia de alto nivel) probablemente no tendría éxito si llegara a una oficina de gerencia de nivel medio con la presentación equivocada, ejemplo “Estamos aquí para resolver su problema”.

A través de la entrevista, los analistas deben preguntarse a sí mismo las siguientes preguntas:

  • ¿Qué es lo que me está diciendo la persona?
  • ¿Por qué me lo está diciendo a mí ?
  • ¿Qué está olvidando?
  • ¿Qué espera está persona que haga yo?
Entrevista estructurada Entrevista no estructurada

VENTAJAS

-Asegura la elaboración uniforme de las preguntas para todos los que van a responder.-Fácil de administrar y evaluar.-Evaluación más objetiva tanto de quienes responden como de las respuestas a las preguntas.

-Se necesita un limitado entrenamiento del entrevistador.

-Resulta en entrevistas más pequeñas.

-El entrevistador tiene mayor flexibilidad al realizar las preguntas adecuadas a quien responde.-El entrevistador puede explotar áreas que surgen espontáneamente durante la entrevista.-Puede producir información sobre área que se minimizaron o en las que no se pensó que fueran importantes.

DESVENTAJAs

-Alto costo de preparación.-Los que responden pueden no aceptar un alto nivel en la estructura y caráctermecánico de las preguntas.-Un alto nivel en la estructura puede no ser adecuado para todas las situaciones.

-El alto nivel en las estructuras reduce responder en forma espontánea, así como la habilidad del entrevistador para continuar con comentarios hacia el entrevistado.

-Puede utilizarse negativamente el tiempo, tanto de quien responde como del entrevistador.-Los entrevistadores pueden introducir sus sesgos en las preguntas o al informar de los resultados.-Puede recopilarse información extraña

-El análisis y la interpretación de los resultados pueden ser largos.

-Toma tiempo extra recabar los hechos esenciales.

¿Qué es una encuesta?

Se ha dicho que Estados Unidos ya no es una “sociedad industrial”, sino una “sociedad de información”. Esto es, nuestros mayores problemas y tareas ya no giran principalmente en la producción de bienes y servicios necesarios para nuestra supervivencia y comodidad.

Nuestra “sociedad”, requiere un rápido y preciso flujo de información sobre las preferencias, necesidades y comportamiento de sus miembros. Es en respuesta a esta necesidad crítica de información por el gobierno, el comercio y las instituciones sociales que tanta confianza se pone en las encuestas.

Hoy en día la palabra “encuesta” se usa más frecuentemente para describir un método de obtener información de una muestra de individuos. Esta “muestra” es usualmente sólo una fracción de la población bajo estudio.

Por ejemplo, antes de una elección, una muestra de electores es interrogada para determinar cómo los candidatos y los asuntos son percibidos por el público… un fabricante hace una encuesta al mercado potencial antes de introducir un nuevo producto… una entidad del gobierno comisiona una encuesta para obtener información para evaluar legislación existente o para preparar y proponer nueva legislación.

No tan sólo las encuestas tienen una gran variedad de propósitos, sino que también pueden conducirse de muchas maneras, incluyendo por teléfono, por correo o en persona.

Aún así, todas las encuestas tienen algunas características en común.

A diferencia de un censo, donde todos los miembros de la población son estudiados, las encuestas recogen información de una porción de la población de interés, dependiendo el tamaño de la muestra en el propósito del estudio. En una encuesta bona fide, la muestra no es seleccionada caprichosamente o sólo de personas que se ofrecen como voluntarios para participar. La muestra es seleccionada científicamente de manera que cada persona en la población tenga una oportunidad medible de ser seleccionada. De esta manera los resultados pueden ser proyectados con seguridad de la muestra a la población mayor. La información es recogida usando procedimientos estandarizados de manera que a cada individuo se le hacen las mismas preguntas en mas o menos la misma manera. La intención de la encuesta no es describir los individuos particulares quienes, por azar, son parte de la muestra sino obtener un perfil compuesto de la población.

Una “encuesta” recoge información de una “muestra.” Una “muestra” es usualmente sólo una porción de la población bajo estudio.

El estándar de la industria para todas las organizaciones respetables que hacen encuestas es que los participantes individuales nunca puedan ser identificados al reportar los hallazgos. Todos los resultados de la encuesta deben presentarse en resúmenes completamente anónimos, tal como tablas y gráficas estadísticas.

¿Cuán grande debe ser la muestra?

El tamaño de muestra requerido en una encuesta depende en parte de la calidad estadística necesaria para los establecer los hallazgos; esto a su vez, está relacionado en cómo esos hallazgos serán usados.

Aún así, no hay una regla simple para el tamaño de muestra que pueda ser usada en todas las encuestas. Mucho de esto depende de los recursos profesionales y fiscales disponibles. Los analistas frecuentemente encuentran que una muestra de tamaño moderado es suficiente estadística y operacionalmente. Por ejemplo, las muy conocidas encuestas nacionales frecuentemente usan cerca de 1,000 personas para obtener información razonable sobre actitudes y opiniones nacionales.

Cuando nos damos cuenta que una muestra apropiadamente seleccionada de sólo 1,000 individuos puede reflejar varias características de la población total, es fácil apreciar el valor de usar encuestas para tomar decisiones informadas en una sociedad compleja como la nuestra. Las encuestas proveen medios rápidos y económicos de determinar la realidad de nuestra economía y sobre los conocimientos, actitudes, creencias, expectativas y comportamientos de las personas.

¿Quién lleva a cabo las Encuestas?

Todos conocemos sobre las encuestas de opinión pública que son reportadas por los medios informativos. Por ejemplo, la Encuesta Gallup y la Encuesta Harris emiten informes periódicos describiendo la opinión pública nacional sobre una amplia gama de asuntos corrientes. Encuestas estatales y en las áreas metropolitanas, frecuentemente con el apoyo económico de algún periódico o estación de televisión local, se reportan regularmente en muchos lugares. Las cadenas mayores de radio y televisión, así como revistas nacionales de noticias también llevan a cabo encuestas e informan sus resultados A pesar de esto, la gran mayoría de las encuestas no son de opinión pública. La mayoría están dirigidas a un propósito administrativo, comercial o científico. La gran variedad de asuntos con los que tratan las encuestas se puede ilustrar con la siguiente lista de usos reales:

  • Las cadenas mayores de televisión confían en encuestas que le dicen cuántas y qué tipo de personas ven sus programas.
  • Statistics Canadá lleva a cabo encuestas continuas de panel sobre niños (y sus familias) para estudiar sus necesidades educativas y otras.
  • Es una buena práctica nunca identificar los participantes individuales. El tamaño de la muestra depende de las metas estadísticas y de los recursos disponibles para la encuesta.
  • Los fabricantes de automóviles usan encuestas para determinar cuán satisfechos están las personas con sus autos.
  • El Negociado del Censo de los Estados Unidos lleva a cabo encuestas cada mes para obtener información sobre empleo y desempleo en la nación.
  • La Agencia para la Política e Investigación sobre Cuidado de Salud de los Estados Unidos auspicia una encuesta periódica para determinar cuanto dinero está gastando la gente en los distintos tipos de cuidado médico.
  • Las autoridades de transportación local conducen encuestas para obtener información
  • sobre los hábitos de viaje y transportación de las personas.
  • Las revistas y revistas profesionales usan encuestas para conocer qué leen sus suscriptores.
  • Se llevan a cabo encuestas para conocer quien usa nuestros parques nacionales y
  • otras facilidades recreativas.

Las encuestas proveen una fuente importante de conocimiento científico básico. Economistas, sicólogos, profesionales de la salud y sociólogos llevan a cabo encuestas para estudiar materias tales como los patrones de ingreso y gastos en los hogares, las raíces del prejuicio étnico o racial, las implicaciones de los problemas de salud en la vida de las personas, comparando el comportamiento electoral y los efectos sobre la vida familiar de mujeres que trabajan fuera del hogar.

¿Cuáles son algunos métodos comunes de Encuestas?

Las encuestas pueden ser clasificadas en muchas maneras. Una dimensión es por tamaño y tipo de muestra. Las encuestas pueden ser usadas para estudiar poblaciones humanas o no humanas (por ejemplo, objetos animados o inanimados, animales, terrenos, viviendas). Mientras que muchos de los principios son los mismos para todas las encuestas, el foco aquí será en métodos para hacer encuestas a individuos.

Muchas encuestas estudian todas las personas que residen en un área definida, pero otras pueden enfocar en grupos particulares de la población -niños, médicos, líderes de la comunidad, los desempleados, o usuarios de un producto o servicio particular. Las encuestas también pueden ser conducidas con muestras locales, estatales o nacionales.

Las encuestas pueden ser clasificadas por su método de recolección de datos. Las encuestas por correo, telefónicas y entrevistas en persona son las más comunes. Extraer datos de récords médicos y otros se hace también con frecuencia. En los métodos más nuevos de recoger datos, la información se entra directamente a la computadora ya sea por un entrevistador adiestrado o aún por la misma persona entrevistada. Un ejemplo bien conocido es la medición de audiencias de televisión usando aparatos conectados a una muestra de televisores que graban automáticamente los canales que se observan.

Las encuestas son una fuente importante de conocimiento científico básico. Las encuestas por correo, a través de entrevistas telefónicas o en persona son las más comunes.

Las encuestas por correo pueden ser de costo relativamente bajo. Como con cualquier otra encuesta, existen problemas en usar este método si no se presta suficiente atención a obtener niveles altos de cooperación. Estas encuestas pueden ser más efectivas cuando se dirigen a grupos particulares, tal como suscriptores a una revista especializada o a miembros de una organización profesional.

Las entrevistas telefónicas son una forma eficiente de recoger ciertos tipos de datos y se están usando con cada vez mayor frecuencia. Se prestan particularmente bien a situaciones donde es necesario obtener resultados oportunos y cuando el largo de la encuesta es limitado.

Las entrevistas en persona en el hogar u oficina de un participante son mucho más caras que las encuestas telefónicas o por correo. Estas pueden ser necesarias especialmente cuando se debe recoger información compleja.

Algunas encuestas combinan varios métodos. Por ejemplo, una encuestadora puede usar el teléfono para identificar participantes elegibles (tal como localizar individuos mayores elegibles para Medicare) y luego hacer cita para una entrevista en persona.

¿Qué preguntas hacemos en una Encuesta?

Podemos clasificar las encuestas también por su contenido. Algunas encuestas enfocan en las opiniones y actitudes (tal como las encuestas pre-eleccionarias), mientras que otras se preocupan por características o comportamiento reales (tal como la salud de las personas, vivienda, gastos del consumidor o hábitos de transportación).

Muchas encuestas combinan preguntas de ambos tipos. Los participantes pueden ser preguntados si han oído ó leído sobre algún asunto… qué saben sobre él… su opinión… con cuanta firmeza sienten y por qué… su experiencia sobre el asunto… y ciertos datos personales que ayudará al analista a clasificar sus respuestas (tal como edad, género, estado civil, ocupación y lugar de residencia).

Las preguntas pueden ser abiertas (“¿Por qué siente así?”), o cerradas (“¿Aprueba usted o desaprueba?”). Los entrevistadores pueden solicitar al participante que evalúe un candidato político o un producto usando alguna escala, o pueden solicitarle que ordene varias alternativas.

Algunas encuestas enfocan sobre opiniones otras sobre hechos.

La forma en que se hace una pregunta puede afectar mucho los resultados de una encuesta. Por ejemplo, una reciente encuesta de NBC/Wall Street Journal hizo dos preguntas muy similares obteniendo resultados muy diferentes: (1) “¿Favorece recortar programas tales como el seguro social, medicare, medicaid y subsidios a agricultores con el fin de reducir el déficit presupuestario?” Los resultados: a favor 23%, opuestos 66%, no opinaron 11%. (2) ¿Favorece recortar las autorizaciones fiscales del gobierno para reducir el déficit presupuestario? Los resultados: a favor 61%, opuestos 25%, no opinaron 14%. El cuestionario puede ser muy breve -unas pocas preguntas, tomando cinco minutos o menos – o puede ser bastante extenso – requiriendo una hora o más de tiempo al participante. Como es ineficiente identificar y acercarse a una muestra nacional grande para preguntar unos pocos ítemes de información, existen encuestas colectivas que combinan los intereses de varios clientes en una sola entrevista. En estas encuestas, a los participantes se les preguntará sobre una docena de preguntas sobre un tema, una media docena sobre otro tema y así sucesivamente.

Como los cambios en actitudes o comportamiento no pueden establecerse confiablemente con una sola entrevista, algunas encuestas usan un diseño de panel, en el cual los mismos participantes son entrevistados en dos ocasiones o más. Tales encuestas son usadas comúnmente durante una campaña electoral o para trazar la salud de una familia o su patrón de compras durante un período de tiempo.

¿Quién trabaja en las Encuestas?

El trabajador de encuestas mas conocido por el público es el entrevistador que llama por teléfono, el que aparece en la puerta del hogar o el que detiene a personas en un centro comercial.

Tradicionalmente, las entrevistas para encuestas, aunque requieren ocasionalmente largos días de trabajo en el campo, eran hechas principalmente por personas empleadas a tiempo parcial. Por lo tanto este tipo de empleo era particularmente adecuado para personas que no deseaban empleo a tiempo completo o que querían suplementar su ingreso regular.

Cambios en el mercado de trabajo y en el nivel de automatización de las encuestas han comenzado a alterar este patrón -aumentando el número de encuestadores que buscan trabajar a tiempo completo. La experiencia no es usualmente requerida para un empleo de entrevistador, aunque las destrezas básicas en el uso de computadoras adquieren cada día más importancia.

La mayoría de las organizaciones que hacen investigación proveen su propio adiestramiento para la labor del entrevistador. Los requisitos principales para entrevistar están la habilidad para acercarse a personas extrañas (en persona o por teléfono), para El trabajador de encuestas mejor conocido por el público es el entrevistador pero hay muchos otros.

Persuadirles a participar y para recoger los datos necesarios siguiendo las instrucciones al pie de la letra.

Menos visible, pero de igual importancia es el personal de la oficina, quienes -entre otras cosas- planifican la encuesta, seleccionan la muestra, supervisan las entrevistas, procesan los datos recogidos, analizan los datos e informan los hallazgos de la encuesta.

En la mayoría de las organizaciones de investigación por encuestas, el personal gerencial habrá tomado cursos graduados de métodos de encuestas y poseen grados universitarios avanzados en estadísticas, sociología, sicología, mercadeo, alguna materia afín ó poseerán experiencia equivalente.

Los supervisores de nivel intermedio y los asociados de investigación frecuentemente tendrán trasfondos académicos similares a los gerentes o habrán avanzado desde las filas de los entrevistadores, oficinistas o codificadores sobre la base de su competencia y experiencia.

¿Qué sobre la confidencialidad e integridad?

La confidencialidad de los datos suministrados por los participantes es una preocupación primordial de todas las organizaciones respetables que hacen encuestas. En el Negociado del Censo de los Estados Unidos, por ejemplo, los datos recogidos están protegidos por ley (Título 13 del Código Legal de Estados Unidos). En Canadá, la Ley de Estadísticas garantiza la confidencialidad de los datos recogidos por Statistics Canadá, y otros países tiene salvaguardas similares.

Varias organizaciones profesionales que tienen que ver con métodos de encuestas tienen un código de ética (como la Asociación Estadística Americana) que establecen reglas para mantener la confidencialidad de las respuestas en encuestas. La política recomendada para que las organizaciones de encuestas salvaguarden la confidencialidad incluye:

  • Usar códigos numéricos para vincular al participante con su cuestionario y guardar la

información sobre el vínculo nombre-código en un lugar aparte.

  • Negarse a proveer los nombres y direcciones de los participantes en la encuesta a cualquier persona fuera de la organización de encuestas, incluyendo a sus clientes.
  • Destruir cuestionarios e información que pueda servir para identificar los participantes

luego que sus respuestas se hayan entrado a la computadora.

  • Omitir los nombres y direcciones de los participantes en la encuesta de los archivos de computadora usados para análisis.
  • Presentar tabulaciones estadísticas usando categorías amplias para que los participantes individuales no puedan ser identificados.

La confidencialidad de los datos suministrados por los participantes es una preocupación primordial de todas las organizaciones de encuesta respetables.

¿Cuáles son nuestras preocupaciones potenciales?

La calidad de una encuesta es determinada en gran medida por su propósito y por la forma en que es conducida.

La mayoría de las indagaciones de televisión (por ejemplo, las “encuestas” usando el número telefónico 900) o las “encuestas” en revista son altamente sospechosas. Estas y otras encuestas de opinión autoseleccionadas (“self-selected opinion polls: SLOPS)” pueden llevar a conclusiones erróneas ya que los participantes no han sido seleccionados científicamente.

Las encuestas deben llevarse a cabo únicamente para obtener información estadística sobre algún tema. No deben ser diseñadas para producir resultados predeterminados o como un artificio para mercadeo o para actividades similares. Cualquier persona a quien se le solicite que responda a una encuesta de opinión o que se preocupe por los resultados debe primero decidir si las preguntas que se hacen son justas.

Otra violación importante de la integridad ocurre cuando lo que parece ser una encuesta es efectivamente un vehículo para estimular donaciones a alguna causa o para crear una lista de direcciones para mercadear productos.

Cuestionario

Los cuestionarios proporcionan una alternativa muy útil para la entrevista; si embargo, existen ciertas características que pueden ser apropiada en algunas situaciones e inapropiadas en otra. Al igual que la entrevistas, deben diseñarse cuidadosamente para una máxima efectividad.

Recabación de datos mediante cuestionarios

Para los analistas los cuestionarios pueden ser la única forma posible de relacionarse con un gran número de personas para conocer varios aspectos del sistema. Cuando se llevan a cabo largos estudios en varios departamento, se puede distribuir los cuestionarios a todas las personas apropiadas para recabar hechos en relación al sistema. En mayor parte de los casos, el analista no verá a los que responde; no obstante, también esto es una ventaja porque aplican muchas entrevista ayuda a asegurar que el interpelado cuenta con mayor anonimato y puedan darse respuestas mas honesta ( y menos respuestas prehechas o estereotipadas). También las preguntas estandarizadas pueden proporcionar datos más confiable.

Selección de formas para cuestionarios

El desarrollo y distribución de los cuestionarios; por lo tanto, el tiempo invertido en esto debe utilizarse en una forma inteligente. También es importante el formato y contenido de las preguntas en la recopilación de hechos significativos.

Existen dos formas de cuestionarios para recabar datos: cuestionarios abiertos y cerrados, y se aplican dependiendo de si los analistas conocen de antemano todas las posibles respuestas de las preguntas y pueden incluirlas. Con frecuencia se utilizan ambas formas en los estudios de sistemas.

Cuestionario Abierto

Al igual que las entrevistas, los cuestionarios pueden ser abiertos y se aplican cuando se quieren conocer los sentimientos, opiniones y experiencias generales; también son útiles al explorar el problema básico, por ejemplo, un analista que utiliza cuestionarios para estudiar los métodos de verificación de crédito, es un medio.

El formato abierto proporciona una amplia oportunidad para quienes respondan escriba las razones de sus ideas. Algunas personas sin embargo, encuentran más fácil escoger una de un conjunto de respuestas preparadas que pensar por sí mismas.

Cuestionario Cerrado

El cuestionario cerrado limita las respuestas posibles del interrogado. Por medio de un cuidadoso estilo en la pregunta, el analista puede controlar el marco de referencia. Este formato es el método para obtener información sobre los hechos. También fuerza a los individuos para que tomen una posición y forma su opinión sobre los aspectos importantes.

La OBSERVACIÓN

Otra técnica útil para el analista en su progreso de investigación, consiste en observar a las personas cuando efectúan su trabajo. Como técnica de investigación, la observación tiene amplia aceptación científica. Los sociólogos, sicólogos e ingenieros industriales utilizan extensamente ésta técnica con el fin de estudiar a las personas en sus actividades de grupo y como miembros de la organización. El propósito de la organización es múltiple: permite al analista determinar que se está haciendo, como se está haciendo, quien lo hace, cuando se lleva a cabo, cuanto tiempo toma, dónde se hace y por que se hace.

“¡Ver es creer! Observar las operaciones la proporciona el analista hechos que no podría obtener de otra forma.

Tipos de Observación

El analista de sistemas puede observar de tres maneras básicas. Primero, puede observar a una persona o actitud sin que el observado se dé cuenta y su interacción por aparte del propio analista. Quizá esta alternativa tenga poca importancia para el análisis de sistemas, puesto que resulta casi imposible reunir las condiciones necesarias. Segundo, el analista puede observar una operación sin intervenir para nada, pero estando la persona observada enteramente consciente de la observación. Por último, puede observar y a la vez estar en contacto con las personas observas. La interacción puede consistir simplemente en preguntar respecto a una tarea específica, pedir una explicación, etc.

Preparación para la observación

  1. Determinar y definir aquella que va a observarse.
  2. Estimular el tiempo necesario de observación.
  3. Obtener la autorización de la gerencia para llevar a cabo la observación.
  4. Explicar a las personas que van a ser observadas lo que se va a hacer y las razones para ello.

Conducción de la observación

  1. Familiarizarse con los componentes físicos del área inmediata de observación.
  2. Mientras se observa, medir el tiempo en forma periódica.
  3. Anotar lo que se observa lo más específicamente posible, evitando las generalidades y las descripciones vagas.
  4. Si se está en contacto con las personas observadas, es necesario abstenerse de hacer comentarios cualitativos o que impliquen un juicio de valores.
  5. Observar las reglas de cortesía y seguridad.

Secuela de la observación

  1. Documentar y organizar formalmente las notas, impresionistas, etc.
  2. Revisar los resultados y conclusiones junto con la persona observada, el supervisar inmediato y posiblemente otro de sistemas.

Diagrama de Flujo

Es una representación pictórica de los pasos en proceso. Útil para determinar cómo funciona realmente el proceso para producir un resultado. El resultado puede ser un producto, un servicio, información o una combinación de los tres. Al examinar cómo los diferentes pasos es un proceso se relacionan entre sí, se puede descubrir con frecuencia las fuentes de problemas potenciales. Los diagramas de flujo se pueden aplicar a cualquier aspecto del proceso desde el flujo de materiales hasta los pasos para hacer la venta u ofrecer un producto. Con frecuencia este nivel de detalle no es necesario, pero cuando se necesita, el equipo completo de trabajo más pequeños pueden agregar niveles según sea necesario durante el proyecto.

¿Cuándo se utiliza un Diagrama De Flujo?

Cuando un equipo necesita ver cómo funciona realmente un proceso completo. Este esfuerzo con frecuencia revela problemas potenciales tales como cuellos de botella en el sistema, pasos innecesarios y círculos de duplicación de trabajo.

Algunos aplicaciones comunes son:

Definición de Proyectos:

  • Identificar oportunidades de cambios en el proceso.
  • Desarrollar estimados de costos de mala calidad.
  • Identificar organizaciones que deben estar representadas en el equipo.
  • Desarrollar una base común de conocimiento para los nuevos miembros del equipo.
  • Involucrar a trabajadores en los esfuerzos de resolución de problemas para reducir las resistencias futura al cambio.

Identificación de las causas principales:

  • Desarrollar planes para reunir datos.
  • Generar teorías sobre las causas principales.
  • Discutir las formas de estratificar los datos para el análisis para identificar las causas principales.
  • Examinar el tiempo requerido para las diferentes vías del proceso.

Diseño de soluciones

  • Describir los cambios potenciales en el proceso y sus efectos potenciales.
  • Identificar las organizaciones que será afectadas por los cambios propuesto.

Aplicaciones de soluciones:

  • Explicar otros el proceso actual y la solución propuesta.
  • Superar la resistencia al cambio demostrando cómo los cambios propuestos simplificarán el proceso.

Control (retener las Ganancias):

  • Revisar y establecer controles y monotorías al proceso.
  • Auditar el proceso periódicamente para asegurar que están siguiendo los nuevos procedimientos.
  • Entrenar a nuevos empleados.

¿Cómo se Utiliza?

La metodología para prepara un Diagrama de Flujo es;

  1. PROPÓSITO: analizar como se pretende utilizar el Diagrama de Flujo. Exhibir esta hoja en el pared y consultarla en cualquier momento para verificar que se Diagrama de Flujo es apropiado para las aplicaciones que se pretende.
  2. DETERMINAR EL NIVEL DE DETALLE REQUERIDO.
  3. DEFINIR LOS LIMITES: después de establecer los límites del proceso, enumerar los resultados y los clientes en el extremo derecho del diagrama.
  4. UTILIZAR SÍMBOLOS APROPIADOS: utilizando los símbolos apropiados para el Diagrama de Flujo, presentar las respuestas como los primeros pasos en el diagrama.
  5. HACER PREGUNTAS: para cada input, haga preguntas como:
  • ¿Quién recibe el input?
  • ¿Qué es lo primero que se hace con el input?
  1. DOCUMENTAR: cada paso en la secuencia, empezando con el primer (ó último) paso. Para cada paso, hacer preguntas como:
  • ¿Qué produce este paso?
  • ¿Quién recibe este resultado?
  • ¿Qué pasa después?
  • ¿Alguno de los pasos requiere de inputs que actualmente no se muestran?
  1. COMPLETAR: continuar la construcción del Diagrama de Flujo hasta que se conecte todos los resultados (outputs) definidos en el extremo derecho del diagrama. Si se encuentra un segmento del proceso que es extraña para todos en el salón, se deberá tomar nota y continuar haciendo el diagrama.
  2. REVISIÓN: Preguntar:
  • ¿Todos los flujos de información encajan en los inputs y outputs del proceso?
  • ¿El Diagrama muestra la naturaleza serial y paralela de los pasos?
  • ¿El Diagrama capta de forma exacta lo que realmente ocurrió, a diferencia de la forma cómo se piensa que las cosas deberías pasar o como fueron diseñadas originalmente?
  1. DETERMINAR OPORTUNIDADES

Nota: El Diagrama de flujo final deberá actuar como un registro de cómo el proceso actual realmente opera. Indicar la fecha.

Aunque hay literalmente docenas de símbolos especializadas utilizados para hacer Diagrama de Flujos, se utiliza con más frecuencia los siguientes:

Para ver el gráfico seleccione la opción “Descargar”

Las “líneas de flujos” son utilizadas para representar el progreso de los pasos en la secuencia. La punta de la fecha indica la dirección del flujo del proceso.

Otros dos símbolos que no son utilizados tan comúnmente y que pueden ser útiles son:

El “Símbolo del documento” representa la información escrita pertinente al proceso.

El “Símbolo de la Base de Datos” representa información almacenada electrónicamente con respecto al proceso

Consejos para la construcción / Interpretación:

Si un Diagrama de Flujo se construye de forma apropiada y refleja el proceso de la forma que realmente opera, todos los miembros del equipo poseerán un conocimiento común, exacto del funcionamiento del proceso. Adicionalmente, el equipo no necesita invertir el tiempo y la energía en observar el proceso físicamente cada vez que se quiera identificar problemas para trabajar, discutir teorías sobre las causas principales, examinar el impacto de las soluciones propuestas o discutir las formas para mantener las mejoras.

Los Diagramas de Flujo pueden ayudar a un equipo en su tarea de diagnóstico para lograr mejoras. Uno de sus usos es el de ayudar a un equipo a generar teorías sobre las posibles causas principales de un problema. El Diagrama de Flujo se dibuja en una pared de la sala de reuniones. El equipo que investiga un problema redacta una descripción del problema en un pedazo pequeño del papel y lo pega en el Diagramas de Flujo en el punto, en el proceso donde el problema se ha detectado. El equipo luego discute cada uno de los pasos en el proceso antes del punto donde el problema se ha detectado, y produce teorías sobre las cosas que podrían salir mal en el paso del proceso de forma sistemática a medida que producen teorías sobre las posibles causas principales del problema.

Otro uso de un Diagramas de Flujo es el de ayudar a un equipo a identificar las formas apropiadas para separar los datos para su análisis. Por ejemplo, considérese el problema de analizar los tiempos de reparación. Una rápida revisión del Diagramas de Flujo puede sugerir un número de grupos posibles que pueden explicar el tiempo que se necesita para hacer reparación.

Relación con otras herramientas:

Los Diagramas de Flujo de procesos generalmente se relacionan con:

  • Mapa de Relaciones
  • Mapa de Proceso Interfuncional (Cross-Funcional)

Diccionario de datos

Los diccionarios de datos son el segundo componente del análisis del flujo de datos. En sí mismos los diagramas de flujo de datos no describen por completo el objeto de la investigación. El diccionario de datos proporciona información adicional sobre el sistema. Esta sección analiza que es un diccionario de datos, por qué se necesita en el análisis de flujo de datos y como desarrollarlo. Se utilizará el ejemplo del sistema de contabilidad para describir los diccionarios de datos.

Un diccionario de datos es una lista de todos los elementos incluido en el conjunto de los diagramas de flujo de datos que describen un sistema. Los elementos principales en un sistema, estudiados en las secciones anteriores, son el flujo de datos, el almacenamiento de datos y los procesos. El diccionario de datos almacena detalles y descripciones de estos elementos.

Si los analistas desean conocer cuántos caracteres hay en un dato, con qué otros nombres se le conoce en el sistema, o en donde se utilizan dentro del sistema deben ser capaces de encontrar las respuesta en un diccionario de datos desarrollado apropiadamente.

El diccionario de dato se desarrolla durante el análisis de flujo de datos y ayuda el analista involucrado en la determinación de los requerimientos de sistemas. Sin embargo, como se verá más adelante, también el contenido del diccionario de datos se utiliza durante el diseño del sistema.

En informática, base de datos acerca de la terminología que se utilizará en un sistema de información. Para comprender mejor el significado de un diccionario de datos, puede considerarse su contenido como “datos acerca de los datos”; es decir, descripciones de todos los demás objetos (archivos, programas, informes, sinónimos…) existentes en el sistema. Un diccionario de datos almacena la totalidad de los diversos esquemas y especificaciones de archivos, así como sus ubicaciones. Si es completo incluye también información acerca de qué programas utilizan qué datos, y qué usuarios están interesados en unos u otros informes. Por lo general, el diccionario de datos está integrado en el sistema de información que describe.

Descripción de los Datos en el Diccionario

Cada entrada en el diccionario de dato consiste en un conjunto de detalles que describen los datos utilizados o producidos en el sistema. Cada articulo se identifica por un nombre de dato, descripción, sinónimo y longitud de campo y tiene valores específicos que se permiten para éste en el sistema estudiado.

Nombre de los Datos

Para distinguir un dato de otro, los analista les asigna nombre significativos que se utilizan para tener una referencia de cada elemento a través del proceso total de desarrollo de sistemas. Por lo tanto, debe tenerse cuidado para seleccionar, en forma significativa y entendible, los nombres de los datos, por ejemplo la fecha de factura es más significativa si se llama FECHA FACTURA que si se le conoce como ABCXXX.

Descripción de los Datos

Establece brevemente lo que representa el dato en el sistema; por ejemplo, la descripción para FECHA-DE-FACTURA indica que es la fecha en la cual se está preparando la misma (para distinguirla de la fecha en la que se envió por correo o se recibió.

Las descripciones de datos se deben escribir suponiendo que a gente que los lea no conoce nada en relación del sistema. Deben evitarse termino especiales o argot, todas las palabras deben se entendible para el lector

Alias

Con frecuencia el mismo dato puede conocerse con diferentes nombres, dependiendo de quien lo utilice. El uso de los alias deben evitar confusión. Un diccionario de dato significativo incluirá todos los alias.

Longitud de campo

Cuando las característica del diseño del sistema se ejecuten más tarde en el proceso de desarrollo del sistemas, será importante conocer la cantidad de espacio que necesita para cada dato.

Valores de los datos

En algunos proceso solo se permiten valores de datos específicos. Por ejemplo, en muchas compañías con frecuencia los números de orden de compra se proporcionan con un prefijo de una letra para indicar el departamento del origen.

Registro de las descripciones de datos

Dadas que las descripciones se utilizarán en forma repetitiva a través de una información y después, durante el diseño, se sugiere un formato fácil para utilizar que simplifique el registro y los detalles de consulta cuando se necesiten.

CONCLUSIÓN

La Recolección de Datos, consiste en la recopilación de información; se lleva a cabo por medio

de entrevistas, cuestionarios y observación; donde el analista obtiene y desarrolla los sistemas de información logrando sus metas y objetivos.

El analista debe de demostrar y desarrollar las destrezas de sus conocimientos manifestando su honestidad, imparcialidad, habilidad, objetividad, control, comunicación, comprensión y cortesía para lograr la búsqueda de información a través de las herramientas antes mencionada.

La entrevista, se lleva a cabo en todos los niveles de operación desde el Presidente o el Jefe de Operaciones.

Utilizando procedimientos que pueden varar desde muy formales hasta los casuales.

El cuestionario, es otra de las utensilios que usa el analista con el fin de lograr un consenso, siendo un canal de comunicación poco limitado, el analista debe determinar lo que desea saber, estructurar preguntas que pueden dar las respuestas y formular el cuestionario.

La observación, se emplea para verificar los resultados de una entrevista y tiene una aceptación científica.

El diagrama de flujo, es el proceso para plantear un problema y determinar un resultado en una empresa.

El diccionario de datos, se aplica para la examinación de los diagramas de flujos de datos y a su vez registra detalles adicionales dentro del flujo de un sistema.

DICCIONARIO DE DATOS

Definición.

El primer paso en el diseño de una base de datos es recolectar información acerca de la empresa, que es, acerca de su uso, relaciones y significado de datos. Como el diseño de procesos es progresivo, es necesario depositar información acerca de la opinión lógica, interna y externa del modelo en la localización central. Una herramienta que facilita el control y manejo de la información acerca de datos en el diseño, implementación, operación y expansión de fases de una base de datos es llamado diccionario de datos.

El diccionario de datos es un lugar dónde se deposita información acerca de datos como origen, descripción, relaciones y otros datos, es decir el diccionario de datos es una base de datos misma, la cual deposita datos acerca de los datos, el diccionario de datos es una guía y contiene “mapas guías” para la base de datos en vez de “nuevos datos”, es decir es un lugar en dónde se almacena o se mantiene un conjunto de estados (controles), información relacionada con los diferentes tipos de registros (tablas) privilegios de los usuarios y estadísticas (cuantos registros tiene cada tabla, índices, etc.)

Los diccionarios de datos de los Sistemas de Base de datos (DBMS) no son iguales, aunque mantienen los mismos lineamientos o las mismas características.

En otras palabras, es un catálogo, un depósito, de los elementos en un sistema. Contiene las características lógicas de los sitios donde se almacenan los datos del sistema, incluyendo nombre, descripción, alias, contenido y organización. Identifica los procesos donde se emplean los datos y los sitios donde se necesita el acceso inmediato a la información, se desarrolla durante el análisis de flujo de datos y auxilia a los analistas que participan en la determinación de los requerimientos del sistema, su contenido también se emplea durante el diseño.

En un diccionario de datos se encuentra la lista de todos los elementos que forman parte del flujo de datos en todo el sistema. Los elementos más importantes son flujos de datos, almacenes de datos y procesos. El diccionario guarda los detalles y descripciones de todos estos elementos.

Si los analistas desean conocer cuántos caracteres abarca un determinado dato o qué otros nombres recibe en distintas partes del sistema, o dónde se utiliza, encontrarán las respuestas en un diccionario de datos desarrollado en forma apropiada.

5.2 Explotación.

Razones para la utilización de los diccionarios de datos:

  1. Para manejar los detalles en sistemas muy grandes, ya que tienen enormes cantidades de datos, aun en los sistemas más chicos hay gran cantidad de datos. Los sistemas al sufrir cambios continuos, es muy difícil manejar todos los detalles. Por eso se registra la información, ya sea sobre hoja de papel o usando procesadores de texto. Los analistas mas organizados usan el diccionario de datos automatizados diseñados específicamente para el análisis y diseño de software.
  2. Para asignarle un solo significado a cada uno de los elementos y actividades del sistema. Los diccionarios de datos proporcionan asistencia para asegurar significados comunes para los elementos y actividades del sistema y registrando detalles adicionales relacionados con el flujo de datos en el sistema, de tal manera que todo pueda localizarse con rapidez.
  3. Para documentar las características del sistema, incluyendo partes o componentes así como los aspectos que los distinguen. También es necesario saber bajo que circunstancias se lleva a cabo cada proceso y con que frecuencia ocurren. Produciendo una comprensión mas completa. Una vez que las características están articuladas y registradas, todos los participantes en el proyecto tendrán una fuente común de información con respecto al sistema.
  4. Para facilitar el análisis de los detalles con la finalidad de evaluar las características y determinar donde efectuar cambios en el sistema. Determina si son necesarias nuevas características o si están en orden los cambios de cualquier tipo. Se abordan las características:
  • Naturaleza de las transacciones: las actividades de la empresa que se llevan a cabo mientras se emplea el sistema.
  • Preguntas: solicitudes para la recuperación o procesamiento de información para generar una respuesta específica.
  • Archivos y bases de datos: detalles de las transacciones y registros maestros que son de interés para la organización.
  • Capacidad del sistema: Habilidad del sistema para aceptar, procesar y almacenar transacciones y datos.
  1. Localizar errores y omisiones en el sistema, detectan dificultades, y las presentan en un informe. Aun en los manuales, se revelan errores.

Contenido de un Registro de un Diccionario de Datos.

El diccionario tiene dos tipos de descripciones para el flujo de datos del sistema, son los elementos datos y estructura de datos.

Elementos Datos: Son los bloques básicos para todos los demás datos del sistema, por si mismos no le dan un significado suficiente al usuario. Se agrupan para formar una estructura de datos.

  • Descripción: Cada entrada en el diccionario consiste de un conjunto de detalles que describen los datos utilizados o producidos por el sistema.

Cada uno esta identificado con:

  • Un nombre: para distinguir un dato de otro.
  • Descripción: indica lo que representa en el sistema.
  • Alias: porque un dato puede recibir varios nombres, dependiendo de quien uso este dato.
  • Longitud: porque es de importancia de saber la cantidad de espacio necesario para cada dato.
  • Valores de los datos: porque en algunos procesos solo son permitidos valores muy específicos para los datos. Si los valores de los datos están restringidos a un intervalo especifico, esto debe estar en la entrada del diccionario.

Estructura de Datos: Es un grupo de datos que están relacionados con otros y que en conjunto describen un componente del sistema.

  • Descripción: Se construyen sobre cuatro relaciones de componentes. Se pueden utilizar las siguientes combinaciones ya sea individualmente o en conjunción con alguna otra.
  • Relación secuencial: Define los componentes que siempre se incluyen en una estructura de datos.
  • Relación de selección: (uno u otro), define las alternativas para datos o estructuras de datos incluidos en una estructura de datos.
  • Relación de iteración: (repetitiva), define la repetición de un componente.
  • Relación opcional: los datos pueden o no estar incluidos, o sea, una o ninguna iteración.
  • Notación: Los analistas usan símbolos especiales con la finalidad de no usar demasiada cantidad de texto para la descripción de las relaciones entre datos y mostrar con claridad las relaciones estructurales. En algunos casos se emplean términos diferentes para describir la misma entidad (alias) estos se representan con un signo igual (=) que vincula los datos.

Diccionario de Datos y las Interfases.

El diccionario de datos puede componerse básicamente de dos interfases así:

  • La interfase con la gente involucrada, por ejemplo, el administrador de la base de datos, programador de sistemas, programador de aplicaciones, manejadores, y finalmente usuarios y observadores.
  • La interfase con el software por ejemplo, sistema de manejo de bases de datos, librerías, sistemas operativos y generador de reportes.

El diccionario de datos puede ser usado como una herramienta efectiva para la función de administrador de base de datos en el diseño, implementación y fase de operaciones en la base de datos. Es responsabilidad del DBMS proteger el diccionario de datos por refuerzos estándar, seguridad y obligaciones privadas. Un diccionario de datos es el lugar ideal para encontrar respuestas a las preguntas como ” dónde se usa “, ” quién usa “, ” cuando se usa”.

Estas interfases muestran que existen dos tipos de usos del diccionario de datos, un tipo de uso es por la gente que tiene funciones como administrador de base de datos, programador de sistemas, analista de sistemas, programador de aplicaciones, usuarios. Y el otro tipo de uso es por el software en áreas semejantes como manejadores de base de datos, sistemas, librerías, sistemas operativos y generador de reportes.

Estos dos tipos de interfase enlazan al manejador y control del medio de la base de datos como un resultado de la eficiente comunicación entre las partes involucradas.

Diccionario de Datos Ideal: Sus requerimientos y su Organización.

La siguiente es una lista de requerimientos convenientes de un diccionario de base de datos para describir los datos, no quiere decir que cualquier paquete de diccionario de datos particular abarca ahora todos estos requerimientos.

Modelo Conceptual.- la información acerca de los datos necesaria en el proceso de diseño del modelo conceptual incluye entidades, campos o atributos y las relaciones entre campos, atributos, también incluye información acerca de cuales departamentos y usuarios están usando o intentan usar que atributos y con que frecuencia estos datos son usados, conjuntamente con las descripciones textuales y con significados y propósitos. Las entidades y relaciones deberían tener títulos apropiados, versiones, estados, los membership (campo de una entidad el cual va ha servir de referencia).

Modelo Lógico.- la información siguiente acerca del modelo lógico de la base de datos debería ser almacenada en el diccionario de datos: el campo de agrupación con su llave (estos grupos pueden ser los subgrupos de los grupos especificados en el modelo conceptual), el fundamento del modelo de datos, la relaciones de los grupos basados en el modelo de datos, el modelo externo soportado por el modelo lógico, las transacciones lógicas, los programas y los módulos, la referencia cruzada de la información entre las transacciones, también deberían ser almacenados. Otra información necesaria es el lenguaje de programación y el tipo de programa (bath o en línea) para los programas y transacciones.

Modelo Interno.- la información física acerca de los atributos como por ejemplo: longitud (caracteres), modo (cadena de caracteres, decimales, datos de simple precisión, empaquetados), justificación (derecha izquierda), formas de presentación, reglas de edición (constantes, rango de valores), derivación algorítmica, secuencia o posición secuencial que un atributo particular ocupa en una ocurrencia, seguridad (códigos de seguridad para leer, actualizar), medio de almacenamiento (tarjetas, discos, cintas, video), el control de acceso a la información debería ser almacenado en el diccionario de datos.

Un diccionario de datos ideal debería se una parte integral de todo el medio ambiente de la base de datos y el administrador de la base de datos es el responsable de la entrada al diccionario de datos, señalando que un diccionario de datos tiene que ser salvado en copias de respaldo para evitar efectos desastrosos debido a un mal funcionamiento del sistema o cualquier destrucción no intencional de la versión producida del diccionario de datos, la función del administrador de base de datos lleva la gran responsabilidad de proteger la parte vital del medio de la base de datos “el diccionario de datos”.

Sistemas Ideales del Diccionario de Datos.

  1. El diccionario de datos debe soportar los modelos conceptual, lógico, interno y externo.
  2. El diccionario de datos debe ser integrado con el manejador del sistema de base de datos.
  3. El diccionario de datos debe soportar varias versiones de documentación (historial)
  4. El diccionario de datos debe apoyar la transferencia eficiente de información al manejador del sistema de base de datos. Idealmente la conexión entre los modelos interno y externo debe ser realizada en tiempo de ejecución.
  5. Un diccionario de datos debería comenzar con la reorganización de versiones de producción de la base de datos como un resultado de los cambios para la descripción de la base de datos. Similarmente, cualquier cambio a la descripción de programas debe ser reflejado automáticamente en la librería de descripción de programas con la ayuda del diccionario de datos.

    Unidad VI. Herramientas del Sistema.

    1. Afinación, Medición del Desempeño, Reorganización Física y Lógica.
  6. El diccionario de datos para ser eficiente deberá ser almacenado en un medio de almacenamiento con acceso directo para la fácil recuperación de información.

Afinación.

La afinación se refiere a ajustes y cambios en la organización del almacén de datos después de que el sistema ha entrado en servicio y se han aclarado suficientemente las pautas de uso. Este proceso de ajuste de la base de datos se llama afinación (Tunning).

El uso de la base de datos evoluciona continuamente, a medida que más personas se van familiarizando con ella y se van creando más programas de aplicación. Los ajustes en la organización del almacén para el óptimo desempeño se convierten en un proceso continuo.

El responsable de realizar la afinación de la base de datos es el administrador de o su grupo, y es importante que este tenga libertad para introducir los cambios que sean necesarios, sin hacer estragos en los programas de aplicación.

Requisitos para una correcta afinación:

  • Independencia física de los datos. Es la capacidad de modificar el esquema interno sin alterar el esquema conceptual, ni los programas de aplicación.
  • Medios: Para supervisar automáticamente el uso de la base de datos con el fin de que puedan hacerse los ajustes necesarios.

Los manejadores actuales de bases de datos ya incorporan medios para la afinación automática.

Medición del Desempeño.

Es responsabilidad del DBA organizar el sistema de modo que se obtenga el desempeño que sea “mejor para la empresa”, y realizar los ajustes apropiados cuando cambien los requerimientos. Es necesario reorganizar la base de datos (descargarla y volverla a cargar) en forma periódica con el fin de garantizar que los niveles de desempeño sigan siendo aceptables.

Los datos obtenidos del desempeño se comparan con aquellos datos esperados. esta razón proporciona los factores de multiprogramación, Mn, para cada uno de los procesos básicos h que son parte de los cálculos de la base de datos. En la práctica estos factores pueden variar de 1 a 0.1.

Para ver la fórmula seleccione la opción “Descargar” del menú superior

Tales pruebas no requieren la existencia de la base de datos completa y puede ser que ni siquiera exista el estudio piloto, que consiste en la ejecución de una secuencia adecuada de operaciones aleatorias o secuenciales de lectura o escritura, junto con una cantidad equivalente del uso del cpu. Es posible escribir y ejecutar un programa que imite la operación propuesta, en el sistema real que se va a utilizar, con el costo del esfuerzo de unos cuantos días.

Reorganización Física y Lógica.

La reorganización consiste en leer el archivo en forma en que se utilizaría al realizar el procesamiento serial y escribir los registros nuevos y viejos en el archivo nuevo, dejando fuera todos los registros marcados como eliminados lógicamente; y se crearán nuevos índices con base a los nuevos valores.

La frecuencia de reorganización depende de la actividad de inserción dentro del archivo; y se debe de realizar antes de que el archivo esté realmente lleno para evitar problemas en tiempos de mucha actividad.  Las reorganizaciones físicas son necesarias para mejorar el rendimiento, añadir una nueva estructura de acceso, agilizar las operaciones de obtención y actualización, disminuir los tiempos de respuesta, minimizar el espacio de almacenamiento y optimizar el consumo de recursos. Las reorganizaciones lógicas pueden modificar el esquema conceptual, pero no alterar el esquema externo ni los programas de aplicación; puede ser un orden de visualización en las vistas.

  1. Auditoria.

Para asegurar la calidad de la información contenida en el sistema, es necesario tener un experto que esté involucrado en el ajuste o hacer uso de un sistema que examine la información para asegurar su confiabilidad.

Existen dos tipos de auditores:

  • Internos. Trabajan para la misma organización, dueña del sistema.
  • Externos. Contratados del exterior de la organización que auditan el sistema para asegurar la legalidad de los estados financieros.
  1. Respaldo y Recuperación.

El DBA debe definir y poner en práctica un plan de recuperación adecuado que incluya una descarga o vaciado periódico de la base de datos en un medio de almacenamiento de respaldo y procedimientos para volver a cargar la base de datos a partir del vaciado más reciente. El respaldo y recuperación consiste en contar con un mecanismo que permiten la fácil recuperación de los datos en caso de ocurrir fallos en el sistema de la base de datos.

El objetivo del concepto de recuperación es el de proteger la base de datos contra fallas lógicas y físicas que destruyan los datos en todo o en parte independientemente de la naturaleza de las fallas estas pueden afectar los aspectos de  almacenamiento de la base de datos como son:

  • Fallas que provocan la pérdida de la memoria volátil.
  • Fallas que provocan la pérdida del contenido de la memoria secundaria.

En un sistema de base de datos, recuperación significa, restaurar la base de datos a un estado que se sabe que es correcto, después de una falla que provoca que se considere que el estado actual es incorrecto. Podemos tener la seguridad de que la base de datos es recuperable, si aseguramos que cualquier parte de la información que contiene, puede ser reconstruida, a partir de otra información que se encuentra almacenada redundantemente en algún lugar del sistema.

Pasos para recuperar la información:

  • Detección del error.- El proceso de recuperación se inicia al detectar la existencia de un error. Es posible distinguir una variedad de puntos de entrada en le proceso de recuperación. Se considerarán fallas de sistemas detectadas por falta de acción del sistema o por verificaciones irrecuperables de redundancia y salida incorrecta observada por un usuario.
  • Determinación de la fuente del error.- para decidir cual es la mejor acción correctora es necesario determinar la extensión del daño. Desde luego este esfuerzo es muy relacionado con la determinación del tiempo y la causa del error. Después de una caída o cuando el procesamiento sea interrumpido debido a una señal de error, es necesario determinar tantos aquellas áreas del archivo de datos que sean sospechosas como cuál fue la transacción que no se concluyo.
  • Ubicación de errores secundarios.- cuando se ha detectado un error que provocó una modificación inadecuada a un archivo un rastreo a través de las listas de actividad encontrara aquellas transacciones que emplearon el bloque correcto. Entonces es posible volver a introducir automáticamente el bloque correcto de las transacciones afectadas y producir resultados correctos. Si se actualizaron bloques mediante transacciones que leyeron bloques incorrectos antes de existir es necesario restaurar a un más el archivo.
  • Aplicación de correcciones. Si la extensión del daño es limitada, puede utilizarse un proceso de volver a enrollar. Las porciones dañadas del archivo se restauran aplicando primero aquellas imágenes anteriores a los bloques en error reemplazando después de las transacciones incompletas. La salida proveniente de estas transacciones se suprime de ser posible, para evitar duplicar resultados que previamente se hayan enviado a los usuarios.
  1. Migración de Datos.

Es conveniente mudar un conjunto de datos dentro del almacén de datos a posiciones accesibles de acuerdo con su actividad. En algunos sistemas se hace automáticamente, en otros, los hacen los programadores del sistema o el DBA.

El DBA se encarga de supervisar y mantener la vista lógica global de los datos. Es deseable almacenar los datos de uso frecuente de manera que resulte fácil y rápido de acceder a ellas.

Otra forma de migrar datos es cuando se migra de una versión anterior del SGBD a otra versión más actualizada (se trabaja con la versión 8i de Oracle y se desea actualizar esta versión a la 9i, por lo que se tiene que respaldar la información y migrarlo a la versión 9i de Oracle) o cuando se cambia de un manejador a otro (supongamos que actualmente se trabaja con S QL Server y se desea migrar a otro manejador como Oracle, entonces, se tiene que migrar la tablas de la base de datos de SQL a tablas de Oracle).

Unidad VII. Implicaciones de Bases de datos Distribuidas.

La evolución de los sistemas de información y el crecimiento no planeado de la información dentro de las organizaciones, ha traído dispersión de los datos en sitios local o geográficamente dispersos. La necesidad de integrar y compartir dicha información implica el nacimiento de una nueva tecnología  capaz de conformar de manera consistente la información de las organizaciones. Una de las tecnologías que trabaja en el problema de integración de información, es la de bases de datos distribuidas (BDD).

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Evolución de las bases de datos.

Base de datos centralizada:- Los equipos están conectados a un servidor centralizado, donde esta almacenada la base de datos.

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La interacción con el usuario como la aplicación residen en el cliente, siendo el servidor el depositario de los datos. En un sistema centralizado, la caída o desconexión del servidor, provoca la caída total del sistema.

Base de datos distribuidos:- Una base de datos esta dividida en fragmentos, almacenados en diferentes sitios de la red. Todas las operaciones realizadas en los sitios se ven reflejadas en la base de datos que esta almacenada en el servidor.

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El cliente debe conocer la topología de la red, así como la disposición y ubicación de los datos. Se delega parte de la gestión de la base de datos a los clientes.

Arquitectura Cliente-Servidor:- Es la integración distribuida en un sistema de red, con los recursos, medios y aplicaciones, que definidos modularmente en los servidores, administran, ejecutan y atienden a las solicitudes de los clientes; todos interrelacionados física y lógicamente. En un esquema cliente-servidor, se denomina cliente a la máquina que solicita un determinado servicio, y servidor a aquella que proporciona tal servicio.

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Arquitectura Cliente-Servidor.

Objetivos de un Sistema Distribuido.

Un sistema distribuido debe aparecer al usuario  como un sistema centralizado.

  • Transparencia a la localización.
  • Transparencia a la fragmentación.
  • Transparencia a la replicación.

Desventajas de un Sistema Distribuido.

  • Optimización en el procesamiento de preguntas.
  • Propagación de actualizaciones.
  • Mayor problema con los accesos concurrentes.

Ventajas de un Sistema Distribuido.

  • Autonomía local
    • Cada grupo es responsable de sus datos.
    • El tratamiento local es más rápido.
  • Capacidad y Crecimiento incremental.
    • Se pueden abordar proyectos de más envergadura.
    • Se puede ampliar la información sin cambiar todo el sistema.
  • Fiabilidad y Disponibilidad.
    • Los fallos suelen ser locales.
    • Se admite un cierto nivel de redundancia.
  • Eficiencia y Flexibilidad.

7.1 Distribución de Datos.

El problema de diseño de bases de datos distribuidos se refiere, a hacer decisiones acerca de la ubicación de datos y programas a través de los diferentes sitios de una red de computadoras.

Consideraciones para la base de datos distribuidos:

  • Diseño de la fragmentación, este se determina por la forma en que las relaciones globales se subdividen en fragmentos horizontales, verticales o mixtos.
  • Diseño de la asignación de los fragmentos, esto se determina en la forma en que los fragmentos se mapean a las imágenes físicas, en esta forma, también se determina la solicitud de fragmentos.

Objetivos del Diseño de la Distribución de datos.

En el diseño de la distribución de los datos, se deben de tomar en cuenta los siguientes objetivos:

  • Procesamiento local. La distribución de los datos, para maximizar el procesamiento local corresponde al principio simple de colocar los datos tan cerca como sea posible de las aplicaciones que los utilizan. Se puede realizar el diseño de la distribución de los datos para maximizar el procesamiento local agregando el número de referencias locales y remotas que le corresponden a cada fragmentación candidata y la localización del fragmento, que de esta forma se seleccione la mejor solución de ellas.
  • Distribución de la carga de trabajo. La distribución de la carga de trabajo sobre los sitios, es una característica importante de los sistemas de cómputo distribuidos. Esta distribución de la carga se realiza para tomar ventaja de las diferentes características (potencia) o utilizaciones de las computadoras de cada sitio, y maximizar el grado de ejecución de paralelismo de las aplicaciones. Sin embargo, la distribución de la carga de trabajo podría afectar negativamente el procesamiento local deseado.
  • Costo de almacenamiento y disponibilidad. La distribución de la base de datos refleja el costo y disponibilidad del almacenamiento en diferentes sitios. Para esto, es posible tener sitios especializados en la red para el almacenamiento de datos. Sin embargo el costo de almacenamiento de datos no es tan relevante si éste se compara con el del CPU, I/O y costos de transmisión  de las aplicaciones.

Requerimientos de Información.

Con el fin de realizar una fragmentación adecuada, es necesario proporcionar información que ayude a realizarla. Esta información normalmente debe ser proporcionada por el usuario y tiene que ver con cuatro tipos:

  • Información sobre el significado de los datos.
  • Información sobre las aplicaciones que lo usan.
  • Información acerca de la red de comunicaciones.
  • Información acerca de los sistemas de cómputo.

Tipos de Fragmentación.

Existen tres tipos de fragmentaciones principales:

  1. Fragmentación horizontal. Esta fragmentación se divide en primaria y derivada.
  • Fragmentación horizontal primaria. Consiste del particionamiento en tuplas de una relación R en subconjuntos, donde cada subconjunto puede contener datos que tienen propiedades comunes y se puede definir expresando cada fragmento como una operación de selección sobre la relación R.
  • Fragmentación horizontal derivada. Se define partiendo de una fragmentación horizontal. En esta operación se requiere de semi-junta(semi-join) el cual nos sirve para derivar las tuplas o registros de dos relaciones.
  1. Fragmentación vertical. Una relación R produce fragmentos R1,R2,…,Rn; cada fragmento contiene subconjuntos de atributos Pr así como la clave primaria de R. Cada atributo debe encontrarse al menos en un fragmento.
  2. Fragmentación híbrida (mixta). La relación R se divide en una serie de fragmentos R1,R2,…,Rn. Cada fragmento se obtiene como resultado de la aplicación del esquema de fragmentación horizontal o vertical a la relación R, o un fragmento de R obtenido con anterioridad. Resultado de la combinación de las dos fragmentaciones anteriores.

Asignación.

Encontrar la distribución óptima de los fragmentos F en los nodos S.

  • Mínimo coste:
    • almacenamiento.
    • modificación de un fragmento en toda sede.
    • coste de comunicación.
  • Rendimiento:
    • minimizar tiempos de respuesta.
    • maximizar la capacidad de procesamiento del sistema en cada nodo

7.2 Seguridad y Control de Concurrencia.

La protección de los datos deberá llevarse a cabo contra fallos físicos, fallos lógicos y fallos humanos (intencionados o no). Estos fallos alteran indebidamente los datos, los corrompen con lo que la base de datos ya no puede servir a los fines para los que fue creada.

El SGBD facilita normalmente mecanismos para prevenir los fallos (subsistema de control), para detectarlos una vez que se han producido (subsistema de detección) y para corregirlos después de haber sido detectados (subsistema de recuperación).

Aspectos fundamentales de la seguridad:

  • Confidencialidad. No desvelar datos a usuarios no autorizados. Comprende también la privacidad (protección de datos personales).
  • Accesibilidad. La información debe estar disponible.
  • Integridad. Permite asegurar que los datos no han sido falseados.

La seguridad en las bases de datos abarca varios temas:

  • Cuestiones éticas y legales relativas al derecho a tener acceso a cierta información.
  • Cuestiones de política en el nivel gubernamental, institucional o corporativo relacionadas con la información que no debe estar disponible para el público.
  • Cuestiones relacionadas con el sistema.
  • Necesidad en algunas organizaciones de identificar múltiples niveles de seguridad y de clasificar los datos y los usuarios según estos niveles.

El SGBD debe proveer técnicas que permitan a ciertos usuarios tener acceso a porciones selectas de una base de datos sin tener acceso al resto. Por lo regular un SGBD cuenta con un subsistema de seguridad de autorización de la base de datos que se encarga de garantizar la seguridad de porciones de la base de datos contra el acceso no autorizado.

Existen dos tipos de mecanismos de seguridad:

  • Discrecionales, se usan para otorgar privilegios a los usuarios.
  • Obligatorios, sirven para imponer seguridad de múltiples niveles clasificando los datos y los usuarios en varias clases de seguridad e implementando después la política de seguridad apropiada de la organización.

Otro problema de seguridad es el acceso a una base de datos estadística, la cual sirve para proporcionar información estadística a partir de diversos criterios. Los usuarios de bases de datos estadísticas están autorizados para usarlas para obtener información estadística sobre una población pero no para tener acceso a información confidencial detallada sobre individuos específicos. La seguridad en bases de datos estadísticas debe cuidar que la información sobre individuos no sea accesible. En ocasiones es posible deducir ciertos hechos relativos a los individuos a partir de consultas, esto tampoco debe permitirse.

Otra técnica de seguridad es el cifrado de datos que sirve para proteger datos confidenciales que se transmiten por satélite o algún tipo de red de comunicaciones. Asimismo el cifrado puede proveer protección adicional a secciones confidenciales de una base de datos. Los datos se codifican mediante algún algoritmo de codificación. Un usuario no autorizado tendrá problemas para descifrar los datos codificados, pero un usuario autorizado contará con algoritmos para descifrarlos.

Entre las obligaciones del DBA está otorgar privilegios a los usuarios y clasificar los usuarios y los datos de acuerdo con la política de la organización. Las órdenes privilegiadas del DBA incluyen los siguientes tipos de acciones:

  1. Creación de cuentas
  2. Concesión de privilegios.
  3. Revocación de privilegios.
  4. Asignación de niveles de seguridad.

La acción 1 de la lista sirve para controlar el acceso al SGBD en general, la 2 y la 3 para controlar las autorizaciones discrecionales y la 4 controla la autorización obligatoria.

Para ver el gráfico seleccione la opción “Descargar” del menú superior

Amenazas a la seguridad.

          Un sistema de manejo de bases de datos confiable es aquel que puede continuar procesando las solicitudes de usuario aún cuando el sistema sobre el que opera no es confiable. En otras palabras, aun cuando los componentes de un sistema distribuido fallen, un DDMBS confiable debe seguir ejecutando las solicitudes de usuario sin violar la consistencia de la base de datos. El control de concurrencia trata con los problemas de aislamiento y consistencia del procesamiento de transacciones.

El control de concurrencia distribuido de una DDBMS asegura que la consistencia de la base de datos se mantiene en un ambiente distribuido multiusuario. Si las transacciones son internamente consistentes, la manera más simple de lograr este objetivo es ejecutar cada transacción sola, una después de otra. Sin embargo, esto puede afectar grandemente el desempeño de un DDBMS dado que el nivel de concurrencia se reduce al mínimo. El nivel de concurrencia, el número de transacciones activas, es probablemente el parámetro más importante en sistemas distribuidos. Por lo tanto, los mecanismos de control de concurrencia buscan encontrar un balance entre el mantenimiento de la consistencia de la base de datos y el mantenimiento de un alto nivel de concurrencia.

Si no se hace un adecuado control de concurrencia, se pueden presentar dos anomalías. En primer lugar, se pueden perder actualizaciones provocando que los efectos de algunas transacciones no se reflejen en la base de datos. En segundo término, pueden presentarse recuperaciones de información inconsistentes.

TGS

9.1 ORÍGENES DE LA TEORÍA DE SISTEMAS
La teoría de sistemas (TS) es un ramo específico de la teoría general de sistemas (TGS).
La TGS surgió con los trabajos del alemán Ludwig von Bertalanffy, publicados entre 1950 y
1968. La TGS no busca solucionar problemas o intentar soluciones prácticas, pero sí
producir teorías y formulaciones conceptuales que pueden crear condiciones de aplicación
en la realidad empírica.
Los supuestos básicos de la TGS son:
1.
Existe una nítida tendencia hacia la integración de diversas ciencias naturales y
sociales.
2.
Esa integración parece orientarse rumbo a un teoría de sistemas.
3.
Dicha teoría de sistemas puede ser una manera más amplia de estudiar los campos
no-físicos del conocimiento científico, especialmente en ciencias sociales.
4.
Con esa teoría de los sistemas, al desarrollar principios unificadores que atraviesan
verticalmente los universos particulares de las diversas ciencias involucradas, nos
aproximamos al objetivo de la unidad de la ciencia.
5.
Esto puede generar una integración muy necesaria en la educación científica.
La TGS afirma que las propiedades de los sistemas, no pueden ser descritos en términos de
sus elementos separados; su comprensión se presenta cuando se estudian globalmente.
La TGS se fundamenta en tres premisas básicas:
1.
Los sistemas existen dentro de sistemas: cada sistema existe dentro de otro más
grande.
2.
Los sistemas son abiertos: es consecuencia del anterior. Cada sistema que se
examine, excepto el menor o mayor, recibe y descarga algo en los otros sistemas,
generalmente en los contiguos. Los sistemas abiertos se caracterizan por un proceso
de cambio infinito con su entorno, que son los otros sistemas. Cuando el intercambio
cesa, el sistema se desintegra, esto es, pierde sus fuentes de energía.
3.
Las funciones de un sistema dependen de su estructura: para los sistemas biológicos
y mecánicos esta afirmación es intuitiva. Los tejidos musculares por ejemplo, se
contraen porque están constituidos por una estructura celular que permite
contracciones.
El interés de la TGS, son las características y parámetros que establece para todos los
sistemas. Aplicada a la administración la TS, la empresa se ve como una estructura que se
reproduce y se visualiza a través de un sistema de toma de decisiones, tanto individual como
colectivamente.
Desde un punto de vista histórico, se verifica que:
– La teoría de la administración científica usó el concepto de sistema hombre-máquina, pero
se limitó al nivel de trabajo fabril.
– La teoría de las relaciones humanas amplió el enfoque hombre-máquina a las relaciones
entre las personas dentro de la organización. Provocó una profunda revisión de criterios y
técnicas gerenciales.
– La teoría estructuralista concibe la empresa como un sistema social, reconociendo que hay
tanto un sistema formal como uno informal dentro de un sistema total integrado.
– La teoría del comportamiento trajo la teoría de la decisión, donde la empresa se ve como un
sistema de decisiones, ya que todos los participantes de la empresa toman decisiones dentro
de una maraña de relaciones de intercambio, que caracterizan al comportamiento
organizacional.
– Después de la segunda guerra mundial, a través de la teoría matemática se aplicó la
investigación operacional, para la resolución de problemas grandes y complejos con muchas
variables.
– La teoría de colas fue profundizada y se formularon modelos para situaciones típicas de
prestación de servicios, en los que es necesario programar la cantidad óptima de servidores
para una esperada afluencia de clientes.
Las teorías tradicionales han visto la organización humana como un sistema cerrado.
Eso a llevado a no tener en cuenta el ambiente, provocando poco desarrollo y comprensión
de la retroalimentación (feedback), básica para sobrevivir.
El enfoque antiguo fue débil, ya que 1) trató con pocas de las variables significantes de la
situación total y 2) muchas veces se ha sustentado con variables impropias.
El concepto de sistemas no es una tecnología en sí, pero es la resultante de ella. El análisis
de las organizaciones vivas revela “lo general en lo particular” y muestra, las propiedades
generales de las especies que son capaces de adaptarse y sobrevivir en un ambiente típico.
Los sistemas vivos sean individuos o organizaciones, son analizados como “sistemas
abiertos”, que mantienen un continuo intercambio de materia / energía / información con el
ambiente. La TS permite reconceptuar los fenómenos dentro de un enfoque global, para
integrar asuntos que son, en la mayoría de las veces de naturaleza completamente diferente.
CONCEPTO DE SISTEMAS
1.
Un conjunto de elementos
2.
Dinámicamente relacionados
3.
Formando una actividad
4.
Para alcanzar un objetivo
5.
Operando sobre datos/energía/materia
6.
Para proveer información/energía/materia
9.2 Características de los sistemas:
Sistema es un todo organizado y complejo; un conjunto o combinación de cosas o partes que
forman un todo complejo o unitario. Es un conjunto de objetos unidos por alguna forma de
interacción o interdependencia. Los límites o fronteras entre el sistema y su ambiente
admiten cierta arbitrariedad.
Según Bertalanffy, sistema es un conjunto de unidades recíprocamente relacionadas. De ahí
se deducen dos conceptos: propósito (u objetivo) y globalismo (o totalidad).
– Propósito u objetivo: todo sistema tiene uno o algunos propósitos. Los elementos (u
objetos), como también las relaciones, definen una distribución que trata siempre de alcanzar
un objetivo.
– Globalismo o totalidad: un cambio en una de las unidades del sistema, con probabilidad
producirá cambios en las otras. El efecto total se presenta como un ajuste a todo el sistema.
Hay una relación de causa / efecto. De estos cambios y ajustes, se derivan dos fenómenos:
entropía y homeostasia.
– Entropía: es la tendencia de los sistemas a desgastarse, a desintegrarse, para el
relajamiento de los estándares y un aumento de la aleatoriedad. La entropía aumenta con el
correr del tiempo. Si aumenta la información, disminuye la entropía, pues la información es la
base de la configuración y del orden. De aquí nace la negentropía, o sea, la información
como medio o instrumento de ordenación del sistema.
– Homeostasia: es el equilibrio dinámico entre las partes del sistema. Los sistemas tienen una
tendencia a adaptarse con el fin de alcanzar un equilibrio interno frente a los cambios
externos del entorno.
Una organización podrá ser entendida como un sistema o subsistema o un supersistema,
dependiendo del enfoque. El sistema total es aquel representado por todos los componentes
y relaciones necesarios para la realización de un objetivo, dado un cierto número de
restricciones. Los sistemas pueden operar, tanto en serio como en paralelo.
9.3 Tipos de sistemas:
En cuanto a su constitución, pueden ser físicos o abstractos:
– Sistemas físicos o concretos: compuestos por equipos, maquinaria, objetos y cosas reales.
El hardware.
– Sistemas abstractos: compuestos por conceptos, planes, hipótesis e ideas. Muchas veces
solo existen en el pensamiento de las personas. Es el software.
En cuanto a su naturaleza, pueden cerrados o abiertos:
– Sistemas cerrados: no presentan intercambio con el medio ambiente que los rodea, son
herméticos a cualquier influencia ambiental. No reciben ningún recursos externo y nada
producen que sea enviado hacia fuera. En rigor, no existen sistemas cerrados. Se da el
nombre de sistema cerrado a aquellos sistemas cuyo comportamiento es determinístico y
programado y que opera con muy pequeño intercambio de energía y materia con el
ambiente. Se aplica el término a los sistemas completamente estructurados, donde los
elementos y relaciones se combinan de una manera peculiar y rígida produciendo una salida
invariable, como las máquinas.
– Sistemas abiertos: presentan intercambio con el ambiente, a través de entradas y salidas.
Intercambian energía y materia con el ambiente. Son adaptativos para sobrevivir. Su
estructura es óptima cuando el conjunto de elementos del sistema se organiza,
aproximándose a una operación adaptativa. La adaptabilidad es un continuo proceso de
aprendizaje y de auto-organización.
Los sistemas abiertos no pueden vivir aislados. Los sistemas cerrados, cumplen con el
segundo principio de la termodinámica que dice que “una cierta cantidad llamada entropía,
tiende a aumentar al máximo”.
Existe una tendencia general de los eventos en la naturaleza física en dirección a un estado
de máximo desorden. Los sistemas abiertos evitan el aumento de la entropía y pueden
desarrollarse en dirección a un estado de creciente orden y organización (entropía negativa).
Los sistemas abiertos restauran sus propia energía y reparan pérdidas en su propia
organización. El concepto de sistema abierto se puede aplicar a diversos niveles de enfoque:
al nivel del individuo, del grupo, de la organización y de la sociedad.

Entradas

Salidas

Ambiente
?
Información
Energía
Recursos
Materiales
?
Transformación
o
procesamiento
?
Información
Energía
Recursos
Materiales
?
Ambiente
Modelo genérico de sistema abierto
9.4 PARÁMETROS DE LOS SISTEMAS
El sistema se caracteriza por ciertos parámetros. Parámetros son constantes arbitrarias que
caracterizan, por sus propiedades, el valor y la descripción dimensional de un sistema
específico o de un componente del sistema.
Los parámetros de los sistemas son:
– Entrada o insumo o impulso (input): es la fuerza de arranque del sistema, que provee el
material o la energía para la operación del sistema.
– Salida o producto o resultado (output): es la finalidad para la cual se reunieron elementos y
relaciones del sistema. Los resultados de un proceso son las salidas, las cuales deben ser
coherentes con el objetivo del sistema. Los resultados de los sistemas son finales, mientras
que los resultados de los subsistemas con intermedios.
– Procesamiento o procesador o transformador (throughput): es el fenómeno que produce
cambios, es el mecanismo de conversión de las entradas en salidas o resultados.
Generalmente es representado como la caja negra, en la que entran los insumos y salen
cosas diferentes, que son los productos.
– Retroacción o retroalimentación o retroinformación (feedback): es la función de retorno del
sistema que tiende a comparar la salida con un criterio preestablecido, manteniéndola
controlada dentro de aquel estándar o criterio.
– Ambiente: es el medio que envuelve externamente el sistema. Está en constante
interacción con el sistema, ya que éste recibe entradas, las procesa y efectúa salidas. La
supervivencia de un sistema depende de su capacidad de adaptarse, cambiar y responder a
las exigencias y demandas del ambiente externo. Aunque el ambiente puede ser un recurso
para el sistema, también puede ser una amenaza.
9.5 EL SISTEMA ABIERTO
El sistema abierto como organismo, es influenciado por el medio ambiente e influye sobre el,
alcanzando un equilibrio dinámico en ese sentido.
La categoría más importante de los sistemas abiertos son los sistemas vivos. Existen
diferencias entre los sistemas abiertos (como los sistemas biológicos y sociales, a saber,
células, plantas, el hombre, la organización, la sociedad) y los sistemas cerrados (como los
sistemas físicos, las máquinas, el reloj, el termóstato):
– El sistema abierto interactúa constantemente con el ambiente en forma dual, o sea, lo
influencia y es influenciado. El sistema cerrado no interactúa.
– El sistema abierto puede crecer, cambiar, adaptarse al ambiente y hasta reproducirse bajo
ciertas condiciones ambientes. El sistema cerrado no.
– Es propio del sistema abierto competir con otros sistemas, no así el sistema cerrado.
Al igual que los organismos vivos, las empresas tienen seis funciones primarias,
estrechamente relacionadas entre sí:
– Ingestión: las empresas hacen o compras materiales para ser procesados. Adquieren
dinero, máquinas y personas del ambiente para asistir otras funciones, tal como los
organismos vivos ingieren alimentos, agua y aire para suplir sus necesidades.
– Procesamiento: los animales ingieren y procesan alimentos para ser transformados en
energía y en células orgánicas. En la empresa, la producción es equivalente a este ciclo. Se
procesan materiales y se desecha lo que no sirve, habiendo una relación entre las entradas y
salidas.
– Reacción al ambiente: el animal reacciona a su entorno, adaptándose para sobrevivir, debe
huir o si no atacar. La empresa reacciona también, cambiando sus materiales, consumidores,
empleados y recursos financieros. Se puede alterar el producto, el proceso o la estructura.
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FASES PARA LA CREACIÓN DE UN PROYECTO DE SISTEMAS

Tema I. Planificación de un proyecto de sistemas.

Desarrollo

1.1. Que es un proyecto de Sistema o Software. ?

Es el Proceso de gestión para la creación de un Sistema o software, la cual encierra un conjunto de actividades, una de las cuales es la estimación, estimar es echar un vistazo al futuro y aceptamos resignados cierto grado de incertidumbre. Aunque la estimación, es mas un arte que una Ciencia, es una actividad importante que no debe llevarse a cabo de forma descuidada. Existen técnicas útiles para la estimación de costes de tiempo. Y dado que la estimación es la base de todas las demás actividades de planificación del proyecto y sirve como guía para una buena Ingeniería Sistemas y Software.

Al estimar tomamos en cuenta no solo del procedimiento técnico a utilizar en el proyecto, sino que se toma en cuenta los recursos, costos y planificación. El Tamaño del proyecto es otro factor importante que puede afectar la precisión de las estimaciones. A medida que el tamaño aumenta, crece rápidamente la interdependencia entre varios elementos del Software.

La disponibilidad de información Histórica es otro elemento que determina el riesgo de la estimación.

1.2. Objetivos de la Planificación del Proyecto.

El objetivo de la Planificación del proyecto de Software es proporcionar un marco de trabajo que permita al gestor hacer estimaciones razonables de recursos costos y planificación temporal. Estas estimaciones se hacen dentro de un marco de tiempo limitado al comienzo de un proyecto de software, y deberían actualizarse regularmente medida que progresa el proyecto. Además las estimaciones deberían definir los escenarios del mejor caso, y peor caso, de modo que los resultados del proyecto pueden limitarse.

El Objetivo de la planificación se logra mediante un proceso de descubrimiento de la información que lleve a estimaciones razonables.

1.3 Actividades asociadas al proyecto de software.

1.3.1 Ambito del Software.

Es la primera actividad de llevada a cabo durante la planificación del proyecto de Software.

En esta etapa se deben evaluar la función y el rendimiento que se asignaron al Software durante la Ingeniería del Sistema de Computadora para establecer un ámbito de proyecto que no sea ambiguo, e incomprensible para directivos y técnicos

Describe la función, el rendimiento, las restricciones, las interfaces y la fiabilidad, se evalúan las funciones del ámbito y en algunos casos se refinan para dar mas detalles antes del comienzo de la estimación. Las restricciones de rendimiento abarcan los requisitos de tiempo de respuesta y procesamiento, identifican los limites del software originados por el hardware externo, por la memoria disponible y por otros sistemas existentes.

El Ambito se define como un pre-requisito para la estimación y existen algunos elementos que se debe tomar en cuenta como es:

La Obtención de la Información necesaria para el software. Para esto el analista y el cliente se reúnen sobre las expectativas del proyecto y se ponen de acuerdo en los puntos de interés para su desarrollo.
1.4 RECURSOS:

La Segunda tarea de la planificación del desarrollo de Software es la estimación de los recursos requeridos para acometer el esfuerzo de desarrollo de Software, esto simula a una pirámide donde las Herramientas (hardware y Software), son la base proporciona la infraestructura de soporte al esfuerzo de desarrollo, en segundo nivel de la pirámide se encuentran los Componentes reutilizables.

Y en la parte mas alta de la pirámide se encuentra el recurso primario, las personas (el recurso humano).

Cada recurso queda especificado mediante cuatro características:

Descripción del Recurso.
Informes de disponibilidad.
Fecha cronológica en la que se requiere el recurso.
Tiempo durante el que será aplicado el recurso
1.4.1 Recursos Humanos.

La Cantidad de personas requeridas para el desarrollo de un proyecto de software solo puede ser determinado después de hacer una estimación del esfuerzo de desarrollo (por ejemplo personas mes o personas años), y seleccionar la posición dentro de la organización y la especialidad que desempeñara cada profesional.

1.4.2 Recursos o componentes de software reutilizables.

Cualquier estudio sobre recursos de software estaría incompleto sin estudiar la reutilizacion, esto es la creación y la reutilizacion de bloques de construcción de Software.

Tales bloques se deben establecer en catálogos para una consulta más fácil, estandarizarse para una fácil aplicación y validarse para la también fácil integración.

El Autor Bennatan sugiere cuatro categorías de recursos de software que se deberían tener en cuenta a medida que se avanza con la planificación:

Componentes ya desarrollados.
Componentes ya experimentados.
Componentes con experiencia Parcial.
Componentes nuevos.
1.4.3 Recursos de entorno.

El entorno es donde se apoya el proyecto de Software, llamado a menudo entorno de Ingeniería de Software, incorpora Hardware y Software.

El Hardware proporciona una plataforma con las herramientas (Software) requeridas para producir los productos que son el resultado de la buena practica de la Ingeniería del Software, un planificador de proyectos debe determinar la ventana temporal requerida para el Hardware y el Software, y verificar que estos recursos estén disponibles. Muchas veces el desarrollo de las pruebas de validación de un proyecto de software para la composición automatizada puede necesitar un compositor de fotografías en algún punto durante el desarrollo. Cada elemento de hardware debe ser especificado por el planificador del Proyecto de Software.

1.5. ESTIMACION DEL PROYECTO DE SOFTWARE.

En el principio el costo del Software constituía un pequeño porcentaje del costo total de los sistemas basados en Computadoras. Hoy en día el Software es el elemento mas caro de la mayoría de los sistemas informáticos.

Un gran error en la estimación del costo puede ser lo que marque la diferencia entre beneficios y perdidas, la estimación del costo y del esfuerzo del software nunca será una ciencia exacta, son demasiadas las variables: humanas, técnicas, de entorno, políticas, que pueden afectar el costo final del software y el esfuerzo aplicado para desarrollarlo.

Para realizar estimaciones seguras de costos y esfuerzos tienen varias opciones posibles:

Deje la estimación para mas adelante (obviamente podemos realizar una estimación al cien por cien fiable después de haber terminado el proyecto.
Base las estimaciones en proyectos similares ya terminados.
Utilice técnicas de descomposición relativamente sencillas para generar las estimaciones de costos y esfuerzo del proyecto.
Desarrolle un modelo empírico para él calculo de costos y esfuerzos del Software.
Desdichadamente la primera opción, aunque atractiva no es practica.

La Segunda opción puede funcionar razonablemente bien si el proyecto actual es bastante similar a los esfuerzos pasados y si otras influencias del proyecto son similares. Las opciones restantes son métodos viables para la estimación del proyecto de software. Desde el punto de vista ideal, se deben aplicar conjuntamente las técnicas indicadas usando cada una de ellas como comprobación de las otras.

Antes de hacer una estimación, el planificador del proyecto debe comprender el ámbito del software a construir y generar una estimación de su tamaño.

1.5.1 Estimación basada en el Proceso.

Es la técnica más común para estimar un proyecto es basar la estimación en el proceso que se va a utilizar, es decir, el proceso se descompone en un conjunto relativamente pequeño de actividades o tareas, y en el esfuerzo requerido para llevar a cabo la estimación de cada tarea.

Al igual que las técnicas basadas en problemas, la estimación basada en el proceso comienza en una delineación de las funciones del software obtenidas a partir del ámbito del proyecto. Se mezclan las funciones del problema y las actividades del proceso. Como ultimo paso se calculan los costos y el esfuerzo de cada función y la actividad del proceso de software.

1.6. DIFERENTES MODELOS DE ESTIMACION.

Existen diferentes modelos de estimación como son:

1.6.1 Los Modelos Empíricos:

Donde los datos que soportan la mayoría de los modelos de estimación obtienen una muestra limitada de proyectos. Por est razón, el modelo de estimación no es adecuado para todas las clases de software y en todos los entornos de desarrollo. Por lo tanto los resultados obtenidos de dichos modelos se deben utilizar con prudencia.

1.6.2 El Modelo COCOMO.

Barry Boehm, en su libro clásico sobre economía de la Ingeniería del Software, introduce una jerarquía de modelos de estimación de Software con el nombre de COCOMO, por su nombre en Ingles (Constructive, Cost, Model) modelo constructivo de costos. La jerarquía de modelos de Boehm esta constituida por los siguientes:

Modelo I. El Modelo COCOMO básico calcula el esfuerzo y el costo del desarrollo de Software en función del tamaño del programa, expresado en las líneas estimadas.
Modelo II. El Modelo COCOMO intermedio calcula el esfuerzo del desarrollo de software en función del tamaño del programa y de un conjunto de conductores de costos que incluyen la evaluación subjetiva del producto, del hardware, del personal y de los atributos del proyecto.
Modelo III. El modelo COCOMO avanzado incorpora todas las características de la versión intermedia y lleva a cabo una evaluación del impacto de los conductores de costos en cada caso (análisis, diseño, etc.) del proceso de ingeniería de Software.
1.6.3 Herramientas Automáticas De Estimación.

Las herramientas automáticas de estimación permiten al planificador estimar costos y esfuerzos, así como llevar a cabo análisis del tipo, que pasa si, con importantes variables del proyecto, tales como la fecha de entrega o la selección del personal. Aunque existen muchas herramientas automáticas de estimación, todas exhiben las mismas características generales y todas requieren de una o más clases de datos.

A partir de estos datos, el modelo implementado por la herramienta automática de estimación proporciona estimaciones del esfuerzo requerido para llevar a cabo el proyecto, los costos, la carga de personal, la duración, y en algunos casos la planificación temporal de desarrollo y riesgos asociados.

En resumen el planificador del Proyecto de Software tiene que estimar tres cosas antes de que comience el proyecto: cuanto durara, cuanto esfuerzo requerirá y cuanta gente estará implicada. Además el planificador debe predecir los recursos de hardware y software que va a requerir y el riesgo implicado.

Para obtener estimaciones exactas para un proyecto, generalmente se utilizan al menos dos de las tres técnicas referidas anteriormente. Mediante la comparación y la conciliación de las estimaciones obtenidas con las diferentes técnicas, el planificador puede obtener una estimación más exacta. La estimación del proyecto de software nunca será una ciencia exacta, pero la combinación de buenos datos históricos y técnicas puede mejorar la precisión de la estimación.

TEMA II.

ANALISIS DE SISTEMAS DE COMPUTACION

TEMA II. Análisis de Sistemas de Computación.

DESARROLLO.

2.1 Conceptos y Análisis:

Es un conjunto o disposición de procedimientos o programas relacionados de manera que juntos forman una sola unidad. Un conjunto de hechos, principios y reglas clasificadas y dispuestas de manera ordenada mostrando un plan lógico en la unión de las partes. Un método, plan o procedimiento de clasificación para hacer algo. También es un conjunto o arreglo de elementos para realizar un objetivo predefinido en el procesamiento de la Información. Esto se lleva a cabo teniendo en cuenta ciertos principios:

Debe presentarse y entenderse el dominio de la información de un problema.
Defina las funciones que debe realizar el Software.
Represente el comportamiento del software a consecuencias de acontecimientos externos.
Divida en forma jerárquica los modelos que representan la información, funciones y comportamiento.
El proceso debe partir desde la información esencial hasta el detalle de la Implementación.

La función del Análisis puede ser dar soporte a las actividades de un negocio, o desarrollar un producto que pueda venderse para generar beneficios. Para conseguir este objetivo, un Sistema basado en computadoras hace uso de seis (6) elementos fundamentales:

Software, que son Programas de computadora, con estructuras de datos y su documentación que hacen efectiva la logística metodología o controles de requerimientos del Programa.
Hardware, dispositivos electrónicos y electromecánicos, que proporcionan capacidad de cálculos y funciones rápidas, exactas y efectivas (Computadoras, Censores, maquinarias, bombas, lectores, etc.), que proporcionan una función externa dentro de los Sistemas.
Personal, son los operadores o usuarios directos de las herramientas del Sistema.
Base de Datos, una gran colección de informaciones organizadas y enlazadas al Sistema a las que se accede por medio del Software.
Documentación, Manuales, formularios, y otra información descriptiva que detalla o da instrucciones sobre el empleo y operación del Programa.
Procedimientos, o pasos que definen el uso especifico de cada uno de los elementos o componentes del Sistema y las reglas de su manejo y mantenimiento.
Un Análisis de Sistema se lleva a cabo teniendo en cuenta los siguientes objetivos en mente:

Identifique las necesidades del Cliente.
Evalúe que conceptos tiene el cliente del sistema para establecer su viabilidad.
Realice un Análisis Técnico y económico.
Asigne funciones al Hardware, Software, personal, base de datos, y otros elementos del Sistema.
Establezca las restricciones de presupuestos y planificación temporal.
Cree una definición del sistema que forme el fundamento de todo el trabajo de Ingeniería.
Para lograr estos objetivos se requiere tener un gran conocimiento y dominio del Hardware y el Software, así como de la Ingeniería humana (Manejo y Administración de personal), y administración de base de datos.

2.2 Objetivos del Análisis.

2.2.1 Identificación de Necesidades.

Es el primer paso del análisis del sistema, en este proceso en Analista se reúne con el cliente y/o usuario (un representante institucional, departamental o cliente particular), e identifican las metas globales, se analizan las perspectivas del cliente, sus necesidades y requerimientos, sobre la planificación temporal y presupuestal, líneas de mercadeo y otros puntos que puedan ayudar a la identificación y desarrollo del proyecto.

Algunos autores suelen llamar a esta parte ¨ Análisis de Requisitos ¨ y lo dividen en cinco partes:

Reconocimiento del problema.
Evaluación y Síntesis.
Modelado.
Especificación.
Revisión
Antes de su reunión con el analista, el cliente prepara un documento conceptual del proyecto, aunque es recomendable que este se elabore durante la comunicación Cliente – analista, ya que de hacerlo el cliente solo de todas maneras tendría que ser modificado, durante la identificación de las necesidades.

2.2.2 Estudio de Viabilidad.

Muchas veces cuando se emprende el desarrollo de un proyecto de Sistemas los recursos y el tiempo no son realistas para su materialización sin tener perdidas económicas y frustración profesional. La viabilidad y el análisis de riesgos están relacionados de muchas maneras, si el riesgo del proyecto es alto, la viabilidad de producir software de calidad se reduce, sin embargo se deben tomar en cuenta cuatro áreas principales de interés:

Una evaluación de los costos de desarrollo, comparados con los ingresos netos o beneficios obtenidos del producto o Sistema desarrollado.

Viabilidad económica.
Un estudio de funciones, rendimiento y restricciones que puedan afectar la realización de un sistema aceptable.

Viabilidad Técnica.
Viabilidad Legal.
Es determinar cualquier posibilidad de infracción, violación o responsabilidad legal en que se podría incurrir al desarrollar el Sistema.

Alternativas. Una evaluación de los enfoques alternativos del desarrollo del producto o Sistema.

El estudio de la viabilidad puede documentarse como un informe aparte para la alta gerencia.

2.2.3 Análisis Económico y Técnico.

El análisis económico incluye lo que llamamos, el análisis de costos – beneficios, significa una valoración de la inversión económica comparado con los beneficios que se obtendrán en la comercialización y utilidad del producto o sistema.

Muchas veces en el desarrollo de Sistemas de Computación estos son intangibles y resulta un poco dificultoso evaluarlo, esto varia de acuerdo a la características del Sistema. El análisis de costos – beneficios es una fase muy importante de ella depende la posibilidad de desarrollo del Proyecto.

En el Análisis Técnico, el Analista evalúa los principios técnicos del Sistema y al mismo tiempo recoge información adicional sobre el rendimiento, fiabilidad, características de mantenimiento y productividad.

Los resultados obtenidos del análisis técnico son la base para determinar sobre si continuar o abandonar el proyecto, si hay riesgos de que no funcione, no tenga el rendimiento deseado, o si las piezas no encajan perfectamente unas con otras.

2.2.4 Modelado de la arquitectura del Sistema.

Cuando queremos dar a entender mejor lo que vamos a construir en el caso de edificios, Herramientas, Aviones, Maquinas, se crea un modelo idéntico, pero en menor escala (mas pequeño).

Sin embargo cuando aquello que construiremos es un Software, nuestro modelo debe tomar una forma diferente, deben representar todas las funciones y subfunciones de un Sistema. Los modelos se concentran en lo que debe hacer el sistema no en como lo hace, estos modelos pueden incluir notación gráfica, información y comportamiento del Sistema.

Todos los Sistemas basados en computadoras pueden modelarse como transformación de la información empleando una arquitectura del tipo entrada y salida.

2.2.5 Especificaciones del Sistema.

Es un Documento que sirve como fundamento para la Ingeniería Hardware, software, Base de datos, e ingeniería Humana. Describe la función y rendimiento de un Sistema basado en computadoras y las dificultades que estarán presente durante su desarrollo. Las Especificaciones de los requisitos del software se produce en la terminación de la tarea del análisis.

En Conclusión un proyecto de desarrollo de un Sistema de Información comprende varios componentes o pasos llevados a cabo durante la etapa del análisis, el cual ayuda a traducir las necesidades del cliente en un modelo de Sistema que utiliza uno mas de los componentes: Software, hardware, personas, base de datos, documentación y procedimientos.

FASE 3

DISEÑO DE SISTEMAS DE COMUTACION

TEMA III. DISEÑO DE SISTEMAS DE COMPUTACIÓN.

DESARROLLO.

3.1. Conceptos y principios:

El Diseño de Sistemas se define el proceso de aplicar ciertas técnicas y principios con el propósito de definir un dispositivo, un proceso o un Sistema, con suficientes detalles como para permitir su interpretación y realización física.

La etapa del Diseño del Sistema encierra cuatro etapas:

Trasforma el modelo de dominio de la información, creado durante el análisis, en las estructuras de datos necesarios para implementar el Software.

El diseño de los datos.
Define la relación entre cada uno de los elementos estructurales del programa.

El Diseño Arquitectónico.
Describe como se comunica el Software consigo mismo, con los sistemas que operan junto con el y con los operadores y usuarios que lo emplean.

El Diseño de la Interfaz.
El Diseño de procedimientos.
Transforma elementos estructurales de la arquitectura del programa. La importancia del Diseño del Software se puede definir en una sola palabra Calidad, dentro del diseño es donde se fomenta la calidad del Proyecto. El Diseño es la única manera de materializar con precisión los requerimientos del cliente.

El Diseño del Software es un proceso y un modelado a la vez. El proceso de Diseño es un conjunto de pasos repetitivos que permiten al diseñador describir todos los aspectos del Sistema a construir. A lo largo del diseño se evalúa la calidad del desarrollo del proyecto con un conjunto de revisiones técnicas:

El diseño debe implementar todos los requisitos explícitos contenidos en el modelo de análisis y debe acumular todos los requisitos implícitos que desea el cliente.

Debe ser una guía que puedan leer y entender los que construyan el código y los que prueban y mantienen el Software.

El Diseño debe proporcionar una completa idea de lo que es el Software, enfocando los dominios de datos, funcional y comportamiento desde el punto de vista de la Implementación.

Para evaluar la calidad de una presentación del diseño, se deben establecer criterios técnicos para un buen diseño como son:

Un diseño debe presentar una organización jerárquica que haga un uso inteligente del control entre los componentes del software.
El diseño debe ser modular, es decir, se debe hacer una partición lógica del Software en elementos que realicen funciones y subfunciones especificas.
Un diseño debe contener abstracciones de datos y procedimientos.
Debe producir módulos que presenten características de funcionamiento independiente.
Debe conducir a interfaces que reduzcan la complejidad de las conexiones entre los módulos y el entorno exterior.
Debe producir un diseño usando un método que pudiera repetirse según la información obtenida durante el análisis de requisitos de Software.
Estos criterios no se consiguen por casualidad. El proceso de Diseño del Software exige buena calidad a través de la aplicación de principios fundamentales de Diseño, Metodología sistemática y una revisión exhaustiva.

Cuando se va a diseñar un Sistema de Computadoras se debe tener presente que el proceso de un diseño incluye, concebir y planear algo en la mente, así como hacer un dibujo o modelo o croquis.

3.2. Diseño de la Salida.

En este caso salida se refiere a los resultados e informaciones generadas por el Sistema, Para la mayoría de los usuarios la salida es la única razón para el desarrollo de un Sistema y la base de evaluación de su utilidad. Sin embargo cuando se realiza un sistema, como analistas deben realizar lo siguiente:

Determine que información presentar. Decidir si la información será presentada en forma visual, verbal o impresora y seleccionar el medio de salida.
Disponga la presentación de la información en un formato aceptable.
Decida como distribuir la salida entre los posibles destinatarios.
3.3. Diseño de Archivos.

Incluye decisiones con respecto a la naturaleza y contenido del propio archivo, como si se fuera a emplear para guardar detalles de las transacciones, datos históricos, o información de referencia. Entre las decisiones que se toman durante el diseño de archivos, se encuentran las siguientes:

Los datos que deben incluirse en el formato de registros contenidos en el archivo.
La longitud de cada registro, con base en las características de los datos que contenga.
La secuencia a disposición de los registros dentro del archivo (La estructura de almacenamiento que puede ser secuencial, indexada o relativa).
No todos los sistemas requieren del diseño de todos los archivos, ya que la mayoría de ellos pueden utilizar los del viejo Sistema y solo tenga que enlazarse el nuevo Sistema al Archivo maestro donde se encuentran los registros.

3.4. Diseño de Interacciones con la Base de Datos.

La mayoría de los sistemas de información ya sean implantado en sistemas de cómputos grandes o pequeños, utilizan una base de datos que pueden abarcar varias aplicaciones, por esta razón estos sistemas utilizan u administrador de base de datos, en este caso el diseñador no construye la base de datos sino que consulta a su administrador para ponerse de acuerdo en el uso de esta en el sistema.

3.5 Herramientas para el Diseño de Sistemas.

Apoyan el proceso de formular las características que el sistema debe tener para satisfacer los requerimientos detectados durante las actividades del análisis:

3.5.1 Herramientas de especificación.

Apoyan el proceso de formular las características que debe tener una aplicación, tales como entradas, Salidas, procesamiento y especificaciones de control. Muchas incluyen herramientas para crear especificaciones de datos.

3.5.2 Herramientas para presentación.

Se utilizan para describir la posición de datos, mensajes y encabezados sobre las pantallas de las terminales, reportes y otros medios de entrada y salida.

3.5.3 Herramientas para el desarrollo de Sistemas.

Estas herramientas nos ayudan como analistas a trasladar diseños en aplicaciones funcionales.

3.5.4 Herramientas para Ingeniería de Software.

Apoyan el Proceso de formular diseños de Software, incluyendo procedimientos y controles, así como la documentación correspondiente.

3.5.5 Generadores de códigos.

Producen el código fuente y las aplicaciones a partir de especificaciones funcionales bien articuladas.

3.5.6 Herramientas para pruebas.

Apoyan la fase de la evaluación de un Sistema o de partes del mismo contra las especificaciones. Incluyen facilidades para examinar la correcta operación del Sistema así como el grado de perfección alcanzado en comparación con las expectativas.

La revolución del procesamiento de datos de manera computarizada, junto con las practicas de Diseño sofisticadas están cambiando de forma dramática la manera en que se trasladan las especificaciones de Diseño d Sistemas de Información funcionales.

En Conclusiones Generales. En una organización o Empresa, el análisis y Diseño de Sistemas, es el proceso de estudiar su Situación con la finalidad de observar como trabaja y decidir si es necesario realizar una mejora; el encargado de llevar a cabo estas tareas es el analista de sistemas.

Antes de comenzar con el desarrollo de cualquier proyecto, se conduce un estudio de Sistemas para detectar todos los detalles de la situación actual de la empresa. La información reunida con este estudio sirve como base para crear varias estrategias de Diseño. Los administradores deciden que estrategias seguir. Los Gerentes, empleados y otros usuarios finales que se familiarizan cada vez mas con el uso de computadoras están teniendo un papel muy importante en el desarrollo de sistemas.

Todas las organizaciones son Sistemas que actúan de manera reciproca con su medio ambiente recibiendo entradas y produciendo salidas. Los Sistemas que pueden estar formados por otros Sistemas de denominan Sub-sistemas y funcionan para alcanzar los fines de su Implantación.

TEMA IV.

IMPLANTACION, EVALUACION Y PRUEVA DE SISTEMAS DE COMPUTACION

TEMA IV. IMPLANTACION, EVALUACION Y PRUEVAS.

DESARROLLO.

4.1. IMPLANTACION. Concepto y Definición.

Es la ultima fase del desarrollo de Sistemas. Es el proceso instalar equipos o Software nuevo, como resultado de un análisis y diseño previo como resultado de la sustitución o mejoramiento de la forma de llevar a cavo un proceso automatizado.

Al Implantar un Sistema de Información lo primero que debemos hacer es asegurarnos que el Sistema sea operacional o sea que funcione de acuerdo a los requerimientos del análisis y permitir que los usuarios puedan operarlo.

Existen varios enfoques de Implementación:

Es darle responsabilidad a los grupos.
Uso de diferentes estrategias para el entrenamiento de los usuarios.
El Analista de Sistemas necesita ponderar la situación y proponer un plan de conversión que sea adecuado para la organización
El Analista necesita formular medidas de desempeño con las cuales evaluar a los Usuarios.
Debe Convertir físicamente el sistema de información antiguo, al nuevo modificado
En la preparación de la Implantación, aunque el Sistema este bien diseñado y desarrollado correctamente su éxito dependerá de su implantación y ejecución por lo que es importante capacitar al usuario con respecto a su uso y mantenimiento.

4.2. Capacitación de Usuarios del Sistema:

Es enseñar a los usuarios que se relacionan u operan en un proceso de implantación.

La Responsabilidad de esta capacitación de los Usuarios primarios y secundarios es del Analista, desde el personal de captura de datos hasta aquellos que toman las decisiones sin usar una Computadora.

No se debe incluir a personas de diferentes niveles de habilidad e intereses de trabajo; debido a que si en una Empresa existen trabajadores inexpertos no se pueden incluir en la misma sección de los expertos ya que ambos grupos quedaran perdidos.

“Es como querer conducir dos Barcos con diferentes destinos con un mismo Mapa de rutas o con el mismo timón”.

Aun y cuando la Empresa puede contratar los Servicios de Instructores externos, el analista es la persona que puede ofrecer la mejor capacitación debido a que conoce el personal y al Sistema mejor que cualquier otro. A la falta o imposibilidad del analista la organización puede contratar otros servicios de capacitación como son:

Vendedores: Son aquellos que proporcionan capacitación gratuita fuera de la Empresa de uno o dos días.
Instructor pagado externamente: Son aquellos que pueden enseñar todo acerca de las computadoras pero para algunos usuarios esta no es una capacitación necesaria.
Instructores en casa: Están familiarizados con el personal y pueden adecuar los materiales a sus necesidades, pero le faltaría experiencia en Sistemas de Información que es realmente la necesidad del usuario.
En nuestro país existe una ley institucional (Ley 116 del 16 de Enero de 1980) creado durante el gobierno del Presidente Antonio Guzmán Fernández llamada INFOTEP, representante de los trabajadores y empresarios en el ámbito de Capacitación y entrenamiento, la cual Asesora y brinda Sus servicios a las Empresas y Sus trabajadores.

4.3.1 Objetivos de la Capacitación:

Es lograr que los usuarios tengan el Dominio necesario de las cosas básicas acerca de las maquinarias y procesos que se emplean para su operación de manera eficiente y segura.

4.4. La Evaluación del Sistema:

Se lleva a cabo para identificar puntos débiles y fuertes del Sistema implantado. La evaluación ocurre a lo largo de cualquiera de las siguientes cuatro dimensiones:

4.4.1 Evaluación operacional:

Es el Momento en que sé evalúa la manera en que funciona el Sistema, esto incluye su facilidad de uso, Tiempo de respuesta ante una necesidad o proceso, como se adecuan los formatos en que se presenta la Información, contabilidad global y su nivel de Utilidad.

4.4.2 Impacto Organizacional:

Identifica y mide los beneficios operacionales para la Empresa en áreas tales como, Finanzas (Costos, Ingresos y Ganancias), eficiencia en el desempeño laboral e impacto competitivo, Impacto, rapidez y organización en el flujo de Información interna y externa.

4.4.3 Desempeño del Desarrollo.

Es la evaluación del Proceso de desarrollo adecuado tomando en cuentas ciertos criterios como, Tiempo y esfuerzo en el desarrollo concuerden con presupuesto y estándares y otros criterios de Administración de Proyectos. Además se incluyen la valoración de los métodos y herramientas utilizados durante el desarrollo del Sistema.

4.5. Prueba de Sistemas.

Dependiendo del tamaño de la Empresa que usara el Sistema y el riesgo asociado a su uso, puede hacerse la elección de comenzar la operación del Sistema solo en un área de la Empresa (como una Prueba piloto), que puede llevarse a cabo en un Departamento o con una o dos personas. Cuando se implanta un nuevo sistema lo aconsejable es que el viejo y el nuevo funcionen de manera simultanea o paralela con la finalidad de comparar los resultados que ambos ofrecen en su operación, además dar tiempo al personal para su entrenamiento y adaptación al nuevo Sistema.

Durante el Proceso de Implantación y Prueba se deben implementar todas las estrategias posibles para garantizar que en el uso inicial del Sistema este se encuentre libre de problemas lo cual se puede descubrir durante este proceso y levar a cabo las correcciones de lugar para su buen funcionamiento.

Desdichadamente la evaluación de Sistemas no siempre recibe la atención que merece, sin embargo cuando se lleva a cabo de manera adecuada proporciona muchas informaciones que pueden ayudar a mejorar la efectividad de los esfuerzos de desarrollo de aplicaciones futuras.

LEY 80 DE 1993

LEY 80 DE 1993
Octubre 28 de 2006
por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
I. DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1o. DEL OBJETO. La presente ley tiene por objeto disponer las reglas y principios
que rigen los contratos de las entidades estatales.
ARTICULO 2o. DE LA DEFINICION DE ENTIDADES, SERVIDORES Y SERVICIOS PUBLICOS.
Para los solos efectos de esta ley:
1o. Se denominan entidades estatales:
a) La Nación, las regiones, los departamentos, las provincias, el distrito capital y los distritos
especiales, las áreas metropolitanas, las asociaciones de municipios, los territorios indígenas y
los municipios; los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del
Estado, las sociedades de economía mixta en las que el Estado tenga participación superior al
cincuenta por ciento (50%), así como las entidades descentralizadas indirectas y las demás
personas jurídicas en las que exista dicha participación pública mayoritaria, cualquiera sea la
denominación que ellas adopten, en todos los órdenes y niveles.
b) El Senado de la República, la Cámara de Representantes, el Consejo Superior de la
Judicatura, la Fiscalía General de la Nación, la Contraloría General de la República, las
contralorías departamentales, distritales y municipales, la Procuraduría General de la Nación,
la Registraduría Nacional del Estado Civil, los ministerios, los departamentos administrativos, las superintendencias, las unidades administrativas especiales y, en general, los organismos o
dependencias del Estado a los que la ley otorgue capacidad para celebrar contratos.
2o. Se denominan servidores públicos:
a) Las personas naturales que prestan sus servicios dependientes a los organismos y
entidades de que trata este artículo, con excepción de las asociaciones y fundaciones de
participación mixta en las cuales dicha denominación se predicará exclusivamente de sus
representantes legales y de los funcionarios de los niveles directivo, asesor o ejecutivo o sus
equivalentes en quienes se delegue la celebración de contratos en representación de
aquéllas.
b) Los miembros de las corporaciones públicas que tengan capacidad para celebrar contratos
en representación de éstas.
3o. Se denominan servicios públicos:
Los que están destinados a satisfacer necesidades colectivas en forma general, permanente y
continua, bajo la dirección, regulación y control del Estado, así como aquellos mediante los
cuales el Estado busca preservar el orden y asegurar el cumplimiento de sus fines.
PARAGRAFO. Para los solos efectos de esta ley, también se denominan entidades estatales
las cooperativas y asociaciones conformadas por entidades territoriales, las cuales estarán
sujetas a las disposiciones del presente estatuto, especialmente cuando en desarrollo de
convenios interadministrativos celebren contratos por cuenta de dichas entidades.
ARTICULO 3o. DE LOS FINES DE LA CONTRATACION ESTATAL. Los servidores públicos
tendrán en consideración que al celebrar contratos y con la ejecución de los mismos, las
entidades buscan el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de
los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que
colaboran con ellas en la consecución de dichos fines.
Los particulares, por su parte, tendrán en cuenta al celebrar y ejecutar contratos con las
entidades estatales que, además de la obtención de utilidades cuya protección garantiza el
Estado, colaboran con ellas en el logro de sus fines y cumplen una función social que, como
tal, implica obligaciones.
ARTICULO 4o. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LAS ENTIDADES ESTATALES. Para la
consecución de los fines de que trata el artículo anterior, las entidades estatales:
1o. Exigirán del contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado. Igual
exigencia podrán hacer al garante.
2o. Adelantarán las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones
pecuniarias y garantías a que hubiere lugar. 3o. Solicitarán la actualización o la revisión de los precios cuando se produzcan fenómenos
que alteren en su contra el equilibrio económico o financiero del contrato.
4o. Adelantarán revisiones periódicas de las obras ejecutadas, servicios prestados o bienes
sumistrados, para verificar que ellos cumplan con las condiciones de calidad ofrecidas por los
contratistas, y promoverán las acciones de responsabilidad contra éstos y sus garantes
cuando dichas condiciones no se cumplan.
Las revisiones periódicas a que se refiere el presente numeral deberán llevarse a cabo por lo
menos una vez cada seis (6) meses durante el término de vigencia de las garantías.
5o. Exigirán que la calidad de los bienes y servicios adquiridos por las entidades estatales se
ajuste a los requisitos mínimos previstos en las normas técnicas obligatorias, sin perjuicio de
la facultad de exigir que tales bienes o servicios cumplan con las normas técnicas
colombianas o, en su defecto, con normas internacionales elaboradas por organismos
reconocidos a nivel mundial o con normas extranjeras aceptadas en los acuerdos
internacionales suscritos por Colombia.
6o. Adelantarán las acciones conducentes a obtener la indemnización de los daños que sufran
en desarrollo o con ocasión del contrato celebrado.
7o. Sin perjuicio del llamamiento en garantía, repetirán contra los servidores públicos, contra
el contratista o los terceros responsables, según el caso, por las indemnizaciones que deban
pagar como consecuencia de la actividad contractual.
8o. Adoptarán las medidas necesarias para mantener durante el desarrollo y ejecución del
contrato las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de
proponer en los casos en que se hubiere realizado licitación o concurso, o de contratar en los
casos de contratación directa. Para ello utilizarán los mecanismos de ajuste y revisión de
precios, acudirán a los procedimientos de revisión y corrección de tales mecanismos si
fracasan los supuestos o hipótesis para la ejecución y pactarán intereses moratorios.
Sin perjuicio de la actualización o revisión de precios, en caso de no haberse pactado
intereses moratorios, se aplicará la tasa equivalente al doble del interés legal civil sobre el
valor histórico actualizado.
9o. Actuarán de tal modo que por causas a ellas imputables, no sobrevenga una mayor
onerosidad en el cumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista. Con este fin, en el
menor tiempo posible, corregirán los desajustes que pudieren presentarse y acordarán los
mecanismos y procedimientos pertinentes para precaver o solucionar rápida y eficazmente las
diferencias o situaciones litigiosas que llegaren a presentarse.
ARTICULO 5o. DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS CONTRATISTAS. Para la realización de
los fines de que trata el artículo 3º . de esta ley, los contratistas: 1o. Tendrán derecho a recibir oportunamente la remuneración pactada y a que el valor
intrínseco de la misma no se altere o modifique durante la vigencia del contrato.
En consecuencia tendrán derecho, previa solicitud, a que la administración les restablezca el
equilibrio de la ecuación económica del contrato a un punto de no pérdida por la ocurrencia
de situaciones imprevistas que no sean imputables a los contratistas. Si dicho equilibrio se
rompe por incumplimiento de la entidad estatal contratante, tendrá que restablecerse la
ecuación surgida al momento del nacimiento del contrato.
2o. Colaborarán con las entidades contratantes en lo que sea necesario para que el objeto
contratado se cumpla y que éste sea de la mejor calidad; acatarán las ordenes que durante el
desarrollo del contrato ellas les impartan y, de manera general, obrarán con lealtad y buena
fe en las distintas etapas contractuales, evitando las dilaciones y entrabamientos que
pudieran presentarse.
3o. Podrán acudir a las autoridades con el fin de obtener la protección de los derechos
derivados del contrato y la sanción para quienes los desconozcan o vulneren.
Las autoridades no podrán condicionar la participación en licitaciones o concursos ni la
adjudicación, adición o modificación de contratos, como tampoco la cancelación de las sumas
adeudadas al contratista, a la renuncia, desistimiento o abandono de peticiones, acciones,
demandas y reclamaciones por parte de éste.
4o. Garantizarán la calidad de los bienes y servicios contratados y responderán por ello.
5o. No accederán a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de
obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho.
Cuando se presenten tales peticiones o amenazas, los contratistas deberán informar
inmediatamente de su ocurrencia a la entidad contratante y a las demás autoridades
competentes para que ellas adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios. El
incumplimiento de esta obligación y la celebración de los pactos o acuerdos prohibidos, dará
lugar a la declaratoria de caducidad del contrato.
ARTICULO 6o. DE LA CAPACIDAD PARA CONTRATAR. Pueden celebrar contratos con las
entidades estatales las personas consideradas legalmente capaces en las disposiciones
vigentes. También podrán celebrar contratos con las entidades estatales, los consorcios y
uniones temporales .
Las personas jurídicas nacionales y extranjeras deberán acreditar que su duración no será
inferior a la del plazo del contrato y un año más.
ARTICULO 7o. DE LOS CONSORCIOS Y UNIONES TEMPORALES. Para los efectos de esta ley
se entiende por: 1. Consorcio: cuando dos o más personas en forma conjunta presentan una misma propuesta
para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato, respondiendo solidariamente de
todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato. En
consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la
propuesta y del contrato, afectarán a todos los miembros que lo conforman.
2. Unión Temporal: cuando dos o más personas en forma conjunta presentan una misma
propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato, respondiendo
solidariamente por el cumplimiento total de la propuesta y del objeto contratado, pero las
sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato
se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros
de la unión temporal.
PARAGRAFO 1o. Los proponentes indicarán si su participación es a título de consorcio o unión
temporal y, en este último caso, señalarán los términos y extensión de la participación en la
propuesta y en su ejecución, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento
previo de la entidad estatal contratante.
Los miembros del consorcio y de la unión temporal deberán designar la persona que, para
todos los efectos, representará al consorcio o unión temporal y señalarán las reglas básicas
que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad.
PARAGRAFO 2o. Para efectos impositivos, a los consorcios y uniones temporales se les
aplicará el régimen previsto en el Estatuto Tributario para las sociedades pero, en ningún
caso, estarán sujetos a doble tributación.
PARAGRAFO 3o. En los casos en que se conformen sociedades bajo cualquiera de las
modalidades previstas en la ley con el único objeto de presentar una propuesta, celebrar y
ejecutar un contrato estatal, la responsabilidad y sus efectos se regirá por las disposiciones
previstas en esta ley para los consorcios.
ARTICULO 8o. DE LAS INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR.
1o. Son inhábiles para participar en licitaciones o concursos y para celebrar contratos con las
entidades estatales:
a) Las personas que se hallen inhabilitadas para contratar por la Constitución y las leyes.
b) Quienes participaron en las licitaciones o concursos o celebraron los contratos de que trata
el literal anterior estando inhabilitados.
c) Quienes dieron lugar a la declaratoria de caducidad.
d) Quienes en sentencia judicial hayan sido condenados a la pena accesoria de interdicción de
derechos y funciones públicas y quienes hayan sido sancionados disciplinariamente con
destitución. e) Quienes sin justa causa se abstengan de suscribir el contrato estatal adjudicado.
f ) Los servidores públicos.
g) Quienes sean cónyuges o compañeros permanentes y quienes se encuentren dentro del
segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad con cualquier otra persona que
formalmente haya presentado propuesta para una misma licitación o concurso.
h) Las sociedades distintas de las anónimas abiertas, en las cuales el representante legal o
cualquiera de sus socios tenga parentesco en segundo grado de consanguinidad o segundo
de afinidad con el representante legal o con cualquiera de los socios de una sociedad que
formalmente haya presentado propuesta, para una misma licitación o concurso.
i) Los socios de sociedades de personas a las cuales se haya declarado la caducidad, así como
las sociedades de personas de las que aquellos formen parte con posterioridad a dicha
declaratoria.
Las inhabilidades a que se refieren los literales c), d) e i) se extenderán por un término de
cinco (5) años contado a partir de la fecha de ejecutoria del acto que declaró la caducidad, o
de la sentencia que impuso la pena, o del acto que dispuso la destitución; las previstas en los
literales b) y e), se extenderán por un término de cinco (5) años contado a partir de la fecha
de ocurrencia del hecho de la participación en la licitación o concurso, o de la de celebración
del contrato, o de la de expiración del plazo para su firma.
2o. Tampoco podrán participar en licitaciones o concursos ni celebrar contratos estatales con
la entidad respectiva:
a) Quienes fueron miembros de la junta o consejo directivo o servidores públicos de la
entidad contratante. Esta incompatibilidad solo comprende a quienes desempeñaron
funciones en los niveles directivo, asesor o ejecutivo y se extiende por el término de un (1)
año, contado a partir de la fecha del retiro.
b) Las personas que tengan vínculos de parentesco, hasta el segundo grado de
consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil con los servidores públicos de los niveles
directivo, asesor, ejecutivo o con los miembros de la junta o consejo directivo, o con las
personas que ejerzan ejerzan el control interno o fiscal de la entidad contratante.
c) El cónyuge, compañero o compañera permanente del servidor público en los niveles
directivo, asesor, ejecutivo, o de un miembro de la junta o consejo directivo, o de quien
ejerza funciones de control interno o de control fiscal.
d) Las corporaciones, asociaciones, fundaciones y las sociedades anónimas que no tengan el
carácter de abiertas, así como las sociedades de responsabilidad limitada y las demás
sociedades de personas en las que el servidor público en los niveles directivo, asesor o
ejecutivo, o el miembro de la junta o consejo directivo, o el cónyuge, compañero o compañera permanente o los parientes hasta el segundo grado de consanguinidad, afinidad o
civil de cualquiera de ellos, tenga participación o desempeñe cargos de dirección o manejo.
e) Los miembros de las juntas o consejos directivos. Esta incompatibilidad sólo se predica
respecto de la entidad a la cual prestan sus servicios y de las del sector administrativo al que
la misma esté adscrita o vinculada.
PARAGRAFO 1o. La inhabilidad prevista en el literal d) del ordinal 2o. de este artículo no se
aplicará en relación con las corporaciones, asociaciones, fundaciones y sociedades allí
mencionadas, cuando por disposición legal o estatutaria el servidor público en los niveles
referidos debe desempeñar en ellas cargos de dirección o manejo.
PARAGRAFO 2o. Para los efectos previstos en este artículo, el Gobierno Nacional determinará
que debe entenderse por sociedades anónimas abiertas.
ARTICULO 9o. DE LAS INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES SOBREVINIENTES. Si
llegare a sobrevenir inhabilidad o incompatibilidad en el contratista, éste cederá el contrato
previa autorización escrita de la entidad contratante o, si ello no fuere posible, renunciará a
su ejecución.
Cuando la inhabilidad o incompatibilidad sobrevenga en un proponente dentro de una
licitación o concurso, se entenderá que renuncia a la participación en el proceso de selección
y a los derechos surgidos del mismo.
Si la inhabilidad o incompatibilidad sobreviene en uno de los miembros de un consorcio o
unión temporal, éste cederá su participación a un tercero previa autorización escrita de la
entidad contratante. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integran
el consorcio o unión temporal.
ARTICULO 10. DE LAS EXCEPCIONES A LAS INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES. No
quedan cobijadas por las inhabilidades e incompatibilidades de que tratan los artículos
anteriores, las personas que contraten por obligación legal o lo hagan para usar los bienes o
servicios que las entidades a que se refiere el presente estatuto ofrezcan al público en
condiciones comunes a quienes los soliciten, ni las personas jurídicas sin ánimo de lucro
cuyos representantes legales hagan parte de las juntas o consejos directivos en virtud de su
cargo o por mandato legal o estatutario, ni quienes celebren contratos en desarrollo de lo
previsto en el artículo 60 de la Constitución Política.
ARTICULO 11. DE LA COMPETENCIA PARA DIRIGIR LICITACIONES O CONCURSOS Y PARA
CELEBRAR CONTRATOS ESTATALES. En las entidades estatales a que se refiere el artículo
2o.:
1o. La competencia para ordenar y dirigir la celebración de licitaciones o concursos y para
escoger contratistas será del jefe o representante de la entidad, según el caso. 2o. Tiene competencia para celebrar contratos a nombre de la Nación, el Presidente de la
República.
3o. Tienen competencia para celebrar contratos a nombre de la entidad respectiva:
a) Los ministros del despacho, los directores de departamentos administrativos, los
superintendentes, los jefes de unidades administrativas especiales, el Presidente del Senado
de la República, el Presidente de la Cámara de Representantes, los Presidentes de la Sala
Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura y de sus Consejos Seccionales, el Fiscal
General de la Nación, el Contralor General de la República, el Procurador General de la
Nación, y el Registrador Nacional del Estado Civil.
b) A nivel territorial, los gobernadores de los departamentos, los alcaldes municipales y de los
distritos capital y especiales, los contralores departamentales, distritales y municipales, y los
representantes legales de las regiones, las provincias, las áreas metropolitanas, los territorios
indígenas y las asociaciones de municipios, en los términos y condiciones de las normas
legales que regulen la organización y el funcionamiento de dichas entidades.
c) Los representantes legales de las entidades descentralizadas en todos los ordenes y
niveles.
ARTICULO 12. DE LA DELEGACION PARA CONTRATAR. Los jefes y los representantes legales
de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar
contratos y desconcentrar la realización de licitaciones o concursos en los servidores públicos
que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes.
ARTICULO 13. DE LA NORMATIVIDAD APLICABLE A LOS CONTRATOS ESTATALES. Los
contratos que celebren las entidades a que se refiere el artículo 2o. del presente estatuto se
regirán por las disposiciones comerciales y civiles pertinentes, salvo en las materias
particularmente reguladas en esta ley.
Los contratos celebrados en el exterior se podrán regir en su ejecución por las reglas del país
en donde se hayan suscrito, a menos que deban cumplirse en Colombia.
Los contratos que se celebren en Colombia y deban ejecutarse o cumplirse en el extranjero,
podrán someterse a la ley extranjera.
Los contratos financiados con fondos de los organismos multilaterales de crédito o celebrados
con personas extranjeras de derecho público u organismos de cooperación, asistencia o
ayuda internacionales, podrán someterse a los reglamentos de tales entidades en todo lo
relacionado con procedimientos de formación y adjudicación y cláusulas especiales de
ejecución, cumplimiento, pago y ajustes.
ARTICULO 14. DE LOS MEDIOS QUE PUEDEN UTILIZAR LAS ENTIDADES ESTATALES PARA
EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO CONTRACTUAL. Para el cumplimiento de los fines de la
contratación, las entidades estatales al celebrar un contrato: 1o. Tendrán la dirección general y la responsabilidad de ejercer el control y vigilancia de la
ejecución del contrato. En consecuencia, con el exclusivo objeto de evitar la paralización o la
afectación grave de los servicios públicos a su cargo y asegurar la inmediata, continua y
adecuada prestación, podrán, en los casos previstos en el numeral 2o. de este artículo,
interpretar los documentos contractuales y las estipulaciones en ellos convenidas, introducir
modificaciones a lo contratado y, cuando las condiciones particulares de la prestación así lo
exijan, terminar unilateralmente el contrato celebrado.
En los actos en que se ejercite algunas de estas potestades excepcionales deberá procederse
al reconocimiento y orden de pago de las compensaciones e indemnizaciones a que tengan
derecho las personas objeto de tales medidas y se aplicarán los mecanismos de ajuste de las
condiciones y términos contractuales a que haya lugar, todo ello con el fin de mantener la
ecuación o equilibrio inicial.
Contra los actos administrativos que ordenen la interpretación, modificación y terminación
unilaterales, procederá el recurso de reposición, sin perjuicio de la acción contractual que
puede intentar el contratista, según lo previsto en el artículo 77 de esta ley.
2o. Pactarán las cláusulas excepcionales al derecho común de terminación, interpretación y
modificación unilaterales, de sometimiento a las leyes nacionales y de caducidad en los
contratos que tengan por objeto el ejercicio de una actividad que constituya monopolio
estatal, la prestación de servicios públicos o la explotación y concesión de bienes del Estado,
así como en los contratos de obra. En los contratos de explotación y concesión de bienes del
Estado se incluirá la cláusula de reversión.
Las entidades estatales podrán pactar estas cláusulas en los contratos de suministro y de
prestación de servicios.
En los casos previstos en este numeral, las cláusulas excepcionales se entienden pactadas
aún cuando no se consignen expresamente.
PARAGRAFO. En los contratos que se celebren con personas públicas internacionales, o de
cooperación, ayuda o asistencia; en los interadministrativos; en los de empréstito, donación y
arrendamiento y en los contratos que tengan por objeto actividades comerciales o industriales
de las entidades estatales que no correspondan a las señaladas en el numeral 2o. de este
artículo, o que tengan por objeto el desarrollo directo de actividades científicas o
tecnológicas, así como en los contratos de seguro tomados por las entidades estatales, se
prescindirá de la utilización de las cláusulas o estipulaciones excepcionales.
ARTICULO 15. DE LA INTERPRETACION UNILATERAL. Si durante la ejecución del contrato
surgen discrepancias entre las partes sobre la interpretación de algunas de sus estipulaciones
que puedan conducir a la paralización o a la afectación grave del servicio público que se
pretende satisfacer con el objeto contratado, la entidad estatal, si no se logra acuerdo,
interpretará en acto administrativo debidamente motivado, las estipulaciones o cláusulas
objeto de la diferencia. ARTICULO 16. DE LA MODIFICACION UNILATERAL. Si durante la ejecución del contrato y
para evitar la paralización o la afectación grave del servicio público que se deba satisfacer con
él, fuere necesario introducir variaciones en el contrato y previamente las partes no llegan al
acuerdo respectivo, la entidad en acto administrativo debidamente motivado, lo modificará
mediante la supresión o adición de obras, trabajos, suministros o servicios.
Si las modificaciones alteran el valor del contrato en un veinte por ciento (20%) o más del
valor inicial, el contratista podrá renunciar a la continuación de la ejecución. En este evento,
se ordenará la liquidación del contrato y la entidad adoptará de manera inmediata las
medidas que fueren necesarias para garantizar la terminación del objeto del mismo.
ARTICULO 17. DE LA TERMINACION UNILATERAL. La entidad en acto administrativo
debidamente motivado dispondrá la terminación anticipada del contrato en los siguientes
eventos:
1o. Cuando las exigencias del servicio público lo requieran o la situación de orden público lo
imponga.
2o. Por muerte o incapacidad física permanente del contratista, si es persona natural, o por
disolución de la persona jurídica del contratista.
3o. Por interdicción judicial o declaración de quiebra del contratista.
4o. Por cesación de pagos, concurso de acreedores o embargos judiciales del contratista que
afecten de manera grave el cumplimiento del contrato.
Sin embargo, en los casos a que se refieren los numerales 2o. y 3o. de este artículo podrá
continuarse la ejecución con el garante de la obligación.
La iniciación de trámite concordatario no dará lugar a la declaratoria de terminación
unilateral. En tal evento la ejecución se hará con sujeción a las normas sobre administración
de negocios del deudor en concordato. La entidad dispondrá las medidas de inspección,
control y vigilancia necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto contractual e impedir
la paralización del servicio.
ARTICULO 18. DE LA CADUCIDAD Y SUS EFECTOS. La caducidad es la estipulación en virtud
de la cual si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento de las
obligaciones a cargo del contratista, que afecte de manera grave y directa la ejecución del
contrato y evidencie que puede conducir a su paralización, la entidad por medio de acto
administrativo debidamente motivado lo dará por terminado y ordenará su liquidación en el
estado en que se encuentre.
En caso de que la entidad decida abstenerse de declarar la caducidad, adoptará las medidas
de control e intervención necesarias, que garanticen la ejecución del objeto contratado. La
declaratoria de caducidad no impedirá que la entidad contratante tome posesión de la obra o continúe inmediatamente la ejecución del objeto contratado, bien sea a través del garante o
de otro contratista, a quien a su vez se le podrá declarar la caducidad, cuando a ello hubiere
lugar.
Si se declara la caducidad no habrá lugar a indemnización para el contratista, quien se hará
acreedor a las sanciones e inhabilidades previstas en esta ley.
La declaratoria de caducidad será constitutiva del siniestro de incumplimiento.
ARTICULO 19. DE LA REVERSION. En los contratos de explotación o concesión de bienes
estatales se pactará que, al finalizar el término de la explotación o concesión, los elementos y
bienes directamente afectados a la misma pasen a ser propiedad de la entidad contratante,
sin que por ello ésta deba efectuar compensación alguna.
ARTICULO 20. DE LA RECIPROCIDAD. En los procesos de contratación estatal se concederá al
proponente de bienes y servicios de origen extranjero, el mismo tratamiento y en las mismas
condiciones, requisitos, procedimientos y criterios de adjudicación que el tratamiento
concedido al nacional, exclusivamente bajo el principio de reciprocidad.
Se entiende por principio de reciprocidad, el compromiso adquirido por otro país, mediante
acuerdo, tratado o convenio celebrado con Colombia, en el sentido de que a las ofertas de
bienes y servicios colombianos se les concederá en ese país el mismo tratamiento otorgado a
sus nacionales en cuanto a las condiciones, requisitos, procedimientos y criterios para la
adjudicación de los contratos celebrados con el sector público.
PARAGRAFO 1o. El Gobierno Nacional, en los acuerdos, tratados o convenios que celebre
para estos efectos, deberá establecer todos los mecanismos necesarios para hacer cumplir el
tratamiento igualitario entre el nacional y el extranjero tanto en Colombia como en el
territorio del país con quien se celebre el mencionado acuerdo, convenio o tratado.
PARAGRAFO 2o. Cuando para los efectos previstos en este artículo no se hubiere celebrado
acuerdo, tratado o convenio, los proponentes de bienes y servicios de origen extranjero
podrán participar en los procesos de contratación en las mismas condiciones y con los
mismos requisitos exigidos a los nacionales colombianos, siempre y cuando en sus
respectivos países los proponentes de bienes y servicios de origen colombiano gocen de
iguales oportunidades. El Gobierno Nacional establecerá los mecanismos para asegurar el
cumplimiento de la reciprocidad prevista en este parágrafo.
ARTICULO 21. DEL TRATAMIENTO Y PREFERENCIA DE LAS OFERTAS NACIONALES. Las
entidades estatales garantizarán la participación de los oferentes de bienes y servicios de
origen nacional, en condiciones competitivas de calidad, oportunidad y precio, sin perjuicio
del procedimiento de selección objetiva que se utilice y siempre y cuando exista oferta de
origen nacional.
Cuando se trate de la ejecución de proyectos de inversión se dispondrá la desagregación
tecnológica. En los contratos de empréstito y demás formas de financiamiento, distintos de los créditos de
proveedores, se buscará que no se exija el empleo o la adquisición de bienes o la prestación
de servicios de procedencia extranjera específica, o que a ello se condicione el otorgamiento.
Así mismo, se buscará incorporar condiciones que garanticen la participación de oferentes de
bienes y servicios de origen nacional.
En igualdad de condiciones para contratar, se preferirá la oferta de bienes y servicios de
origen nacional.
Para los oferentes extranjeros que se encuentren en igualdad de condiciones, se preferirá
aquél que contenga mayor incorporación de recursos humanos nacionales, mayor
componente nacional y mejores condiciones para la transferencia tecnológica.
El Consejo Superior de Comercio Exterior determinará el régimen vigente para las
importaciones de las entidades estatales.
PARAGRAFO 1o. El Gobierno Nacional determinará qué debe entenderse por bienes y
servicios de origen nacional y de origen extranjero y por desagregación tecnológica.
Corresponde también al Gobierno Nacional diseñar mecanismos que faciliten el conocimiento
oportuno tanto de la oferta de bienes y servicios de origen nacional, como de la demanda de
las entidades estatales.
PARAGRAFO 2o. El Gobierno Nacional reglamentará el componente nacional al que deben
someterse las entidades estatales, para garantizar la participación de las ofertas de bienes y
servicios de origen nacional.
ARTICULO 22. DE LOS REGISTROS DE PROPONENTES. Todas las personas naturales o
jurídicas que aspiren a celebrar con las entidades estatales, contratos de obra, consultoría,
suministro y compraventa de bienes muebles, se inscribirán en la Cámara de Comercio de su
jurisdicción y deberán estar clasificadas y calificadas de conformidad con lo previsto en este
artículo.
El Gobierno Nacional adoptará un formulario único y determinará los documentos
estrictamente indispensables que las Cámaras de Comercio podrán exigir para realizar la
inscripción. Así mismo, adoptará el formato de certificación que deberán utilizar las Cámaras
de Comercio.
Con base en los formularios y en los documentos presentados, las Cámaras de Comercio
conformarán un registro especial de inscritos clasificados por especialidades, grupos o clases
de acuerdo con la naturaleza de los bienes o servicios ofrecidos, y expedirán las
certificaciones o informaciones que en relación con el mismo se les solicite.
La certificación servirá de prueba de la existencia y representación del contratista y de las
facultades de su representante legal e incluirá la información relacionada con la clasificación y
calificación del inscrito. En relación con los contratos ejecutados incluirá la cuantía, expresada en términos de valor
actualizado, y los respectivos plazos y adiciones. En la certificación constarán, igualmente, los
datos e informaciones sobre cumplimiento en contratos anteriores, experiencia, capacidad
técnica y administrativa, relación de equipo y su disponibilidad, multas y sanciones impuestas
y el término de su duración.
No se requerirá de este registro, ni de calificación ni clasificación, en los casos de
contratación de urgencia a que se refiere el artículo 42 de esta ley; contratación de menor
cuantía a que se refiere el artículo 24 de esta ley; contratación para el desarrollo directo de
actividades científicas o tecnológicas; contratos de prestación de servicios y contratos de
concesión de cualquier índole y cuando se trate de adquisición de bienes cuyo precio se
encuentre regulado por el Gobierno Nacional.
El registro de proponentes será público y por tanto cualquier persona puede solicitar que se le
expidan certificaciones sobre las inscripciones, calificaciones y clasificaciones que contenga.
22.1 DE LA INFORMACION SOBRE CONTRATOS, MULTAS Y SANCIONES DE LOS INSCRITOS.
Las entidades estatales enviarán, semestralmente a la Cámara de Comercio que tenga
jurisdicción en el lugar del domicilio del inscrito, la información concerniente a los contratos
ejecutados, cuantía, cumplimiento de los mismos y las multas y sanciones que en relación
con ellos se hubieren impuesto. El servidor público que incumpla esta obligación incurrirá en
causal de mala conducta.
22.2 DE LA RENOVACION, ACTUALIZACION Y MODIFICACION. La inscripción en la Cámara
de Comercio se renovará anualmente, para lo cual los inscritos deberán diligenciar y
presentar el formulario que para el efecto determine el Gobierno Nacional, j unto con los
documentos actualizados que en él se indique. En dicho formulario los inscritos informarán
sobre las variaciones referentes a su actividad a fin de que se tome nota de ellas en el
correspondiente registro.
Las personas inscritas podrán solicitar a la Cámara de Comercio la actualización, modificación
o cancelación de su inscripción cada vez que lo estimen conveniente, mediante la utilización
de los formularios que el Gobierno Nacional establezca para el efecto.
22.3 DE LA CLASIFICACION Y CALIFICACION DE LOS INSCRITOS. La clasificación y
calificación la efectuarán las mismas personas naturales o jurídicas interesadas en contratar
con las entidades estatales, ciñéndose estrictamente a la reglamentación que expida el
gobierno nacional en aplicación de criterios de experiencia, capacidad financiera, técnica,
organización, disponibilidad de equipos, y se presentará a la respectiva Cámara de Comercio
simultáneamente con la solicitud de inscripción. La entidad contratante se reservará la
facultad de verificar la información contenida en el certificado expedido por la Cámara de
Comercio y en el formulario de clasificación y calificación. La capacidad financiera del inscrito se establecerá con base en la última declaración de renta
y en el último balance comercial con sus anexos para las personas nacionales y en los
documentos equivalentes a los anteriores, para las personas extranjeras.
La calificación determinará la capacidad máxima de contratación del inscrito y será válida ante
todas las entidades estatales de todos los órdenes y niveles.
22.4 DEL REGISTRO DE PERSONAS EXTRANJERAS. Cuando se trate de personas naturales
extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas privadas extranjeras que no
tengan establecida sucursal en Colombia, que pretendan presentar propuestas o celebrar
contratos para los cuales se requiera presentar el registro previsto en esta ley, se les exigirá
el documento que acredite la inscripción en el registro correspondiente en el país en donde
tiene su domicilio principal, así como los documentos que acrediten su existencia y su
representación legal, cuando a esto último hubiere lugar. En defecto de dicho documento de
inscripción deberán presentar la certificación de inscripción en el registro establecido en esta
ley. Adicionalmente, deberán acreditar en el país un apoderado domiciliado en Colombia
debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para
representarlas judicial y extrajudicialmente.
Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados en la forma
prevista en las normas vigentes sobre la materia. Lo establecido en este artículo se entenderá
sin perjuicio del deber a cargo de la entidad estatal respectiva de exigir a dichas personas
documentos o informaciones que acrediten su experiencia, capacidad e idoneidad.
22.5 DE LA IMPUGNACION DE LA CLASIFICACION Y CALIFICACION. Cualquier persona
inconforme con la calificación y clasificación de los inscritos, podrá impugnarlas ante la
respectiva Cámara de Comercio. El acto administrativo de la Cámara de Comercio que decida
la impugnación podrá ser objeto del recurso de reposición y de la acción de nulidad y
restablecimiento del derecho en los términos del Código Contencioso Administrativo. Para que
la impugnación sea admisible deberá prestarse caución bancaria o de compañía de seguros
para garantizar los perjuicios que se puedan causar al inscrito. Las entidades estatales
deberán impugnar la clasificación y calificación de cualquier inscrito cuando adviertan
irregularidades o graves inconsistencias. El Gobierno reglamentará el cumplimiento de lo
dispuesto en este artículo.
22.6 DE LAS SANCIONES. Cuando se demuestre que el inscrito de mala fe presentó
documentos o informaciones para la inscripción, calificación o clasificación que no
correspondan a la realidad, se ordenará, previa audiencia del afectado, la cancelación del
registro quedando en tal caso inhabilitado para contratar con las entidades estatales por el
término de diez (10) años sin perjuicio de las acciones penales a que haya lugar.
22.7 DE LOS BOLETINES DE INFORMACION DE LICITACIONES. Las entidades estatales
deberán remitir a las Cámaras de Comercio de su jurisdicción, la información general de cada
licitación o concurso que pretendan abrir en la forma y dentro de los plazos que fije el
reglamento. Con base en esta información las Cámaras de Comercio elaborarán y publicarán un boletín
mensual, que será público, sin perjuicio de lo establecido en el numeral tercero del artículo 30
de ésta ley.
El servidor público responsable de esta tarea que incumpla está obligación incurrirá en causal
de mala conducta.
22.8 DE LA FIJACION DE TARIFAS. El Gobierno Nacional fijará el monto de las tarifas que
deban sufragarse en favor de las Cámaras de Comercio por concepto de la inscripción en el
registro de proponentes, así como por su renovación y actualización y por las certificaciones
que se les solicite en relación con dicho registro. Igualmente fijará el costo de la publicación
del boletín de información y del trámite de impugnación de la calificación y clasificación. Para
estos efectos, el Gobierno deberá tener en cuenta el costo de la operación de registro, en que
incurran las Cámaras de Comercio, así como de la expedición de certificados, de publicación
del boletín de información y del trámite de impugnación.
22.9 DE LA VIGENCIA DEL REGISTRO. El registro, calificación y clasificación a que se refiere
este artículo, regirá un año después de la promulgación de la presente ley. Los registros
actualmente existentes, así como el régimen de renovación de inscripciones, continuarán
hasta que entre en vigencia el registro de proponentes de que trata este artículo.
II. DE LOS PRINCIPIOS DE LA CONTRATACION ESTATAL
ARTICULO 23. DE LOS PRINCIPIOS EN LAS ACTUACIONES CONTRACTUALES DE LAS
ENTIDADES ESTATALES. Las actuaciones de quienes intervengan en la contratación estatal
se desarrollarán con arreglo a los principios de transparencia, economía y responsabilidad y
de conformidad con los postulados que rigen la función administrativa. Igualmente, se
aplicarán en las mismas las normas que regulan la conducta de los servidores públicos, las
reglas de interpretación de la contratación, los principios generales del derecho y los
particulares del derecho administrativo.
ARTICULO 24. DEL PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA. En virtud de este principio:
1o. La escogencia del contratista se efectuará siempre a través de licitación o concurso
públicos, salvo en los siguientes casos en los que se podrá contratar directamente:
a) Menor cuantía. Se entenderá por menor cuantía los valores que a continuación se
relacionan, determinados en función de los presupuestos anuales de las entidades a las que
se aplica la presente ley, expresados en salarios mínimos legales mensuales.
Para las entidades que tengan un presupuesto anual superior o igual a 1.200.000 salarios
mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 1000 salarios mínimos legales
mensuales; las que tengan un presupuesto anual superior o igual a 1.000.000 e inferior a
1.200.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 800 salarios
mínimos legales mensuales; las que tengan un presupuesto anual superior o igual a 500.000
e inferior a 1.000.000 de salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 600 salarios mínimos legales mensuales; las que tengan un presupuesto anual superior o
igual a 250.000 e inferior a 500.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía
será hasta 400 salarios mínimos legales mensuales; las que tengan un presupuesto anual
superior o igual a 120.000 e inferior 250.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor
cuantía será hasta 300 salarios mínimos legales mensuales; las que tengan un presupuesto
anual superior o igual a 12.000 e inferior a 120.000 salarios mínimos legales mensuales, la
menor cuantía será hasta 250 salarios mínimos legales mensuales; las que tengan un
presupuesto anual superior o igual a 6.000 salarios mínimos legales mensuales e inferior a
12.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 100 salarios mínimos
legales mensuales y las que tengan un presupuesto anual inferior a 6.000 salarios mínimos
legales mensuales, la menor cuantía será hasta 25 salarios mínimos legales mensuales.
b ) Empréstitos
c) Interadministrativos, con excepción del contrato de seguro.
d) Para la prestación de servicios profesionales o para la ejecución de trabajos artísticos que
sólo puedan encomendarse a determinadas personas naturales o jurídicas, o para el
desarrollo directo de actividades científicas o tecnológicas.
e) Arrendamiento o adquisición de inmuebles.
f) Urgencia manifiesta `
g) Declaratoria de desierta de la licitación o concurso.
h) Cuando no se presente propuesta alguna o ninguna propuesta se ajuste al pliego de
condiciones, o términos de referencia o, en general, cuando falte voluntad de participación.
i) Bienes y servicios que se requieran para la defensa y seguridad nacional.
j) Cuando no exista pluralidad de oferentes.
k) Productos de origen o destinación agropecuarios que se ofrezcan en las bolsas de
productos legalmente constituidas.
l) Los contratos que celebren las entidades estatales para la prestación de servicios de salud.
El reglamento interno correspondiente fijará las garantías a cargo de los contratistas. Los
pagos correspondientes se podrán hacer mediante encargos fiduciarios.
m) Los actos y contratos que tengan por objeto directo las actividades comerciales e
industriales propias de las empresas industriales y comerciales estatales y de las sociedades
de economía mixta, con excepción de los contratos que a título enunciativo identifica el
artículo 32 de esta ley. 2o. En los procesos contractuales los interesados tendrán oportunidad de conocer y
controvertir los informes, conceptos y decisiones que se rindan o adopten, para lo cual se
establecerán etapas que permitan el conocimiento de dichas actuaciones y otorguen la
posibilidad de expresar observaciones.
3o. Las actuaciones de las autoridades serán públicas y los expedientes que las contengan
estarán abiertos al público, permitiendo en el caso de licitación el ejercicio del derecho de que
trata el artículo 273 de la Constitución Política.
4o. Las autoridades expedirán a costa de aquellas personas que demuestren interés legítimo,
copias de las actuaciones y propuestas recibidas, respetando la reserva de que gocen
legalmente las patentes, procedimientos y privilegios.
5o. En los pliegos de condiciones o términos de referencia:
a) Se indicarán los requisitos objetivos necesarios para participar en el correspondiente
proceso de selección.
b) Se definirán reglas objetivas, justas, claras y completas que permitan la confección de
ofrecimientos de la misma índole, aseguren una escogencia objetiva y eviten la declaratoria
de desierta de la licitación o concurso.
c) Se definirán con precisión las condiciones de costo y calidad de los bienes, obras o
servicios necesarios para la ejecución del objeto del contrato.
d) No se incluirán condiciones y exigencias de imposible cumplimiento, ni exenciones de la
responsabilidad derivada de los datos, informes y documentos que se suministren.
e) Se definirán reglas que no induzcan a error a los proponentes y contratistas y que impidan
la formulación de ofrecimientos de extensión ilimitada o que dependan de la voluntad
exclusiva de la entidad.
f) Se definirá el plazo para la liquidación del contrato, cuando a ello hubiere lugar, teniendo
en cuenta su objeto, naturaleza y cuantía.
Serán ineficaces de pleno derecho las estipulaciones de los pliegos o términos de referencia y
de los contratos que contravengan lo dispuesto en este numeral, o dispongan renuncias a
reclamaciones por la ocurrencia de los hechos aquí enunciados.
6o. En los avisos de publicación de apertura de la licitación o concurso y en los pliegos de
condiciones o términos de referencia, se señalaran las reglas de adjudicación del contrato.
7o. Los actos administrativos que se expidan en la actividad contractual o con ocasión de ella,
salvo los de mero trámite, se motivarán en forma detallada y precisa e igualmente lo serán
los informes de evaluación, el acto de adjudicación y la declaratoria de desierto del proceso
de escogencia. 8o. Las autoridades no actuarán con desviación o abuso de poder y ejercerán sus
competencias exclusivamente para los fines previstos en la ley. Igualmente, les será
prohibido eludir los procedimientos de selección objetiva y los demás requisitos previstos en
el presente estatuto.
9o. Los avisos de cualquier clase a través de los cuales se informe o anuncie la celebración o
ejecución de contratos por parte de las entidades estatales, no podrán incluir referencia
alguna al nombre o cargo de ningún servidor público.
PARAGRAFO 1o. Los casos de contratación directa a que se refiere el numeral 1o. del
presente artículo, no impedirán el ejercicio del control por parte de las autoridades
competentes del comportamiento de los servidores públicos que hayan intervenido en dichos
procedimientos y en la celebración y ejecución del contrato.
PARAGRAFO 2o. El Gobierno Nacional expedirá, dentro de los seis (6) meses siguientes a la
promulgación de esta ley, un reglamento de contratación directa, cuyas disposiciones
garanticen y desarrollen los principios de economía, transparencia y selección objetiva
previstos en ella.
Si el Gobierno no expidiere el reglamento respectivo, no podrá celebrarse directamente
contrato alguno por ninguna entidad estatal so pena de su nulidad.
PARAGRAFO 3o. Cuando la venta de los bienes de las entidades estatales deba efectuarse por
el sistema de martillo, se hará a través del procedimiento de subasta que realicen las
entidades financieras debidamente autorizadas para el efecto y vigiladas por la
Superintendencia Bancaria.
La selección de la entidad vendedora la hará la respectiva entidad estatal, de acuerdo con los
principios de transparencia, economía, responsabilidad y selección objetiva y teniendo en
cuenta la capacidad administrativa que pueda emplear cada entidad financiera para realizar
los remates.
ARTICULO 25. DEL PRINCIPIO DE ECONOMIA. En virtud de este principio:
1o. En las normas de selección y en los pliegos de condiciones o términos de referencia para
la escogencia de contratistas, se cumplirán y establecerán los procedimientos y etapas
estrictamente necesarios para asegurar la selección objetiva de la propuesta más favorable.
Para este propósito, se señalarán términos preclusivos y perentorios para las diferentes
etapas de la selección y las autoridades darán impulso oficioso a las actuaciones .
2o. Las normas de los procedimientos contractuales se interpretarán de tal manera que no
den ocasión a seguir trámites distintos y adicionales a los expresamente previstos o que
permitan valerse de los defectos de forma o de la inobservancia de requisitos para no decidir
o proferir providencias inhibitorias. 3o. Se tendrá en consideración que las reglas y procedimientos constituyen mecanismos de la
actividad contractual que buscan servir a los fines estatales, a la adecuada, continua y
eficiente prestación de los servicios públicos y a la protección y garantía de los derechos de
los administrados.
4o. Los trámites se adelantarán con austeridad de tiempo, medios y gastos y se impedirán las
dilaciones y los retardos en la ejecución del contrato.
5o. Se adoptarán procedimientos que garanticen la pronta solución de las diferencias y
controversias que con motivo de la celebración y ejecución del contrato se presenten.
6o. Las entidades estatales abrirán licitaciones o concursos e iniciarán procesos de suscripción
de contratos, cuando existan las respectivas partidas o disponibilidades presupuestales.
7o. La conveniencia o inconveniencia del objeto a contratar y las autorizaciones y
aprobaciones para ello, se analizarán o impartirán con antelación al inicio del proceso de
selección del contratista o al de la firma del contrato, según el caso.
8o. El acto de adjudicación y el contrato no se someterán a aprobaciones o revisiones
administrativas posteriores, ni a cualquier otra clase de exigencias o requisitos, diferentes de
los previstos en este estatuto.
9o. En los procesos de contratación intervendrán el jefe y las unidades asesoras y ejecutoras
de la entidad que se señalen en las correspondientes normas sobre su organización y
funcionamiento.
10. Los jefes o representantes de las entidades a las que se aplica la presente ley, podrán
delegar la facultad para celebrar contratos en los términos previstos en el artículo 12 de esta
ley y con sujeción a las cuantías que señalen sus respectivas juntas o consejos directivos. En
los demás casos, dichas cuantías las fijará el reglamento.
11. Las corporaciones de elección popular y los organismos de control y vigilancia no
intervendrán en los procesos de contratación, salvo en lo relacionado con la solicitud de
audiencia pública para la adjudicación en caso de licitación.
De conformidad con lo previsto en los artículos 300, numeral 9o., y 313, numeral 3o., de la
Constitución Política, las asambleas departamentales y los concejos municipales autorizarán a
los gobernadores y alcaldes, respectivamente, para la celebración de contratos .
12. Con la debida antelación a la apertura del procedimiento de selección o de la firma del
contrato, según el caso, deberán elaborarse los estudios, diseños y proyectos requeridos, y
los pliegos de condiciones o términos de referencia.
La exigencia de los diseños no regirá cuando el objeto de la contratación sea la construcción
o fabricación con diseños de los proponentes . 13. Las autoridades constituirán las reservas y compromisos presupuestales necesarios,
tomando como base el valor de las prestaciones al momento de celebrar el contrato y el
estimativo de los ajustes resultantes de la aplicación de la cláusula de actualización de
precios.
14. Las entidades incluirán en sus presupuestos anuales una apropiación global destinada a
cubrir los costos imprevistos ocasionados por los retardos en los pagos, así como los que se
originen en la revisión de los precios pactados por razón de los cambios o alteraciones en las
condiciones iniciales de los contratos por ellas celebrados.
15. Las autoridades no exigirán sellos, autenticaciones, documentos originales o autenticados,
reconocimientos de firmas, traducciones oficiales, ni cualquier otra clase de formalidades o
exigencias rituales, salvo cuando en forma perentoria y expresa lo exijan leyes especiales.
La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al
proponente, no necesarios para la comparación de propuestas, no servirá de título suficiente
para el rechazo de los ofrecimientos hechos.
16. En las solicitudes que se presenten en el curso de la ejecución del contrato, si la entidad
estatal no se pronuncia dentro del término de tres (3) meses siguientes, se entenderá que la
decisión es favorable a las pretensiones del solicitante en virtud del silencio administrativo
positivo. Pero el funcionario o funcionarios competentes para dar respuesta serán
responsables en los términos de esta ley.
17. Las entidades no rechazarán las solicitudes que se les formulen por escrito aduciendo la
inobservancia por parte del peticionario de las formalidades establecidas por la entidad para
su tramitación y oficiosamente procederán a corregirlas y a subsanar los defectos que se
adviertan en ellas. Igualmente, estarán obligadas a radicar las actas o cuentas de cobro en la
fecha en que sean presentadas por el contratista, procederán a corregirlas o ajustarlas
oficiosamente si a ello hubiere lugar y, si esto no fuere posible, las devolverán a la mayor
brevedad explicando por escrito los motivos en que se fundamente tal determinación .
18. La declaratoria de desierta de la licitación o concurso únicamente procederá por motivos o
causas que impidan la escogencia objetiva y se declarará en acto administrativo en el que se
señalarán en forma expresa y detallada las razones que han conducido a esa decisión.
19. El contratista prestará garantía única que avalará el cumplimiento de las obligaciones
surgidas del contrato, la cual se mantendrá vigente durante su vida y liquidación y se ajustará
a los límites, existencia y extensión del riesgo amparado. Igualmente, los proponentes
prestarán garantía de seriedad de los ofrecimientos hechos.
Las garantías consistirán en pólizas expedidas por compañías de seguros legalmente
autorizadas para funcionar en Colombia o en garantías bancarias. La garantía se entenderá vigente hasta la liquidación del contrato garantizado y la
prolongación de sus efectos y, tratándose de pólizas, no expirará por falta de pago de la
prima o por revocatoria unilateral.
Las garantías no serán obligatorias en los contratos de empréstito, interadministrativos y en
los de seguros.
Las entidades estatales podrán exonerar a las organizaciones cooperativas nacionales de
trabajo asociado legalmente constituidas del otorgamiento de garantías en los contratos que
celebren con ellas, siempre y cuando el objeto, cuantía y modalidad de los mismos, así como
las características específicas de la organización de que se trate, lo justifiquen. La decisión en
este sentido se adoptará mediante resolución motivada.
20. Los fondos destinados a la cancelación de obligaciones derivadas de contratos estatales
podrán ser entregados en administración fiduciaria o bajo cualquier otra forma de manejo
que permita la obtención de beneficios y ventajas financieras y el pago oportuno de lo
adeudado.
ARTICULO 26. DEL PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD. En virtud de este principio:
1o. Los servidores públicos están obligados a buscar el cumplimiento de los fines de la
contratación, a vigilar la correcta ejecución del objeto contratado y a proteger los derechos de
la entidad, del contratista y de los terceros que puedan verse afectados por la ejecución del
contrato.
2o. Los servidores públicos responderán por sus actuaciones y omisiones antijurídicas y
deberán indemnizar los daños que se causen por razón de ellas.
3o. Las entidades y los servidores públicos, responderán cuando hubieren abierto licitaciones
o concursos sin haber elaborado previamente los correspondientes pliegos de condiciones,
términos de referencia, diseños, estudios, planos y evaluaciones que fueren necesarios, o
cuando los pliegos de condiciones o términos de referencia hayan sido elaborados en forma
incompleta, ambigua o confusa que conduzcan a interpretaciones o decisiones de carácter
subjetivo por parte de aquellos.
4o. Las actuaciones de los servidores públicos estarán presididas por las reglas sobre
administración de bienes ajenos y por los mandatos y postulados que gobiernan una
conducta ajustada a la ética y a la justicia.
5o. La responsabilidad de la dirección y manejo de la actividad contractual y la de los
procesos de selección será del j efe o representante de la entidad estatal quien no podrá
trasladarla a las juntas o consejos directivos de la entidad, ni a las corporaciones de elección
popular, a los comités asesores, ni a los organismos de control y vigilancia de la misma. 6o. Los contratistas responderán cuando formulen propuestas en las que se fijen condiciones
económicas y de contratación artificialmente bajas con el propósito de obtener la adjudicación
del contrato.
7o. Los contratistas responderán por haber ocultado al contratar, inhabilidades,
incompatibilidades o prohibiciones, o por haber suministrado información falsa.
8o. Los contratistas responderán y la entidad velará por la buena calidad del objeto
contratado.
ARTICULO 27. DE LA ECUACION CONTRACTUAL. En los contratos estatales se mantendrá la
igualdad o equivalencia entre derechos y obligaciones surgidos al momento de proponer o de
contratar, según el caso. Si dicha igualdad o equivalencia se rompe por causas no imputables
a quien resulte afectado, las partes adoptarán en el menor tiempo posible las medidas
necesarias para su restablecimiento.
Para tales efectos, las partes suscribirán los acuerdos y pactos necesarios sobre cuantía,
condiciones y forma de pago de gastos adicionales, reconocimiento de costos financieros e
intereses, si a ello hubiere lugar, ajustando la cancelación a las disponibilidades de la
apropiación de que trata el numeral 14 del artículo 25. En todo caso, las entidades deberán
adoptar las medidas necesarias que aseguren la efectividad de estos pagos y reconocimientos
al contratista en la misma o en la siguiente vigencia de que se trate.
ARTICULO 28. DE LA INTERPRETACION DE LAS REGLAS CONTRACTUALES. En la
interpretación de las normas sobre contratos estatales, relativas a procedimientos de
selección y escogencia de contratistas y en la de las cláusulas y estipulaciones de los
contratos, se tendrá en consideración los fines y los principios de que trata esta ley, los
mandatos de la buena fe y la igualdad y equilibrio entre prestaciones y derechos que
caracteriza a los contratos conmutativos.
ARTICULO 29. DEL DEBER DE SELECCION OBJETIVA. La selección de contratistas será
objetiva.
Es objetiva la selección en la cual la escogencia se hace al ofrecimiento más favorable a la
entidad y a los fines que ella busca, sin tener en consideración factores de afecto o de interés
y, en general, cualquier clase de motivación subjetiva.
Ofrecimiento más favorable es aquel que, teniendo en cuenta los factores de escogencia,
tales como cumplimiento, experiencia, organización, equipos, plazo, precio y la ponderación
precisa, detallada y concreta de los mismos, contenida en los pliegos de condiciones o
términos de referencia o en el análisis previo a la suscripción del contrato, si se trata de
contratación directa, resulta ser el más ventajoso para la entidad, sin que la favorabilidad la
constituyan factores diferentes a los contenidos en dichos documentos, sólo alguno de ellos,
el más bajo precio o el plazo ofrecido. El menor plazo que se ofrezca inferior al solicitado en
los pliegos, no será objeto de evaluación . El administrador efectuará las comparaciones del caso mediante el cotejo de los diferentes
ofrecimientos recibidos, la consulta de precios o condiciones del mercado y los estudios y
deducciones de la entidad o de los organismos consultores o asesores designados para ello.
En caso de comparación de propuestas nacionales y extranjeras, se incluirán los costos
necesarios para la entrega del producto terminado en el lugar de su utilización.
ARTICULO 30. DE LA ESTRUCTURA DE LOS PROCEDIMIENTOS DE SELECCION. La licitación o
concurso se efectuará conforme a las siguientes reglas:
1o. El jefe o representante de la entidad estatal ordenará su apertura por medio de acto
administrativo motivado.
De conformidad con lo previsto en el numeral 12 del artículo 25 de esta ley, la resolución de
apertura debe estar precedida de un estudio realizado por la entidad respectiva en el cual se
analice la conveniencia y oportunidad del contrato y su adecuación a los planes de inversión,
de adquisición o compras, presupuesto y ley de apropiaciones, según el caso. Cuando sea
necesario, el estudio deberá estar acompañado, además, de los diseños, planos y
evaluaciones de prefactibilidad o factibilidad.
2o. La entidad interesada elaborará los correspondientes pliegos de condiciones o términos
de referencia, de conformidad con lo previsto en el numeral 5o. del artículo 24 de esta ley, en
los cuales se detallarán especialmente los aspectos relativos al objeto del contrato, su
regulación jurídica, los derechos y obligaciones de las partes, la determinación y ponderación
de los factores objetivos de selección y todas las demás circunstancias de tiempo, modo y
lugar que se consideren necesarias para garantizar reglas objetivas, claras y completas.
3o. Dentro de los diez (10) a veinte (20) días calendario anteriores a la apertura de la
licitación o concurso se publicaran hasta tres (3) avisos con intervalos entre dos (2) y cinco
(5) días calendario, según lo exija la naturaleza, objeto y cuantía del contrato, en diarios de
amplia circulación en el territorio de jurisdicción de la entidad o, a falta de estos, en otros
medios de comunicación social que posean la misma difusión.
En defecto de dichos medios de comunicación, en los pequeños poblados, de acuerdo con los
criterios que disponga el reglamento, se leerán por bando y se fijarán por avisos en los
principales lugares públicos por el término de siete (7) días calendario, entre los cuales
deberá incluir uno de los días de mercado en la respectiva población.
Los avisos contendrán información sobre el objeto y características esenciales de la respectiva
licitación o concurso.
4o. Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al inicio del plazo para la presentación de
propuestas y a solicitud de cualquiera de las personas que retiraron pliegos de condiciones o
términos de referencia, se celebrará una audiencia con el objeto de precisar el contenido y
alcance de los mencionados documentos y de oír a los interesados, de lo cual se levantará un
acta suscrita por los intervinientes . Como resultado de lo debatido en la audiencia y cuando resulte conveniente, el jefe o
representante de la entidad expedirá las modificaciones pertinentes a dichos documentos y
prorrogará, si fuere necesario, el plazo de la licitación o concurso hasta por seis (6) días
hábiles .
Lo anterior no impide que dentro del plazo de la licitación o concurso, cualquier interesado
pueda solicitar aclaraciones adicionales que la entidad contratante responderá mediante
comunicación escrita, copia de la cual enviará a todos y cada una de las personas que
retiraron pliegos o términos de referencia.
5o. El plazo de la licitación o concurso, entendido como el término que debe transcurrir entre
la fecha a partir de la cual se pueden presentar propuestas y la de su cierre, se señalará en
los pliegos de condiciones o términos de referencia, de acuerdo con la naturaleza, objeto y
cuantía del contrato.
Cuando lo estime conveniente la entidad interesada o cuando lo soliciten las dos terceras
partes de las personas que hayan retirado pliegos de condiciones o términos de referencia,
dicho plazo se podrá prorrogar, antes de su vencimiento, por un término no superior a la
mitad del inicialmente fijado.
6o. Las propuestas deben referirse y sujetarse a todos y cada uno de los puntos contenidos
en el pliego de condiciones o términos de referencia. Los proponentes pueden presentar
alternativas y excepciones técnicas o económicas siempre y cuando ellas no signifiquen
condicionamientos para la adjudicación.
7o. De acuerdo con la naturaleza, objeto y cuantía del contrato, en los pliegos de condiciones
o términos de referencia, se señalará el plazo razonable dentro del cual la entidad deberá
elaborar los estudios técnicos, económicos y jurídicos necesarios para la evaluación de las
propuestas y para solicitar a los proponentes las aclaraciones y explicaciones que se estimen
indispensables.
8o. Los informes de evaluación de las propuestas permanecerán en la secretaría de la entidad
por un término de cinco (5) días hábiles para que los oferentes presenten las observaciones
que estimen pertinentes. En ejercicio de esta facultad, los oferentes no podrán completar,
adicionar, modificar o mejorar sus propuestas.
9o. Los plazos para efectuar la adjudicación y para la firma del contrato se señalarán en los
pliegos de condiciones o términos de referencia, teniendo en cuenta su naturaleza, objeto y
cuantía.
El jefe o representante de la entidad podrá prorrogar dichos plazos antes de su vencimiento y
por un término total no mayor a la mitad del inicialmente fijado, siempre que las necesidades
de la administración así lo exijan. Dentro del mismo término de adjudicación, podrá declararse desierta la licitación o concurso
conforme a lo previsto en este estatuto.
10. En el evento previsto en el artículo 273 de la Constitución Política, la adjudicación se hará
en audiencia pública. En dicha audiencia participaran el jefe de la entidad o la persona en
quien, conforme a la ley, se haya delegado la facultad de adjudicar y, además, podrán
intervenir en ella los servidores públicos que hayan elaborado los estudios y evaluaciones, los
proponentes y las demás personas que deseen asistir.
De la audiencia se levantará un acta en la que se dejará constancia de las deliberaciones y
decisiones que en el desarrollo de la misma se hubieren producido.
11. El acto de adjudicación se hará mediante resolución motivada que se notificará
personalmente al proponente favorecido en la forma y términos establecidos para los actos
administrativos y, en el evento de no haberse realizado en audiencia pública, se comunicará a
los no favorecidos dentro de los cinco (5) días calendario siguientes.
El acto de adjudicación es irrevocable y obliga la entidad al adjudicatario.
12. Si el adjudicatario no suscribe el contrato correspondiente dentro del término que se haya
señalado, quedará a favor de la entidad contratante, en calidad de sanción, el valor del
depósito o garantía constituidos para responder por la seriedad de la propuesta, sin
menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y
no cubiertos por el valor de los citados depósito o garantía.
En este evento, la entidad estatal mediante acto administrativo debidamente motivado, podrá
contrato, dentro de los quince (15) días siguientes, al proponente calificado en segundo
lugar, siempre y cuando su propuesta sea igualmente favorable para la entidad.
PARAGRAFO. Para los efectos de la presente ley se entiende por licitación pública el
procedimiento mediante el cual la entidad estatal formula públicamente una convocatoria
para que, en igualdad de oportunidades, los interesados presenten sus ofertas y seleccione
entre ellas la más favorable. Cuando el objeto del contrato consista en estudios o trabajos
técnicos, intelectuales o especializados, el proceso de selección se llamará concurso y se
efectuará también mediante invitación pública.
ARTICULO 31. DE LA PUBLICACION DE LOS ACTOS Y SENTENCIAS SANCIONATORIAS. La
parte resolutiva de los actos sancionatorios, una vez ejecutoriados, se publicará por dos (2)
veces en medios de comunicación social escrita con amplia circulación en el territorio de
jurisdicción de la entidad estatal respectiva y se comunicará a la cámara de comercio en que
se encuentre inscrito el contratista sancionado. También se publicará en el Diario Oficial y se
comunicarán a la Procuraduría General de la Nación.
Ante la ausencia de estos medios de comunicación se anunciará por bando público en dos (2)
días de mercado diferentes. La publicación a que se refiere el presente artículo correrá a cargo del sancionado. Si este no
cumple con tal obligación, la misma se hará por parte de la entidad estatal, la cual repetirá
contra el obligado.
III. DEL CONTRATO ESTATAL
ARTICULO 32. DE LOS CONTRATOS ESTATALES. Son contratos estatales todos los actos
jurídicos generadores de obligaciones que celebren las entidades a que se refiere el presente
estatuto, previstos en el derecho privado o en disposiciones especiales, o derivados del
ejercicio de la autonomía de la voluntad, así como los que, a título enunciativo, se definen a
continuación:
1o. Contrato de obra.
Son contratos de obra los que celebren las entidades estatales para la construcción,
mantenimiento, instalación y, en general, para la realización de cualquier otro trabajo material
sobre bienes inmuebles, cualquiera que sea la modalidad de ejecución y pago.
En los contratos de obra que hayan sido celebrados como resultado de un proceso de
licitación o concurso públicos, la interventoría deberá ser contratada con una persona
independiente de la entidad contratante y del contratista, quien responderá por los hechos y
omisiones que le fueren imputables en los términos previstos en el artículo 53 del presente
estatuto.
2o. Contrato de Consultoría
Son contratos de consultoría los que celebren las entidades estatales referidos a los estudios
necesarios para la ejecución de proyectos de inversión, estudios de diagnóstico,
prefactibilidad o factibilidad para programas o proyectos específicos, así como a las asesorías
técnicas de coordinación, control y supervisión.
Son también contratos de consultoría los que tienen por objeto la interventoría, asesoría,
gerencia de obra o de proyectos, dirección, programación y la ejecución de diseños, planos,
anteproyectos y proyectos.
Ninguna orden del interventor de una obra podrá darse verbalmente. Es obligatorio para el
interventor entregar por escrito sus ordenes o sugerencias y ellas deben enmarcarse dentro
de los términos del respectivo contrato.
3o. Contrato de prestación de servicios
Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para
desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad.
Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no
puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se
celebrarán por el término estrictamente indispensable.
4o. Contrato de concesión
Son contratos de concesión los que celebran las entidades estatales con el objeto de otorgar
a una persona llamada concesionario la prestación, operación, explotación, organización o
gestión, total o parcial, de un servicio público, o la construcción, explotación o conservación
total o parcial, de una obra o bien destinados al servicio o uso público, así como todas
aquellas actividades necesarias para la adecuada prestación o funcionamiento de la obra o
servicio por cuenta y riesgo del concesionario y bajo la vigilancia y control de la entidad
concedente, a cambio de una remuneración que puede consistir en derechos, tarifas, tasas,
valorización, o en la participación que se le otorgue en la explotación del bien, o en una suma
periódica, única o porcentual y, en general, en cualquier otra modalidad de contraprestación
que las partes acuerden.
5o. Encargos Fiduciarios y Fiducia Pública.
Las entidades estatales sólo podrán celebrar contratos de fiducia pública, cuando así lo
autorice la ley, la Asamblea Departamental o el Concejo Municipal, según el caso.
Los encargos fiduciarios que celebren las entidades estatales con las sociedades fiduciarias
autorizadas por la Superintendencia Bancaria, tendrán por objeto la administración o el
manejo de los recursos vinculados a los contratos que tales entidades celebren. Lo anterior
sin perjuicio de lo previsto en el numeral 20 del artículo 25 de esta ley.
Los encargos fiduciarios y los contratos de fiducia pública sólo podrán celebrarse por las
entidades estatales con estricta sujeción a lo dispuesto en el presente estatuto, únicamente
para objetos y con plazos precisamente determinados En ningún caso las entidades públicas
fideicomitentes podrán delegar en las sociedades fiduciarias la adjudicación de los contratos
que se celebren en desarrollo del encargo o de la fiducia pública, ni pactar su remuneración
con cargo a los rendimientos del fideicomiso, salvo que éstos se encuentren presupuestados.
Los encargos fiduciarios y los contratos de fiducia mercantil que a la fecha de promulgación
de ésta ley hayan sido suscritos por las entidades estatales, continuarán vigentes en los
términos convenidos con las sociedades fiduciarias.
La selección de la sociedad fiduciaria a contratar, sea pública o privada, se hará con rigurosa
observancia del procedimiento de licitación o concurso previsto en esta ley.
Los actos y contratos que se realicen en desarrollo de un contrato de fiducia pública o
encargo fiduciario cumplirán estrictamente con las normas previstas en este estatuto, así
como con las disposiciones fiscales, presupuestales, de interventoría y de control a las cuales
esté sujeta la entidad estatal fideicomitente. Sin perjuicio de la inspección y vigilancia que sobre las sociedades fiduciarias corresponde
ejercer a la Superintendencia Bancaria y del control posterior que deben realizar la Contraloría
General de la República y las Contralorías Departamentales, Distritales y Municipales sobre la
administración de los recursos públicos por tales sociedades, las entidades estatales ejercerán
un control sobre la actuación de la sociedad fiduciaria en desarrollo de los encargos
fiduciarios o contratos de fiducia, de acuerdo con la Constitución Política y las normas
vigentes sobre la materia.
La fiducia que se autoriza para el sector público en esta ley, nunca implicará transferencia de
dominio sobre bienes o recursos estatales, ni constituirá patrimonio autónomo del propio de
la respectiva entidad oficial, sin perjuicio de las responsabilidades propias del ordenador del
gasto. A la fiducia pública le serán aplicables las normas del Código de Comercio sobre fiducia
mercantil, en cuanto sean compatibles con lo dispuesto en esta ley.
So pena de nulidad no podrán celebrarse contratos de fiducia o subcontratos en
contravención del artículo 355 de la Constitución Política. Si tal evento se diese, la entidad
fideicomitente deberá repetir contra la persona, natural o jurídica, adjudicataria del respectivo
contrato.
PARAGRAFO 1o. Sin perjuicio de lo dispuesto en esta ley sobre fiducia y encargo fiduciario,
los contratos que celebren los establecimientos de crédito, las compañías de seguros y las
demás entidades financieras de carácter estatal, que correspondan al giro ordinario de las
actividades propias de su objeto social, no estarán sujetos a las disposiciones del presente
estatuto y se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a dichas
actividades.
PARAGRAFO 2o. Las personas interesadas en celebrar contratos de concesión para la
construcción de una obra pública, podrán presentar oferta en tal sentido a la respectiva
entidad estatal en la que se incluirá, como mínimo, la descripción de la obra, su
prefactibilidad técnica y financiera y la evaluación de su impacto ambiental. Presentada la
oferta, la entidad estatal destinataria de la misma la estudiará en el término máximo de tres
(3) meses y si encuentra que el proyecto no es viable así se lo comunicará por escrito al
interesado. En caso contrario, expedirá una resolución mediante la cual ordenará la apertura
de la licitación, previo cumplimiento de lo previsto en los numerales 2o. y 3o. del artículo 30
de esta ley.
Cuando además de la propuesta del oferente inicial, se presente como mínimo una propuesta
alternativa, la entidad estatal dará cumplimiento al procedimiento de selección objetiva
previsto en el citado artículo 30.
Si dentro del plazo de la licitación no se presenta otra propuesta, la entidad estatal adjudicará
el contrato al oferente inicial en el término señalado en el respectivo pliego, siempre que
cumpla plenamente con los requisitos exigidos en el mismo.
Los proponentes podrán presentar diversas posibilidades de asociación con otra u otras
personas naturales o jurídicas cuyo concurso consideren indispensable para la cabal ejecución del contrato de concesión en sus diferentes aspectos. Para el efecto, indicarán con precisión
si pretenden organizarse como consorcio, unión temporal, sociedad o bajo cualquier otra
modalidad de asociación que consideren conveniente. En estos casos deberán adjuntar a la
propuesta un documento en el que los interesados expresen claramente su intención de
formar parte de la asociación propuesta. Así mismo deberán presentar los documentos que
acrediten los requisitos exigidos por la entidad estatal en el pliego de condiciones.
Cuando se proponga constituir sociedades para los fines indicados en este parágrafo, el
documento de intención consistirá en una promesa de contrato de sociedad cuyo
perfeccionamiento se sujetará a la condición de que el contrato se le adjudique. Una vez
expedida la resolución de adjudicación y constituida en legal forma la sociedad de que se
trate, el contrato de concesión se celebrará con su representante legal.
ARTICULO 33. DE LA CONCESION DE LOS SERVICIOS Y DE LAS ACTIVIDADES DE
TELECOMUNICACIONES. Se entiende por actividad de telecomunicaciones el establecimiento
de una red de telecomunicaciones, para uso particular y exclusivo, a fin de satisfacer
necesidades privadas de telecomunicaciones, y sin conexión a las redes conmutadas del
Estado o a otras redes privadas de telecomunicaciones. Para todos los efectos legales las
actividades de telecomunicaciones se asimilan a servicios privados.
Se entiende por servicios de telecomunicaciones aquellos que son prestados por personas
jurídicas, públicas o privadas, debidamente constituidas en Colombia, con o sin ánimo de
lucro, con el fin de satisfacer necesidades específicas de telecomunicaciones a terceros,
dentro del territorio nacional o en conexión con el exterior.
Para efectos de la presente ley, la clasificación de servicios públicos y de las actividades de
telecomunicaciones será la establecida en el decreto-ley 1900 de 1990 o en las demás
normas que lo aclaren, modifiquen o deroguen.
Los servicios y las actividades de telecomunicación serán prestados mediante concesión
otorgada por contratación directa o a través de licencias por las entidades competentes, de
acuerdo con lo dispuesto en el decreto-ley 1900 de 1990 o en las normas que lo sustituyan,
modifiquen o adicionen.
Las calidades de las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, y los requisitos y
condiciones, jurídicos y técnicos, que deben cumplir los concesionarios de los servicios y
actividades de telecomunicaciones, serán los previstos en las normas y estatutos de
telecomunicaciones vigentes.
PARAGRAFO. Los procedimientos, contratos, modalidades de asociación y adjudicación de
servicios de telecomunicaciones de que trata la ley 37 de 1.993, continuarán rigiéndose por lo
previsto en dicha ley y en las disposiciones que la desarrollen o complementen. Los servicios
de televisión se concederán mediante contrato, de conformidad con las normas legales y
disposiciones especiales sobre la materia. ARTICULO 34. DE LA CONCESION DEL SERVICIO DE TELEFONIA DE LARGA DISTANCIA
NACIONAL E INTERNACIONAL. La concesión para la prestación de los servicios de telefonía
básica fija conmutada de larga distancia nacional e internacional, se otorgará conforme a lo
dispuesto por el Decreto 2122 de 1992.
ARTICULO 35. DE LA RADIODIFUSION SONORA. Los concesionarios de los servicios de
radiodifusión sonora, podrán ser personas naturales o jurídicas, cuya selección se hará por el
procedimiento objetivo previsto en esta ley, de acuerdo con las prioridades establecidas en el
Plan General de Radiodifusión que expida el Gobierno Nacional.
El servicio de radiodifusión sonora sólo podrá concederse a nacionales colombianos o a
personas jurídicas debidamente constituidas en Colombia.
En las licencias para la prestación del servicio de radiodifusión sonora, se entenderá
incorporada la reserva de utilización de los canales de radiodifusión, al menos por dos (2)
horas diarias, para realizar programas de educación a distancia o difusión de comunicaciones
oficiosas de carácter judicial.
PARAGRAFO 1o. El servicio comunitario de radiodifusión sonora, será considerado como
actividad de telecomunicaciones y otorgado directamente mediante licencia, previo
cumplimiento de los requisitos y condiciones jurídicas, sociales y técnicas que disponga el
Gobierno Nacional.
PARAGRAFO 2o. En consonancia con lo dispuesto en el artículo 75 de la Constitución Política,
en los procedimientos relativos a la concesión de los servicios de radiodifusión sonora, la
adjudicación se hará al proponente que no sea concesionario de tales servicios en la misma
banda y en el mismo espacio geográfico en el que, conforme a los respectivos pliegos, vaya a
funcionar la emisora, siempre que reúna los requisitos y condiciones jurídicas, económicas y
técnicas exigidas. Cualquiera de los proponentes podrá denunciar ante la entidad concedente
y ante las demás autoridades competentes, los hechos o acciones a través de los cuales se
pretenda desconocer el espíritu de esta norma.
ARTICULO 36. DE LA DURACION Y PRORROGA DE LA CONCESION. El término de duración de
las concesiones para la prestación de los servicios y actividades de telecomunicaciones, no
podrá exceder de diez (10) años, prorrogable automáticamente por un lapso igual. Dentro del
año siguiente a la prórroga automática, se procederá a la formalización de la concesión.
PARAGRAFO. Los contratos vigentes para la prestación del servicio de radio difusión sonora,
quedan prorrogados automáticamente por el término para el cual fueron otorgados, siempre
y cuando no exceda el lapso de diez (10) años.
ARTICULO 37. DEL REGIMEN DE CONCESIONES Y LICENCIAS DE LOS SERVICIOS POSTALES.
Los servicios postales comprenden la prestación de los servicios de correo y del servicio de
mensajería especializada. Se entiende por servicio de correo la prestación de los servicios de giros postales y
telegráficos, así como el recibo, clasificación y entrega de envíos de correspondencia y otros
objetos postales, transportados vía superficie y aérea, dentro del territorio nacional. El
servicio de correo internacional se prestará de acuerdo con los convenios y acuerdos
internacionales suscritos con la Unión Postal Universal y los países miembros.
Se entiende por servicio de mensajería especializada, la clase de servicio postal prestado con
independencia a las redes postales oficiales del correo nacional e internacional, que exige la
aplicación y adopción de características especiales para la recepción, recolección y entrega
personalizada de los objetos transportados, vía superficie y aérea, en el ámbito nacional y en
conexión con el exterior.
El Gobierno Nacional reglamentará las calidades, condiciones y requisitos que deben reunir
las personas naturales y jurídicas para la prestación de los servicios postales. Igualmente
fijará los derechos, tasas y tarifas, que regularán las concesiones y licencias para la
prestación de los servicios postales.
PARAGRAFO 1o. La prestación de los servicios de correos se concederá mediante contrato, a
través del procedimiento de selección objetiva de que trata la presente ley.
La prestación del servicio de mensajería especializada se concederá directamente mediante
licencia.
PARAGRAFO 2o. El término de duración de las concesiones para la prestación de los servicios
postales, no podrá exceder de cinco (5) años, pero podrá ser prorrogado antes de su
vencimiento por igual término.
ARTICULO 38. DEL REGIMEN ESPECIAL PARA LAS ENTIDADES ESTATALES QUE PRESTAN EL
SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES. Las entidades estatales que tengan por objeto la
prestación de servicios y actividades de telecomunicaciones, en los contratos que celebren
para la adquisición y suministro de equipos, construcción, instalación y mantenimiento de
redes y de los sitios donde se ubiquen, no estarán sujetos a los procedimientos de selección
previstos en esta ley.
Los estatutos internos de estas entidades determinarán las cláusulas excepcionales que
podrán pactar en los contratos, de acuerdo con la naturaleza propia de cada uno de ellos, así
como los procedimientos y las cuantías a los cuales deben sujetarse para su celebración.
Los procedimientos que en cumplimiento de lo previsto en este artículo adopten las
mencionadas entidades estatales, deberán desarrollar los principios de selección objetiva,
transparencia, economía y responsabilidad establecidos en esta ley.
ARTICULO 39. DE LA FORMA DEL CONTRATO ESTATAL. Los contratos que celebren las
entidades estatales constarán por escrito y no requerirán ser elevados a escritura pública, con
excepción de aquellos que impliquen mutación del dominio o imposición de gravámenes y servidumbres sobre bienes inmuebles y, en general, aquellos que conforme a las normas
legales vigentes deban cumplir con dicha formalidad.

Las entidades estatales establecerán las medidas que demande la preservación, inmutabilidad
y seguridad de los originales de los contratos estatales.
PARAGRAFO. No habrá lugar a la celebración de contrato con las formalidades plenas cuando
se trate de contratos cuyos valores correspondan a los que a continuación se relacionan,
determinados en función de los presupuestos anuales de las entidades a las que se aplica la
presente ley, expresados en salarios mínimos legales mensuales.
Para las entidades que tengan un presupuesto anual igual o superior a 6.000.000 de salarios
mínimos legales mensuales, cuando el valor del contrato sea igual o inferior a 2.500 salarios
mínimos legales mensuales; las que tengan un presupuesto anual igual o superior a
4.000.000 de salarios mínimos legales mensuales e inferior a 6.000.000 de salarios mínimos
legales mensuales, cuando el valor del contrato sea igual o inferior a 1.000 salarios mínimos
legales mensuales; las que tengan un presupuesto anual igual o superior a 2.000.000 de
salarios mínimos legales mensuales e inferior a 4.000.000 de salarios mínimos legales
mensuales, cuando el valor del contrato sea igual o inferior a 300 salarios mínimos legales
mensuales; las que tengan un presupuesto anual igual o superior a 1.000.000 de salarios
mínimos legales mensuales e inferior a 2.000.000 de salarios mínimos legales mensuales
cuando el valor del contrato sea igual o inferior a 50 salarios mínimos legales mensuales; las
que tengan un presupuesto anual igual o superior a 500.000 e inferior a 1.000.000 de
salarios mínimos legales mensuales, cuando el valor del contrato sea igual o inferior a 40
salarios mínimos legales mensuales; las que tengan un presupuesto anual igual o superior a
250.000 e inferior a 500.000 salarios mínimos legales mensuales, cuando el valor del contrato
sea igual o inferior a 30 salarios mínimos legales mensuales; las que tengan un presupuesto
anual igual o superior a 120.000 e inferior a 250.000 salarios mínimos legales mensuales,
cuando el valor del contrato sea igual o inferior a 20 salarios mínimos legales mensuales y las
que tengan un presupuesto anual inferior a 120.000 salarios mínimos legales mensuales,
cuando el valor del contrato sea igual o inferior a 15 salarios mínimos legales mensuales.
En estos casos, las obras, trabajos, bienes o servicios objeto del contrato, deben ser
ordenados previamente y por escrito por el jefe o representante legal de la entidad, o por el
funcionario en quien hubiese delegado la ordenación del gasto.
ARTICULO 40. DEL CONTENIDO DEL CONTRATO ESTATAL. Las estipulaciones de los
contratos serán las que de acuerdo con las normas civiles, comerciales y las previstas en esta
ley, correspondan a su esencia y naturaleza.
Las entidades podrán celebrar los contratos y acuerdos que permitan la autonomía de la
voluntad y requieran el cumplimiento de los fines estatales.
En los contratos que celebren las entidades estatales podrán incluirse las modalidades,
condiciones y, en general, las cláusulas o estipulaciones que las partes consideren necesarias y convenientes, siempre que no sean contrarias a la Constitución, la ley, el orden público y a
los principios y finalidades de esta ley y a los de la buena administración.
En los contratos de empréstito o cualquier otra forma de financiación de organismos
multilaterales, podrán incluirse las previsiones y particularidades contempladas en los
reglamentos de tales entidades, que no sean contrarias a la Constitución o a la ley.
PARAGRAFO . En Los contratos que celebren las entidades estatales se podrá pactar el pago
anticipado y la entrega de anticipos, pero su monto no podrá exceder del cincuenta por ciento
(50%) del valor del respectivo contrato.
Los contratos no podrán adicionarse en más del cincuenta por ciento (50%) de su valor
inicial, expresado éste en salarios mínimos legales mensuales.
ARTICULO 41. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. Los contratos del Estado se
perfeccionan cuando se logre acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y éste se eleve a
escrito.
Para la ejecución se requerirá de la aprobación de la garantía y de la existencia de las
disponibilidades presupuestales correspondientes, salvo que se trate de la contratación con
recursos de vigencias fiscales futuras de conformidad con lo previsto en la ley orgánica del
presupuesto.
Los contratos estatales son intuito personae y, en consecuencia, una vez celebrados no
podrán cederse sin previa autorización escrita de la entidad contratante.
En caso de situaciones de urgencia manifiesta a que se refiere el artículo 42 de esta ley que
no permitan la suscripción de contrato escrito, se prescindirá de éste y aún del acuerdo
acerca de la remuneración, no obstante deberá dejarse constancia escrita de la autorización
impartida por la entidad estatal contratante.
A falta de acuerdo previo sobre la remuneración de que trata el inciso anterior, la
contraprestación económica se acordará con posterioridad al inicio de la ejecución de lo
contratado. Si no se lograre el acuerdo, la contraprestación será determinada por el
justiprecio objetivo de la entidad u organismo respectivo que tenga el carácter de cuerpo
consultivo del Gobierno y, a falta de éste, por un perito designado por las partes.
PARAGRAFO 1o. Para efectos de lo establecido en el presente artículo, la autoridad
administrativa directamente realizará los ajustes o modificaciones presupuestales a que haya
lugar de conformidad con lo previsto en la ley orgánica del presupuesto.
PARAGRAFO 2o. OPERACIONES DE CREDITO PUBLICO. Sin perjuicio de lo previsto en leyes
especiales, para efectos de la presente ley se consideran operaciones de crédito público las
que tienen por objeto dotar a la entidad de recursos con plazo para su pago, entre las que se
encuentran la contratación de empréstitos, la emisión, suscripción y colocación de bonos y títulos valores, los créditos de proveedores y el otorgamiento de garantías para obligaciones
de pago a cargo de las entidades estatales.
Así mismo, las entidades estatales podrán celebrar las operaciones propias para el manejo de
la deuda, tales como la refinanciación, reestructuración, renegociación, reordenamiento,
conversión, sustitución, compra y venta de deuda pública, acuerdos de pago, cobertura de
riesgos, las que tengan por objeto reducir el valor de la deuda o mejorar su perfil, así como
las de capitalización con ventas de activos, titularización y aquellas operaciones de similar
naturaleza que en el futuro se desarrollen. Para efectos del desarrollo de procesos de
titularización de activos e inversiones se podrán constituir patrimonios autónomos con
entidades sometidas a la vigilancia de la Superintendencia Bancaria, lo mismo que cuando
estén destinados al pago de pasivos laborales.
Cuando las operaciones señaladas en el inciso anterior se refieran a operaciones de crédito
público externo o asimiladas, se requerirá autorización previa del Ministerio de Hacienda y
Crédito Público, que podrá otorgarse en forma general o individual, dependiendo de la
cuantía y modalidad de la operación.
Para la gestión y celebración de toda operación de crédito externo y operaciones asimiladas a
éstas de las entidades estatales y para las operaciones de crédito público interno y
operaciones asimiladas a estas por parte de la Nación y sus entidades descentralizadas, así
como para el otorgamiento de la garantía de la Nación se requerirá la autorización del
Ministerio de Hacienda y Crédito Público, previos los conceptos favorables del CONPES y del
Departamento Nacional de Planeación.
El Gobierno Nacional, mediante decreto reglamentario que expedirá a más tardar el 31 de
diciembre de 1993, con base en la cuantía y modalidad de las operaciones, su incidencia en el
manejo ordenado de la economía y en los principios orgánicos de este Estatuto de
Contratación, podrá determinar los casos en que no se requieran los conceptos mencionados,
así como impartir autorizaciones de carácter general para dichas operaciones. En todo caso,
las operaciones de crédito público externo de la Nación y las garantizadas por ésta, con plazo
mayor de un año, requerirán concepto previo de la Comisión Interparlamentaria de Crédito
Público.
Las operaciones de crédito público interno de las entidades territoriales y sus descentralizadas
se regularán por las disposiciones contenidas en los Decretos 1222 y 1333 de 1986, que
continúan vigentes, salvo lo previsto en forma expresa en esta Ley. En todo caso, con
antelación al desembolso de los recursos provenientes de estas operaciones, éstas deberán
registrarse en la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y Crédito
Público.
De conformidad con las condiciones generales que establezca la autoridad monetaria, la
emisión, suscripción y colocación de títulos de deuda pública interna de las entidades
territoriales y sus descentralizadas requerirá autorización previa del Ministerio de Hacienda y
Crédito Público y concepto previo favorable de los organismos departamentales o distritales
de planeación, según el caso. Cada uno de los conceptos y autorizaciones requeridos deberá producirse dentro del término de dos meses, contados a partir de la fecha en que los
organismos que deban expedirlos reciban la documentación requerida en forma completa.
Transcurrido este término para cada organismo, se entenderá otorgado el concepto o
autorización respectiva.
En ningún caso se otorgará la garantía de la Nación a las operaciones de crédito público
interno de las entidades territoriales y sus entidades descentralizadas, ni a operaciones de
particulares.
Las operaciones a que se refiere el presente artículo y las conexas con éstas se contratarán
en forma directa. Su publicación, si a ello hubiere lugar, se cumplirá en el Diario Oficial
cuando se trate de operaciones de la Nación y sus entidades descentralizadas. Para
operaciones de la Nación este requisito se entenderá cumplido en la fecha de la orden de
publicación impartida por el Director General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda y
Crédito Público; en las entidades descentralizadas del orden nacional en la fecha del pago de
los derechos correspondientes por parte de la entidad contratante.
Salvo lo que determine el Consejo de Ministros, queda prohibida cualquier estipulación que
obligue a la entidad estatal prestataria a adoptar medidas en materia de precios, tarifas y en
general, el compromiso de asumir decisiones o actuaciones sobre asuntos de su exclusiva
competencia, en virtud de su carácter público. Así mismo, en los contratos de garantía la
Nación sólo podrá garantizar obligaciones de pago.
Las operaciones a que se refiere este artículo y que se celebren para ser ejecutadas en el
exterior se someterán a la jurisdicción que se pacte en los contratos.
PARAGRAFO 3o. Salvo lo previsto en el parágrafo anterior, perfeccionado el contrato, se
solicitará su publicación en el Diario Oficial o Gaceta Oficial correspondiente a la respectiva
entidad territorial, o a falta de dicho medio, por algún mecanismo determinado en forma
general por la autoridad administrativa territorial, que permita a los habitantes conocer su
contenido. Cuando se utilice un medio de divulgación oficial, éste requisito se entiende
cumplido con el pago de los derechos correspondientes.
ARTICULO 42. DE LA URGENCIA MANIFIESTA. Existe urgencia manifiesta cuando la
continuidad del servicio exige el suministro de bienes, o la prestación de servicios, o la
ejecución de obras en el inmediato futuro; cuando se presenten situaciones relacionadas con
los estados de excepción; cuando se trate de conjurar situaciones excepcionales relacionadas
con hechos de calamidad o constitutivos de fuerza mayor o desastre que demanden
actuaciones inmediatas y, en general, cuando se trate de situaciones similares que
imposibiliten acudir a los procedimientos de selección o concurso públicos.
La urgencia manifiesta se declarará mediante acto administrativo motivado.
PARAGRAFO. Con el fin de atender las necesidades y los gastos propios de la urgencia
manifiesta, se podrán hacer los traslados presupuestales internos que se requieran dentro del
presupuesto del organismo o entidad estatal correspondiente. ARTICULO 43. DEL CONTROL DE LA CONTRATACION DE URGENCIA. Inmediatamente
después de celebrados los contratos originados en la urgencia manifiesta, éstos y el acto
administrativo que la declaró, junto con el expediente contentivo de los antecedentes
administrativos, de la actuación y de las pruebas de los hechos, se enviará al funcionario u
organismo que ejerza el control fiscal en la respectiva entidad, el cual deberá pronunciarse
dentro de los dos (2) meses siguientes sobre los hechos y circunstancias que determinaron
tal declaración. Si fuere procedente, dicho funcionario u organismo solicitará al jefe inmediato
del servidor público que celebró los referidos contratos o a la autoridad competente, según el
caso, la iniciación de la correspondiente investigación disciplinaria y dispondrá el envío del
asunto a los funcionarios competentes para el conocimiento de las otras acciones. El uso
indebido de la contratación de urgencia será causal de mala conducta.
Lo previsto en este artículo se entenderá sin perjuicio de otros mecanismos de control que
señale el reglamento para garantizar la adecuada y correcta utilización de la contratación de
urgencia.
IV. DE LA NULIDAD DE LOS CONTRATOS
ARTICULO 44. DE LAS CAUSALES DE NULIDAD ABSOLUTA. Los contratos del Estado son
absolutamente nulos en los casos previstos en el derecho común y además cuando:
1o. Se celebren con personas incursas en causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas
en la Constitución y la ley;
2o. Se celebren contra expresa prohibición constitucional o legal;
3o. Se celebren con abuso o desviación de poder..
4o. Se declaren nulos los actos administrativos en que se fundamenten; y
5o. Se hubieren celebrado con desconocimiento de los criterios previstos en el artículo 21
sobre tratamiento de ofertas nacionales y extranjeras o con violación de la reciprocidad de
que trata esta ley.
ARTICULO 45. DE LA NULIDAD ABSOLUTA. La nulidad absoluta podrá ser alegada por las
partes, por el agente del ministerio público, por cualquier persona o declarada de oficio, y no
es susceptible de saneamiento por ratificación.
En los casos previstos en los numerales 1o., 2o. y 4o. del artículo anterior, el jefe o
representante legal de la entidad respectiva deberá dar por terminado el contrato mediante
acto administrativo debidamente motivado y ordenará su liquidación en el estado en que se
encuentre.
ARTICULO 46. DE LA NULIDAD RELATIVA. Los demás vicios que se presenten en los
contratos y que conforme al derecho común constituyen causales de nulidad relativa, pueden sanearse por ratificación expresa de los interesados o por el transcurso de dos (2) años
contados a partir de la ocurrencia del hecho generador del vicio.
ARTICULO 47. DE LA NULIDAD PARCIAL. La nulidad de alguna o algunas cláusulas de un
contrato, no invalidará la totalidad del acto, salvo cuando este no pudiese existir sin la parte
viciada.
ARTICULO 48. DE LOS EFECTOS DE LA NULIDAD. La declaración de nulidad de un contrato
de ejecución sucesiva no impedirá el reconocimiento y pago de las prestaciones ejecutadas
hasta el momento de la declaratoria.
Habrá lugar al reconocimiento y pago de las prestaciones ejecutadas del contrato nulo por
objeto o causa ilícita, cuando se probare que la entidad estatal se ha beneficiado y
únicamente hasta el monto del beneficio que ésta hubiere obtenido. Se entenderá que la
entidad estatal se ha beneficiado en cuanto las prestaciones cumplidas le hubieren servido
para satisfacer un interés público.
ARTICULO 49. DEL SANEAMIENTO DE LOS VICIOS DE PROCEDIMIENTO O DE FORMA. Ante
la ocurrencia de vicios que no constituyan causales de nulidad y cuando las necesidades del
servicio lo exijan o las reglas de la buena administración lo aconsejen, el jefe o representante
legal de la entidad, en acto motivado, podrá sanear el correspondiente vicio.
V. DE LA RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL
ARTICULO 50. DE LA RESPONSABILIDAD DE LAS ENTIDADES ESTATALES. Las entidades
responderán por las actuaciones, abstenciones, hechos y omisiones antijurídicos que les sean
imputables y que causen perjuicios a sus contratistas. En tales casos deberán indemnizar la
disminución patrimonial que se ocasione, la prolongación de la misma y la ganancia, beneficio
o provecho dejados de percibir por el contratista.
ARTICULO 51. DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS SERVIDORES PUBLICOS. El servidor público
responderá disciplinaria, civil y penalmente por sus acciones y omisiones en la actuación
contractual en los términos de la Constitución y de la ley.
ARTICULO 52. DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS CONTRATISTAS. Los contratistas
responderán civil y penalmente por sus acciones y omisiones en la actuación contractual en
los términos de la ley.
Los consorcios y uniones temporales responderán por las acciones y omisiones de sus
integrantes, en los términos del artículo 7o. de esta ley.
ARTICULO 53. DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS CONSULTORES, INTERVENTORES Y
ASESORES. Los consultores, interventores y asesores externos responderán civil y
penalmente tanto por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de
consultoría, interventoría o asesoría, como por los hechos u omisiones que les fueren
imputables y que causen daño o perjuicio a las entidades, derivados de la celebración y ejecución de los contratos respecto de los cuales hayan ejercido o ejerzan las funciones de
consultoría, interventoría o asesoría.
ARTICULO 54. DE LA ACCION DE REPETICION. En caso de condena a cargo de una entidad
por hechos u omisiones imputables a título de dolo o culpa grave de un servidor público, la
entidad, el ministerio público, cualquier persona u oficiosamente el juez competente, iniciarán
la respectiva acción de repetición, siempre y cuando aquél no hubiere sido llamado en
garantía de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.
ARTICULO 55. DE LA PRESCRIPCION DE LAS ACCIONES DE RESPONSABILIDAD
CONTRACTUAL. La acción civil derivada de las acciones y omisiones a que se refieren los
artículos 50, 51, 52 y 53 de esta ley prescribirá en el término de veinte (20) años, contados a
partir de la ocurrencia de los mismos. La acción disciplinaria prescribirá en diez (10) años. La
acción penal prescribirá en veinte (20) años.
ARTICULO 56. DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS PARTICULARES QUE INTERVIENEN
EN LA CONTRATACION ESTATAL. Para efectos penales, el contratista, el interventor, el
consultor y el asesor se consideran particulares que cumplen funciones públicas en todo lo
concerniente a la celebración, ejecución y liquidación de los contratos que celebren con las
entidades estatales y, por lo tanto, estarán sujetos a la responsabilidad que en esa materia
señala la ley para los servidores públicos.
ARTICULO 57. DE LA INFRACCION DE LAS NORMAS DE CONTRATACION. El servidor público
que realice alguna de las conductas tipificadas en los artículos 144, 145 y 146 del Código
Penal, incurrirá en prisión de cuatro (4) a doce (12) años y en multa de veinte (20) a ciento
cincuenta (150) salarios mínimos legales mensuales.
ARTICULO 58. DE LAS SANCIONES. Como consecuencia de las acciones u omisiones que se
les impute en relación con su actuación contractual, y sin perjuicio de las sanciones e
inhabilidades señaladas en la Constitución Política, las personas a que se refiere este capítulo
se harán acreedoras a:
1o. En caso de declaratoria de responsabilidad civil, al pago de las indemnizaciones en la
forma y cuantía que determine la autoridad judicial competente.
2o. En caso de declaratoria de responsabilidad disciplinaria, a la destitución.
3o. En caso de declaratoria de responsabilidad civil o penal y sin perjuicio de las sanciones
disciplinarias, los servidores públicos quedarán inhabilitados para ejercer cargos públicos y
para proponer y celebrar contratos con las entidades estatales por diez (10) años contados a
partir de la fecha de ejecutoria de la respectiva sentencia. A igual sanción estarán sometidos
los particulares declarados responsables civil o penalmente.
4o. En los casos en que se hubiere proferido medida de aseguramiento en firme, o elevado
pliego de cargos, la autoridad competente podrá, con el propósito de salvaguardar la recta
administración pública, suspender provisionalmente al servidor público imputado o sindicado hasta por el término de duración de la medida de aseguramiento o de la investigación
disciplinaria.
5o. En el evento en que se hubiere proferido medida de aseguramiento en firme a un
particular, por acciones u omisiones que se le imputen en relación con su actuación
contractual, se informará de tal circunstancia a la respectiva Cámara de Comercio que
procederá de inmediato a inscribir dicha medida en el registro de proponentes.
El jefe o representante legal de la entidad estatal que incumpla esta obligación, incurrirá en
causal de mala conducta.
6o. En el evento en que se hubiere proferido medida de aseguramiento en firme al
representante legal de una persona jurídica de derecho privado, como consecuencia de
hechos u omisiones que se le imputen en relación con su actuación contractual, aquélla
quedará inhabilitada para proponer y celebrar contratos con las entidades estatales por todo
el término de duración de la medida de aseguramiento. Si se profiere sentencia condenatoria
contra dicho representante legal, la persona jurídica quedará inhabilitada para proponer y
celebrar contratos con las entidades estatales por diez (10) años contados a partir de la fecha
de ejecutoria de dicha sentencia. A igual sanción estará sometida la persona jurídica
declarada civilmente responsable por razón de hechos u omisiones que se le imputen en
relación con su actuación contractual.
ARTICULO 59. DEL CONTENIDO DE LOS ACTOS SANCIONATORIOS. La determinación de la
responsabilidad de que tratan los artículos anteriores la harán las autoridades competentes en
providencia motivada en la que se precisarán los hechos que la generan, los motivos y
circunstancias para la cuantificación de las indemnizaciones a que haya lugar y los elementos
utilizados para la dosimetría sancionatoria. Así mismo, en ella se señalarán los medios de
impugnación y defensa que procedan contra tales actos, el término que se disponga para ello
y la autoridad ante quien deban intentarse.
VI. DE LA LIQUIDACION DE LOS CONTRATOS
ARTICULO 60. DE SU OCURRENCIA Y CONTENIDO. Los contratos de tracto sucesivo, aquellos
cuya ejecución o cumplimiento se prolongue en el tiempo y los demás que lo requieran, serán
objeto de liquidación de común acuerdo por las partes contratantes, procedimiento que se
efectuará dentro del término fijado en el pliego de condiciones o términos de referencia o, en
su defecto, a más tardar antes del vencimiento de los cuatro (4) meses siguientes a la
finalización del contrato o a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación, o
a la fecha del acuerdo que la disponga.
También en esta etapa las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que
haya lugar.
En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren
las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. Para la liquidación se exigirá al contratista la extensión o ampliación, si es del caso, de la
garantía del contrato a la estabilidad de la obra, a la calidad del bien o servicio suministrado,
a la provisión de repuestos y accesorios, al pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones,
a la responsabilidad civil y, en general, para avalar las obligaciones que deba cumplir con
posterioridad a la extinción del contrato.
ARTICULO 61. DE LA LIQUIDACION UNILATERAL. Si el contratista no se presenta a la
liquidación o las partes no llegan a acuerdo sobre el contenido de la misma, será practicada
directa y unilateralmente por la entidad y se adoptará por acto administrativo motivado
susceptible del recurso de reposición.
VII. DEL CONTROL DE LA GESTION CONTRACTUAL
ARTICULO 62. DE LA INTERVENCION DEL MINISTERIO PUBLICO. La Procuraduría General de
la Nación y los demás agentes del ministerio público, de oficio o a petición de cualquier
persona, adelantarán las investigaciones sobre la observancia de los principios y fines de la
contratación estatal y promoverán las acciones pertinentes tendientes a obtener las sanciones
pecuniarias y disciplinarias para quienes quebranten tal normatividad.
ARTICULO 63. DE LAS VISITAS E INFORMES. La procuraduría adelantará visitas a las
entidades estatales oficiosamente y con la periodicidad que demande la protección de los
recursos públicos y el imperio de la moralidad, legalidad y honestidad en la administración
pública.
Durante las visitas, cuya realización se divulgará ampliamente, se oirá a las asociaciones
gremiales y comunitarias del lugar y se dará oportunidad a los administrados para que hagan
las denuncias y presenten las quejas que a bien consideren.
Las conclusiones de las visitas se dejarán en informes escritos que se pondrán en
conocimiento de la comunidad respectiva y de ellos se correrá traslado a los jefes de las
entidades y a quienes aparezcan implicados en la comisión de conductas antijurídicas.
Copias de tales informes se enviarán a la Fiscalía General de la Nación o a la delegada
respectiva para que éstas, si es del caso, den cumplimiento a la función de que trata el
artículo siguiente.
El visitador exigirá a los administrados identificarse y les advertirá de las consecuencias de la
formulación de denuncias temerarias.
ARTICULO 64. DE LA PARTICIPACION DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION. La Fiscalía
General de la Nación, de oficio o por denuncia, investigará las conductas constitutivas de
hechos punibles en la actividad contractual y acusará a los presuntos infractores ante los
jueces competentes. La Fiscalía General de la Nación creará unidades especializadas para la investigación y
acusación de los hechos punibles que se cometan con ocasión de las actividades
contractuales de que trata esta ley.
ARTICULO 65. DE LA INTERVENCION DE LAS AUTORIDADES QUE EJERCEN CONTROL
FISCAL. La intervención de las autoridades de control fiscal se ejercerá una vez agotados los
trámites administrativos de legalización de los contratos. Igualmente se ejercerá control
posterior a las cuentas correspondientes a los pagos originados en los mismos, para verificar
que éstos se ajustaron a las disposiciones legales.
Una vez liquidados o terminados los contratos, según el caso, la vigilancia fiscal incluirá un
control financiero, de gestión y de resultados, fundados en la eficiencia, la economía, la
equidad y la valoración de los costos ambientales.
El control previo administrativo de los contratos le corresponde a las oficinas de control
interno.
Las autoridades de control fiscal pueden exigir informes sobre su gestión contractual a los
servidores públicos de cualquier orden.
ARTICULO 66. DE LA PARTICIPACION COMUNITARIA. Todo contrato que celebren las
entidades estatales, estará sujeto a la vigilancia y control ciudadano.
Las asociaciones cívicas, comunitarias, de profesionales, benéficas o de utilidad común,
podrán denunciar ante las autoridades competentes las actuaciones, hechos u omisiones de
los servidores públicos o de los particulares, que constituyan delitos, contravenciones o faltas
en materia de contratación estatal.
Las autoridades brindarán especial apoyo y colaboración a las personas y asociaciones que
emprendan campañas de control y vigilancia de la gestión pública contractual y
oportunamente suministrarán la documentación e información que requieran para el
cumplimiento de tales tareas.
El Gobierno Nacional y los de las entidades territoriales establecerán sistemas y mecanismos
de estímulo de la vigilancia y control comunitario en la actividad contractual orientados a
recompensar dichas labores .
Las entidades estatales podrán contratar con las asociaciones de profesionales y gremiales y
con las universidades y centros especializados de investigación, el estudio y análisis de las
gestiones contractuales realizadas.
ARTICULO 67. DE LA COLABORACION DE LOS CUERPOS CONSULTIVOS DEL GOBIERNO. Los
organismos o entidades gremiales, profesionales o universitarios que tengan el carácter de
cuerpos consultivos del Gobierno prestarán la colaboración que en la actividad contractual
requieran las entidades estatales. Así mismo, podrán servir de árbitros para dirimir las discrepancias de naturaleza técnica que
surjan en desarrollo del contrato o con ocasión de éste.
VIII. DE LA SOLUCION DE LAS CONTROVERSIAS CONTRACTUALES
ARTICULO 68. DE LA UTILIZACION DE MECANISMOS DE SOLUCION DIRECTA DE LAS
CONTROVERSIAS CONTRACTUALES. Las entidades a que se refiere el artículo 2o del
presente estatuto y los contratistas buscarán solucionar en forma ágil, rápida y directa las
diferencias y discrepancias surgidas de la actividad contractual.
Para tal efecto, al surgir las diferencias acudirán al empleo de los mecanismos de solución de
controversias contractuales previstos en esta ley y a la conciliación, amigable composición y
transacción.
PARAGRAFO. Los actos administrativos contractuales podrán ser revocados en cualquier
tiempo, siempre que sobre ellos no haya recaído sentencia ejecutoriada.
ARTICULO 69. DE LA IMPROCEDENCIA DE PROHIBIR LA UTILIZACION DE LOS MECANISMOS
DE SOLUCION DIRECTA. Las autoridades no podrán establecer prohibiciones a la utilización
de los mecanismos de solución directa de las controversias nacidas de los contratos estatales.
Las entidades no prohibirán la estipulación de la cláusula compromisoria o la celebración de
compromisos para dirimir las diferencias surgidas del contrato estatal.
ARTICULO 70. DE LA CLAUSULA COMPROMISORIA. En los contratos estatales podrá incluirse
la cláusula compromisoria a fin de someter a la decisión de árbitros las distintas diferencias
que puedan surgir por razón de la celebración del contrato y de su ejecución, desarrollo,
terminación o liquidación.
El arbitramento será en derecho. Los árbitros serán tres (3), a menos que las partes decidan
acudir a un árbitro único. En las controversias de menor cuantía habrá un sólo arbitro.
La designación, requerimiento, constitución y funcionamiento del tribunal de arbitramento se
regirá por las normas vigentes sobre la materia.
Los árbitros podrán ampliar el término de duración del Tribunal por la mitad del inicialmente
acordado o legalmente establecido, si ello fuere necesario para la producción del laudo
respectivo.
En los contratos con personas extranjeras y en los que incluyan financiamiento a largo plazo,
sistemas de Pago mediante la explotación del objeto construído u operación de bienes para la
prestación de un servicio público, podrá pactarse que las diferencias surgidas del contrato
sean sometidas a la decisión de un tribunal de arbitramento designado por un organismo
internacional. ARTICULO 71. DEL COMPROMISO. Cuando en el contrato no se hubiere pactado cláusula
compromisoria, cualquiera de las partes podrá solicitar a la otra la suscripción de un
compromiso para la convocatoria de un Tribunal de Arbitramento a fin de resolver las
diferencias presentadas por razón de la celebración del contrato y su ejecución, desarrollo,
terminación o liquidación.
En el documento de compromiso que se suscriba se señalarán la materia objeto del
arbitramento, la designación de árbitros, el lugar de funcionamiento del tribunal y la forma de
proveer los costos del mismo.
ARTICULO 72. DEL RECURSO DE ANULACION CONTRA EL LAUDO ARBITRAL. Contra el laudo
arbitral procede el recurso de anulación. Este deberá interponerse por escrito presentado
ante el Tribunal de Arbitramento dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación del
laudo o de la providencia que lo corrija, aclare o complemente.
El recurso se surtirá ante la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del
Consejo de Estado.
Son causales de anulación del laudo las siguientes:
1o. Cuando sin fundamento legal no se decretaren pruebas oportunamente solicitadas, o se
hayan dejado de practicar las diligencias necesarias para evacuarlas, siempre que tales
omisiones tengan incidencia en la decisión y el interesado las hubiere reclamado en la forma
y tiempo debidos.
2o. Haberse fallado en conciencia debiendo ser en derecho, siempre que esta circunstancia
aparezca manifiesta en el laudo.
3o. Contener la parte resolutiva del laudo errores aritméticos o disposiciones contradictorias,
siempre que se hayan alegado oportunamente ante el Tribunal de Arbitramento.
4o. Haber recaído el laudo sobre puntos no sujetos a la decisión de los árbitros o haberse
concedido más de lo pedido.
5o. No haberse decidido sobre cuestiones sujetas al arbitramento.
El trámite y efectos del recurso se regirá por las disposiciones vigentes sobre la materia.
ARTICULO 73. DE LA COLABORACION DE LAS ASOCIACIONES DE PROFESIONALES Y DE LAS
CAMARAS DE COMERCIO. Podrá pactarse acudir a los centros de conciliación y arbitramento
institucional de las asociaciones profesionales, gremiales y de las cámaras de comercio para
que diriman las controversias surgidas del contrato.
ARTICULO 74. DEL ARBITRAMENTO O PERICIA TECNICOS. Las partes podrán pactar que las
diferencias de carácter exclusivamente técnico se sometan al criterio de expertos designados
directamente por ellas o que se sometan al parecer de un organismo consultivo del Gobierno, al de una asociación profesional o a un centro docente universitario o de enseñanza superior.
La decisión adoptada será definitiva.
ARTICULO 75. DEL JUEZ COMPETENTE. Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos
anteriores, el juez competente para conocer de las controversias derivadas de los contratos
estatales y de los procesos de ejecución o cumplimiento será el de la jurisdicción contencioso
administrativa.
PARAGRAFO 1o. Una vez practicadas las pruebas dentro del proceso, el juez citará a
demandantes y demandados para que concurran personalmente o por medio de apoderado a
audiencia de conciliación. Dicha audiencia se sujetará a las reglas previstas en el artículo 101
del Código de Procedimiento Civil y se procurará que se adelante por intermedio de personas
diferentes de aquellas que intervinieron en la producción de los actos o en las situaciones que
provocaron las discrepancias.
PARAGRAFO 2o. En caso de condena en procesos originados en controversias contractuales,
el juez, si encuentra la existencia de temeridad en la posición no conciliatoria de alguna de las
partes, condenará a la misma o a los servidores públicos que intervinieron en las
correspondientes conversaciones, a cancelar multas a favor del Tesoro Nacional de cinco (5)
a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales.
PARAGRAFO 3o. En los procesos derivados de controversias de naturaleza contractual se
condenará en costas a cualquiera de las partes, siempre que se encuentre que se presentó la
conducta del parágrafo anterior.
IX. DE LAS DISPOSICIONES VARIAS
ARTICULO 76. DE LOS CONTRATOS DE EXPLORACION Y EXPLOTACION DE LOS RECURSOS
NATURALES. Los contratos de exploración y explotación de recursos naturales renovables y
no renovables, así como los concernientes a la comercialización y demás actividades
comerciales e industriales propias de las entidades estatales a las que correspondan las
competencias para estos asuntos, continuarán rigiéndose por la legislación especial que les
sea aplicable. Las entidades estatales dedicadas a dichas actividades determinarán en sus
reglamentos internos el procedimiento de selección de los contratistas, las cláusulas
excepcionales que podrán pactarse, las cuantías y los trámites a que deben sujetarse.
Los procedimientos que adopten las mencionadas entidades estatales, desarrollarán el deber
de selección objetiva y los principios de transparencia, economía y responsabilidad
establecidos en esta ley.
En ningún caso habrá lugar a aprobaciones o revisiones administrativas por parte del Consejo
de Ministros, el Consejo de Estado ni de los Tribunales Administrativos.
ARTICULO 77. DE LA NORMATIVIDAD APLICABLE EN LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS.
En cuanto sean compatibles con la finalidad y los principios de esta ley, las normas que rigen
los procedimientos y actuaciones en la función administrativa, serán aplicables en las actuaciones contractuales. A falta de estas, regirán las disposiciones del Código de
Procedimiento Civil.
Los actos administrativos que se produzcan con motivo u ocasión de la actividad contractual
sólo serán susceptibles de recurso de reposición y del ejercicio de la acción contractual, de
acuerdo con las reglas del Código Contencioso Administrativo.
PARAGRAFO 1o. El acto de adjudicación no tendrá recursos por la vía gubernativa. Este podrá
impugnarse mediante el ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho,
según las reglas del Código Contencioso Administrativo.
PARAGRAFO 2o. Para el ejercicio de las acciones contra los actos administrativos de la
actividad contractual no es necesario demandar el contrato que los origina.
ARTICULO 78. DE LOS CONTRATOS, PROCEDIMIENTOS Y PROCESOS EN CURSO. Los
contratos, los procedimientos de selección y los procesos judiciales en curso a la fecha en que
entre a regir la presente ley, continuarán sujetos a las normas vigentes en el momento de su
celebración o iniciación.
ARTICULO 79. DE LA REGLAMENTACION DEL REGISTRO DE PROPONENTES. El
funcionamiento del registro de proponentes en las cámaras de comercio, será reglamentado
por el Gobierno Nacional dentro de los seis (6) meses siguientes a la promulgación de la
presente ley.
ARTICULO 80. DE LA ADECUACION DE ESTATUTOS. Dentro de los seis (6) meses siguientes
a la fecha de promulgación de la presente ley, las autoridades competentes adoptarán las
medidas necesarias para adecuar los estatutos de las entidades estatales a lo dispuesto en
esta ley.
ARTICULO 81. DE LA DEROGATORIA Y DE LA VIGENCIA. A partir de la vigencia de la
presente ley, quedan derogados el decreto-ley 2248 de 1972; la ley 19 de 1982; el decretoley 222 de 1983, excepción hecha de los artículos 108 a 113; el decreto-ley 591 de 1991,
excepción hecha de los artículos 2o., 8o., 9o., 17 y 19; el decreto-ley 1684 de 1991; las
normas sobre contratación del decreto 700 de 1992, y los artículos 253 a 264 del Código
Contencioso Administrativo; así como las demás normas que le sean contrarias.
A partir de la promulgación de la presente ley, entrarán a regir el parágrafo del artículo 2o.; el
literal 1) del numeral 1o. y el numeral 9o. del artículo 24; las normas de este estatuto
relacionadas con el contrato de concesión; el numeral 8o. del artículo 25; el numeral 5o., del
artículo 32 sobre fiducia pública y encargo fiduciario; y los artículos 33, 34, 35, 36, 37 y 38,
sobre servicios y actividades de telecomunicaciones.
Las demás disposiciones de la presente ley, entrarán a regir a partir del 1o. de enero de 1994
con excepción de las normas sobre registro, clasificación y calificación de proponentes, cuya
vigencia se iniciará un año después de la promulgación de esta ley. PARAGRAFO 1o. TRANSITORIO. La presente ley entrará a regir en relación con la Sociedad
de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Barranquilla S.A., y para todo lo que tenga que ver
con la prestación del servicio de agua, alcantarillado y aseo, tres (3) años después de su
promulgación.
PARAGRAFO 2o. TRANSITORIO. A partir de la promulgación de la presente ley, el Gobierno
adelantará con la colaboración de la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) y de
las demás entidades estatales, así como de los organismos o entidades gremiales y
profesionales, actividades pedagógicas y de divulgación del presente estatuto.
El Presidente del honorable Senado de la República,
Jorge Ramón Elías Náder
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Pedro Pumarejo Vega
El Presidente de la honorable Cámara de Representates,
Francisco José Jattín Safar
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, (E.),
Humberto Zuluaga Monedero
REPUBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y Ejecútese
Santafe de Bogotá, D.C., 28 octubre de 1993
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Gobierno,
Fabio Villegas Ramírez
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las Funciones del Despacho del
Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Héctor José Cadena Clavijo
El Ministro de Minas y Energía,
Guido Nule Amín
El Ministro de Comunicaciones,
William Jaramillo Gómez
El Ministro de Obras Públicas y Transporte,
Jorge Bendeck Olivella